Municipalidad Distrital de Grocio
Prado
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2019-MDGP/A
Grocio Prado, 21 de Junio de 2019
EL SEÑOR
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
VISTO:
En la sesión
de concejo Ordinaria de fecha 10 de junio de 2019, el informe N°
164-2019-MDGP/SGDS/CEYI, emitido por la Sub-Gerencia de Desarrollo Social, el informe N° 109-2019-MDGP/SGDS-UBS de
gerente de desarrollo social y económico y otros documentos que lo escoltan,
relacionados con normas y procedimientos para el otorgamiento de subvenciones
sociales para personas Naturales y Jurídicas en la Municipalidad del Distrito
de Grocio Prado.
POR CUANTO:
De conformidad
con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución política del
Perú, modificada por Ley N° 27680 Ley de reforma constitucional, en la Ley N° 27783 – Ley de
bases de la Descentralización, en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades,
y demás complementarias, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N°
27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9° numeral 14) establece
que es atribución del Concejo Municipal aprobar normas que garanticen una efectiva
participación vecinal y numeral 25) aprobar la donación o la cesión en uso de
bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad a favor de entidades públicas o
privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública;
Que el Artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas Municipales en
materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
Jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene
competencia normativa.
Que, el
otorgamiento del apoyo económico tiene el carácter de no reembolsable, por consiguiente constituye una donación
económica para que el beneficiario seleccionado por el Comité Calificador
adquiera un bien o servicio que coadyuve a la solución de la problemática que
lo aqueja y debe tener relación con las funciones, competencias y atribuciones
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
Que, el
Informe N° 164-2019-MDGP/SGDS/CEYI, del Sub-Gerente de Desarrollo Social
quienes notifican la necesidad imperativa de regular de otorgamiento de apoyo
económico con el propósito de garantizar
la fluidez de la información de la
ejecución presupuestaria y financiera, a través
de una correcta calificación con sentido social situación que es
compartida con el Informe N° 109-2019-MDGP/SGDS-UBS Del Gerente de Desarrollo
Social y Económico;
Que, con el
objeto de viabilizar la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Social, con Informe
Legal N°054-2019-MDGP/OAJ, Emitida por la Responsable de la Asesoría Jurídica, adjunta la Directiva “Normas y Procedimientos
para entrega de apoyo económico a los vecinos del distrito de Grocio Prado la
mima que es necesario aprobar por el Concejo Municipal mediante ordenanza”;
Que, estando a
lo acordado y aprobado por unanimidad, en sesión Ordinaria de la fecha, con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal
Distrital de Grocio Prado en uso de las facultades y atribuciones conferidas
por la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades; ha dado lo
siguiente Ordenanza Municipal;
Que, estando a
lo expuesto; de conformidad con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades
N° 27972, D;
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE
SUBVENCIONES SOCIALES PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EN LA MUNICIPALIDAD
DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO.
SE ORDENA:
ARTÍCULO
PRIMERO.-APROBAR la Directiva: “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE
SUBVENCIONES SOCIALES PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EN LA MUNICIPALIDAD
DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO, que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO
SEGUNDO.-FACULTAR al Sr. Alcalde para que en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 20° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, emita
la presente y proceda a su ejecución con sujeción a las disposiciones legales
vigentes.
POR TANTO:
MANDO SE
PUBLIQUE Y CUMPLA
Dado en el
Palacio Municipal del Distrito de Grocio Prado,
a los Veintiún días del mes de junio de 2019.
ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA
ALCALDE
ORDENANZA N° 007-2019-MDGP/A
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS ENTREGA DE APOYO
ECONÓMICO A LOS VECINOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
I.
FINALIDAD
Establecer las normas y procedimientos que permitan
regular la entrega de apoyo económico, previa evaluación del Comité de
calificación, a las organizaciones vecinales y personas naturales residentes en
la jurisdicción del Distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, región Ica,
coadyuvando a la optimización del uso de los recursos públicos, destinados a
casos excepcionales y de necesidad social, en ausencia de participación de
otras entidades públicas.
II.
OBJETIVOS
2.1. Contar con pautas y orientaciones que posibiliten
actuar adecuadamente en el otorgamiento de apoyo económico a las organizaciones
y vecinos del ámbito jurisdiccional de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado.
2.2. Ejecutar y evaluar de manera técnica y objetiva las
actividades sociales y la asignación de recursos presupuestales.
2.3. Garantizar la fluidez de la información de la
ejecución presupuestaria y financiera, a través de una correcta calificación
con sentido social.
III.
ALCANCE
El ámbito de la presente Directiva y cumplimiento a
través de una correcta calificación con sentido social corresponde.
