El Poder es
un acto mediante el cual una persona natural otorga voluntariamente a otra,
facultades para que actúe en su nombre y representación. La inscripción del
Poder tiene por finalidad dar publicidad de las facultades que otorga el
poderdante a favor del apoderado, a fin de que este último ejerza dichos actos
como si fuera él mismo.
Mediante un
Poder por escritura pública se pueden otorgar facultades de disposición (compraventa
de inmuebles o vehículos), financieras o bancarias, e incluso procesales.
A continuación,
te explicamos cómo inscribir un Poder por escritura pública en cuatro sencillos
pasos
1.- Acude a
una notaría. Lo primero que deberás hacer es dirigirte a una notaría con tu DNI
y solicitar un poder por escritura pública. La solicitud se puede formular con
minuta o sin ella.
2.- Registra
tu Poder. Una vez elaborado el parte notarial, el notario o su dependiente autorizado
deberán presentarlo en la Sunarp.
3.- Cancela
los derechos registrales. Para inscribir el poder en Sunarp deberás cancelar S/
20.00 en caso se otorgue a una sola persona (un poderandante).
4.- Plazo de
inscripción. Deberás esperar 48 horas para que el poder se inscriba en los Registros
Públicos.
Recuerda
conservar tu número de partida ya que será con este número con el que pedirás
una Vigencia de Poder o un Certificado Literal de Poder.
Requisitos
para la inscripción de un Poder en la Sunarp
• Formato de
solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
• Parte
notarial de la escritura pública de otorgamiento de poder.
• El parte
notarial de la escritura pública deberá ser presentado ante la Oficina
Registral respectiva por el notario o por algunos de sus dependientes
acreditados.
• Excepcionalmente
puede ser presentado por una persona distinta al notario o su dependiente; en
dicho caso el parte deberá indicar el nombre y número de DNI de la persona
autorizada para la presentación y tramitación del documento.
La
inscripción de poderes otorgados por personas naturales en las Oficinas
Registrales de Lima, Callao, Chiclayo, Tumbes, Talara, Sullana y Piurase
efectuará obligatoriamente con firma digital a través del Sistema de
Intermediación Digital (SID-Sunarp).
0 comentarios:
Publicar un comentario