El próximo mes de setiembre se cumplen
65 años en que permanece en la Plaza de Armas de la provincia de Pisco el monumento
de bronce erigido en homenaje al
generalísimo Don José de San Martín, ilustre argentino que luchó por la libertad
del Perú, la que inició en la provincia de Pisco en 1820.
Fue una meritoria labor del Concejo
Provincial de Pisco, la que la indujo a hacer realidad esta obra, cuando era
alcalde, el señor David Avanzini Eybar, en el año 1953.
El Concejo Provincial de ese
entonces, consideró en la Resolución Municipal del 27 de junio de 1953, tres
puntos básicos para resolver que se
erija un monumento al libertador del
Perú, Don José de San Martin. Estos fueron que, al mando de la Expedición Libertadora,
desembarcó en la Bahía de PARACAS el 8 de septiembre de 1820; que el General
San Martín estableció su primer cuartel en la ciudad pisqueña y que el 21 de
octubre de 1820 expidió un histórico
decreto creando los primeros símbolos de la patria inspirados en el ambiente y
paisaje de Pisco, agregando a ello que es deber de los municipios honrar el
recuerdo de los personajes ilustres y padres de la patria para “que sirvan de
ejemplo a los presentes y venideros”.
En esta Resolución Municipal en la
que se dispone erigir el monumento al Libertador del Perú Don José de San Martín,
se aprobó el proyecto y presupuesto presentado por el escultor Luis Peña y
Peña, para la creación del citado monumento.
Fue inaugurado dicho monumento en
setiembre de 1954 y en una de las placas dice: “El Concejo Provincial de Pisco,
en homenaje al contingente pisqueño que se unió
a la causa de la libertad, sellando con su sangre y la de los patriotas,
de la Expedición Libertadora de la independencia de América”.
En una segunda placa de este
monumento dice: “La ciudad de Pisco y la república Argentina, al libertador del
Perú, Generalísimo Don José de San Martín, 8 de setiembre de 1954, Día de Pisco,
134° aniversario del desembarco de la Expedición Libertadora en la Bahía de
Paracas.
AUSPICIADORES:
Presidente Constitucional de la
República, General de División don
Manuel A. Odría, Presidente de la República de Argentina, General don Juan
Domingo Perón, Embajador de la República de Argentina General don Ambrosio
Vega, Senador por el departamento de Ica, F. Temístocles Rocha.
Señor Diputado por el Departamento
de Ica, Don Agustín Bocanegra y Prada, siendo alcalde del Concejo Provincial de
Pisco, el Sr. David Avanzini Eybar, Ingeniero de la obra, Modesto Tilde
Ortecho, Ingeniero Luis Peña y Peña, Escultor”
En otra placa, la más grande está el
Decreto de San Martin que crea la primera bandera del Perú.
Monumento en homenaje al Gral. Don José de San Martín
en Pisco
|
Local donde el Gral. José de San Martín estableció su primer cuartel, hoy local del Club Social Pisco destruido por el terremoto del 2007 |
DECRETO QUE CREA LA PRIMERA BANDERA DEL PERU
EL
EXCELENTÍSIMO SEÑOR DON JOSÉ DE SAN MARTIN, CAPITAN GENERAL EN JEFE DEL
EJERCITO LIBERTADOR DEL PERU, GRAN OFICIAL DE LA LEGION DE MERITO DE CHILE.,
ETC
POR CUANTO
ES INCOMPATIBLE CON LA INDEPENDENCIA DEL PERU, LA CONSERVACION DE LOS SIMBOLOS
QUE RECUERDAN EL DILATADO TIEMPO DE SU OPRESION. POR TANTO, HE VENIDO EN DECRETAR
Y DECRETO LO SIGUIENTE:
ART. 1 SE
ADOPTARA POR BANDERA NACIONAL DEL PAIS UNA SEDA, O LIENZO, DE OCHO PIES DE
LARGO Y SEIS DE ANCHO DIVIDIDO POR LINEAS DIAGONALES EN CUATRO CAMPOS BLANCOS
LOS DOS EXTREMOS SUPERIOR E INFERIOR Y ENCARNADOS LOS COLATERALES UNA CORONA DE
LAUREL OVALADA Y DENTRO DE ELLA UN SOL SALIENDO POR DETRÁS DE SIERRAS ESCARPADAS
QUE SE ELEVAN SOBRE UN MAR TRANQUILO EL ESCUDO PUEDE SER PINTADO O BORDADO PERO
CONSERVANDO CADA OBJETO SUS COLORES A
SABER, LA CORONA DE LAUREL HA DE SER VERDE, Y ATADA EN LA PARTE INFERIOR
CON UNA CINTA DE COLOR DE ORO; AZUL LA PARTE SUPERIOR QUE REPRESENTA EL
FIRMAMENTO; AMARILLO EL SOL CON SUS RAYOS; LAS MONTAÑAS DE UN COLOR PARDO
OBSCURO, Y EL MAR ENTRE AZUL Y VERDE.
ART. 2.
TODOS LOS HABITANTES DE LAS PROVINCIAS DEL PERÚ QUE ESTÁN BAJO LA PROTECCIÓN
DEL EJÉRCITO LIBERTADOR USARÁN COMO ESCARAPELA NACIONAL, UNA BICOLOR DE BLANCO
Y ENCARNADO: EL 1° EN LA PARTE INFERIOR, Y EL 2° EN LA SUPERIOR.
ART. 3. LO
DISPUESTO EN LOS DOS ARTÍCULOS ANTERIORES SÓLO TENDRÁ FUERZA Y VIGOR, HASTA QUE
SE ESTABLEZCA EN EL PERÚ UN GOBIERNO GENERAL POR LA VOLUNTAD LIBRE DE SUS HABITANTES.
DADO EN EL CUARTEL GENERAL DEL EJÉRCITO
LIBERTADOR DEL PERÚ EN PISCO
A 21 DE OCTUBRE DE 1820.
JOSÉ DE SAN MARTÍN JUAN GARCÍA DEL RÍO
(Texto registrado en
la placa ubicada en el Monumento al General Don José de San Martin, erigido en
la Plaza de Armas de Pisco)
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