3.1. Alcaldía
3.2. Gerencia Municipal
3.3. Sub-Gerencia de Administración y Finanzas
3.4. Sub-Gerencia de Planificación, Programación y
Presupuesto
3.5. Sub-Gerencia de Desarrollo Social
IV.
BASE LEGAL Y ADMINISTRATIVA
4.1. Constitución Política del Estado 1993
4.2. Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y
Modificatorias
4.3. Ley N° 27785- Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y Contraloría General de la República y Modificatorias.
4.4. Ley N° 28716- Ley de Control Interno en la
Entidades del Estado y modificatorias.
4.5. Decreto Legislativo N° 1436- Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Público.
4.6. Decreto Legislativo N° 1438- Ley del Sistema
Nacional de Contabilidad
4.7. Decreto Legislativo N° 1439- Ley del Sistema
Nacional de Abastecimiento
4.8. Decreto Legislativo N° 1440- Ley del Sistema
Nacional de Presupuesto Público
4.9. Decreto Legislativo N° 1441- Ley del Sistema
Nacional de Tesorería
4.10. Decreto Legislativo N° 1442- Ley de Gestión Fiscal
de los Recursos Humanos en el Sector Público.
4.11. Ley N° 30879- Ley de Presupuesto del Sector Público
Ejercicio Fiscal 2019.
4.12. Ley N° 30225- Ley de Contrataciones del Estado y
modificatorias.
4.13. Ley N° 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública.
4.14. Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo
General y Modificatorias
4.15. Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización de la
Gestión del Estado y modificatorias
4.16. Ley N° 27815 – Ley del Código de ética de la
Función Pública y modificatorias.
4.17. Ley N° 27245 – Ley de Responsabilidad y
Transparencia fiscal y modificatorias.
4.18. Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización
y Modificatorias
4.19. Ordenanza N°
MDGP/A Reglamento de Organización y Funciones.
V. LINEAMIENTOS
El reconocimiento de incentivos estará orientado a
los aspectos siguientes:
5.1. Comprender el otorgamiento de apoyo económico solo
a las organizaciones y personas naturales residentes en la Jurisdicción del
Distrito de Grocio Prado, cuya condición socioeconómica sea de extrema pobreza
u otros casos sociales de imperiosa necesidad de apoyo, debidamente acreditada
y evaluada.
5.2. Comprender el otorgamiento del apoyo económico si
se cuenta con las previsiones presupuestales.
5.3. Asegurar la mejor aplicación de las actividades y
tareas previstas en el Plan de Trabajo de la Gerencia de Desarrollo Social.
5.4. Sustentar el otorgamiento del apoyo económico,
teniendo en cuenta la naturaleza y su relación con el ámbito material y
funcional de la Municipalidad.
5.5. Hacer el control previo y seguimiento para que el
apoyo económico sea destinado para los fines que se otorgó.
5.6. Verificar que los compromisos se sujeten a la
escala de prioridades establecidas por el comité de calificación
5.7. Brindar apoyo a las organización de actividades,
culturales, deportivas y capacitación, así como a las personas naturales de
precaria economía familiar.
VI.
DE EVALUACIÓN, APROBACIÓN Y PROCEDIMIENTOS
El Otorgamiento se brindará de acurdo al siguiente
procedimiento:
6.1. Comprender el otorgamiento de apoyo económico solo
a las organizaciones y personas naturales y jurídicas sin fines de lucro,
residentes en la Jurisdicción del Distrito de Grocio Prado.
6.2. Comprender el otorgamiento del apoyo económico si
se cuenta con las previsiones presupuestales.
6.3. El otorgamiento de apoyo económico se brindará
previa evaluación socio económico realizado por la oficina de Asistencia Social
adscrita a la Sub gerencia de Desarrollo Social, mediante informe Técnico.
VII. DE LAS RENDICIONES DE GASTOS
7.1. Todas las personas naturales o Jurídicas,
beneficiadas de la Subvención social están obligadas de manera directa o por
medio de su representante, a rendir cuenta documentada de los gastos realizados
o mediante declaración Juradas en caso sea imposible sustentar, siendo el plazo
máximo de rendición de cuenta dentro de los 15 días hábiles posteriores a la culminación
de la actividad, para el cual se le otorgó subvención social del que serán
presentados, a la Unidad de trámite documentario y luego derivarlo a la
Gerencia Municipal, luego de su evaluación del contenido respecto al
cumplimiento del objeto de la subvención social dará conformidad, y lo remitirá
a la Sub-Gerencia de Administración y Finanzas para los fines del caso.
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