Municipalidad Distrital de Sunampe
Ordenanza Municipal Nº 003-2025-MDS
POR CUANTO:
El concejo Distrital de
Sunampe, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 07 de Marzo del 2025.
VISTO:
En Sesión Extraordinaria
de Concejo, de fecha 07 de Marzo 2025, con la presencia del Sr. Jesús Rojas
Valerio, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sunampe, y con la asistencia
de los señores Regidores Alfredo Atúncar Rivadeneyra, Fiorella Campos. Tasayco,
Sonia Thalia Tipian Rojas y José Carlos Villa Carbajal y con la inasistencia de
los señores Regidores Martha Amanda Pachas Torres, Rosa Consuelo Medrano
Barrios y Christian Eduardo Loyola Torres, el Informe N°025-2025-GPP-MDS/PLMT
de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe N°105-MDS-GAJ/LCGA de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N°0119-2025-MDS/GM, de la Gerencia
Municipal, Informe N° 0120-20252-MDS/GM de la Gerencia Municipal, para tratar
la Propuesta del Proyecto de la Ordenanza del Reglamento del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2026 de la Municipalidad
Distrital de Sunampe. CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197° y
199° de la Constitución Política del Perú, concordante con el ultimo del
artículo 97° de Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las
Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el
desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la
población y rinden cuentas anuales o responsabilidad conforme a Ley;
Que, el artículo 17° de la
ley de bases de Descentralización, Ley N° 27783. Establece que los Gobiernos
regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en
las formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto
y en la gestión pública; mientras que el artículo 18.2 de la misma ley
prescribe que los planes y presupuestos participativos son de carácter
territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público
como privado, de las sociedades regionales y locales de la cooperación
internacional.
Que, el artículo I del
Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 prescribe que
gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial de
estado y canal inmediato de participación vecinal en los asuntos públicos que
institucionalizan y gestionan con autonomia autonomía los intereses propios de
las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno
local, el territorial, la población y la organización.
Que, el artículo 53° de la
precitada Ley manifiesta que las Municipalidades se rigen por Presupuestos
Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los
cuales se formulan, aprueban y ejecutan de acuerdo a Ley de la materia, y en
coordinación con los planes de desarrollo concertado de la jurisdicción.
Que, mediante Resolución
Directorial N° 007-2010-EF/76.01 se aprobó el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01-
Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados,
a través del cual se establecen los mecanismos, pautas, para el desarrollo del
presupuesto Participativo para Gobiernos Regionales y Locales.
Que, según lo establecido
en la Ley Marco del Presupuesto Participativo N° 28056 modificado por la Ley N°
29298 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 142- 2009-EF, modificada
por el Decreto Supremo N° 131-2010-EF, en el Decreto Supremo N° 097-2009-EF,
modificada por el Decreto Supremo N° 132-2010-EF. Que establecen criterios que
permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto Regional,
Provincial y Distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales en sus respectivos Procesos de Presupuesto Participativo, y
en el TUO de la ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411.
Que, según establecido en
el Decreto legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones, en su articulo 5°, acápito 5.1, indica que
son órganos del sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del
Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las
Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y
las Unidades Ejecutoras de inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno
Local;
Que, mediante Informe N° 025-2025-GPP-MDS/PLMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 28 de febrero del 2025, presenta el proyecto del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2026, para ser evaluado y aprobado mediante sesión de concejo Municipal;
Que, mediante Informe
N°000105 de fecha 03 de febrero del 2025, la Oficina de Gerencia de Asesoría
Jurídica, emite opinión legal favorable para la aprobación de la Ordenanza
Municipal que apruebe el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados para el Año Fiscal 2026, a través de la Sesión
Extraordinaria de concejo Municipal, de fecha 07 de marzo 2025.
Por lo expuesto, según lo
establecido por las normas arriba glosadas y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°
27972, el Concejo Municipal por mayoría de Voto de los señores Regidores y con
la dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA
EL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE- CHINCHA-ICA.
ARTICULO PRIMERO. APROBAR
el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados
para el Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Sunampe.
ARTICULO SEGUNDO. -
ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y las
demás unidades orgánicas que son miembros del Equipo Técnico Municipal el fiel
cumplimiento de la Presente.
ARTICULO TERCERO.-
FACULTAR al alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte la
disposiciones complementarias y ampliatorias a la Presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO CUARTO. - Dejar
sin efecto el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados
para el año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de Sunampe y todo acto
administrativo que se contrapone a esta ordenanza municipal.
ARTICULO QUINTO. ENCARGAR
al funcionario responsable del Portal de Transparencia, publicación de la
presente norma en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de
Sunampe, conforme al Artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
REGÍSTRESE, COMUNIQUESE,
PUBLIQUESE
JESUS ROJAS VALERIO
ALCALDE
FASE |
ETAPA
|
ACTIVIDADES |
FECHAS |
PREPARACION |
Preparación |
Elaboración del Reglamento y del Proceso de
Ordenanza que aprueba el reglamento del P.P. 2026 |
04-03-2025 AL 06-03-2025 |
Comunicación |
Aprobación de Ordenanza que Reglamenta el
Presupuesto Participativo |
07-03-2025 |
|
Comunicación |
Resolución de Alcaldía de Conformación del
Equipo Técnico |
10-03-2025 |
|
Comunicación |
Instalación del Equipo Técnico |
10-03-2025 |
|
Convocatoria y Sensibilización |
Difusión del Presupuesto Participativo |
10-03-2025 AL 14-03-2025 |
|
Identificación y registro de Agentes
Participantes |
Registro y Acreditación de Agentes
Participantes |
17-03-2025 AL 20-03-2025 |
|
Capacitación Agentes Participantes |
I Taller de Presentación del Proceso de
Presupuesto Participativo |
21-03-2025 |
|
CONCERTACION |
Equipo Técnico y Taller de Trabajo |
Evaluación Técnica de propuestas de
Proyectos II Taller de Diagnostico, identificación y propuesta |
21-03-2025 |
Taller de Trabajo |
UUU Taller de Formalización de Acuerdos y
Compromisos |
24-03-2025 |
|
FORMALIZACION |
Sostenibilidad del Proceso |
Registro del proceso en el aplicativo del PP
del MEF |
26-03-2025 |
Informe final |
Redacción de Informe Final del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados del año Fiscal |
28-03-2025 |
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