MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
ACUERDO Nº
030-2019-MPCH
Chincha,
11 de Julio de 2019
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo
Municipal de fecha 28 de Junio del año 2019, tratado como primer punto en la
estación Orden del Día, sobre Derogatoria de la Ordenanza Nro. 001-2019-MPCH; y
CONSIDERANDO:
Que, conforme preceptúa el Art. II
del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las
Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno
administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que,
en la Sesión Ordinaria de fecha 09 de Julio de 2019 se trató como primer
punto en la estación orden del día la Derogatoria de la Ordenanza Municipal
Nro. 001-2019-MPCH, en aplicación de lo establecido el Art. 74° de la Ley Nro.
27444 Ley General del Procedimiento Administrativo General, el mismo que
establece la titularidad y el ejercicio de una competencia asignada a los
órganos administrativos concentrados y otros jerárquicamente dependientes de ello.
Que, mediante memorándum Nro.
0293-2019-VHPT-GM/MPCH de fecha 10 de mayo de 2019, la Gerencia Municipal
solicita informe Legal sobre la pretendida derogatoria de la norma
administrativa con rango de Ley, la misma que crea las instancias administrativas
de la Municipalidad Provincial de Chincha, en aplicación al Art. 1° teniendo en
cuenta la Estructura y Organigrama de la entidad edil aprobado por Ordenanza
Nro. 07-2016-MPCH.
Que, con Informe Legal Nro.
1120-2019-GAJ/MPCH, de fecha 10 de Mayo de 2019, esta asesoría funda su recurso
legal señalando que producto de la Ordenanza Municipal también se emitió un
Decreto de Alcaldía Nro. 02-2019-A-MPCH,
de fecha 01 de abril del año en curso, en la cual dispone que las
distintas áreas administrativas de la Municipalidad Provincial de Chincha
deberán emitir sus actos resolutivos que le correspondan, cuando así lo
determinen las normas concernientes a los sistemas funcionales y los sistemas
administrativos cuyo ámbito sea de su competencia y estén comprendidos como
gobierno local.
Que, en cuanto a la Ordenanza Nro.
001-2019-MPCH, la asesoría legal concluye en que debe procederse a la
adecuación de los instrumentos de
gestión conforme a lo señalado en el Art. Tercero de la Ordenanza 01-2019-MPCH,
con carácter de urgente toda vez que la no implementación de la misma haría
caer en vacíos y contradicciones en la tramitación de los expedientes
administrativos, por lo tanto debe DEROGARSE la Ordenanza Nro. 001-2019-MPCH.
Sometido a consideración del pleno del Concejo Municipal para su
aprobación o desaprobación; en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, por MAYORIA
de votos, emite el presente
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.- DEROGAR, a partir de la fecha la Ordenanza Municipal Nro. 001-2019-MPCH,
restitúyase las facultades administrativas al superior despacho de Alcaldía, conforme
lo señala la Ley Nro. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Legal y Gerencia de
Secretaria General el cumplimiento del presente Acuerdo.
Regístrese, Comuníquese y Archívese.
ARMANDO HUAMÁN TASAYCO
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario