jueves, 3 de mayo de 2018

Municipalidad Distrital de Sunampe



ORDENANZA Nº 003- 2018-MDS
Sunampe, 18 de Abril del 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE

POR CUANTO:

VISTO:  En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 18 de Abril del 2018; sobre el Proyecto de Ordenanza del I Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2018; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 4° de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia,  promueve el Matrimonio, reconociéndoles como Institutos Naturales y fundamentales de la sociedad.
Que, el Código Civil en su artículo 233° establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú.
Que, el artículo 234° del Código Civil señala que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de la norma sustantiva a fin de hacer vida común.
Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal aprobar, modificarlo derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, el artículo 9° numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley en concordancia con el artículo 40° de la acotada norma legal.
Que, existen en el Distrito de Sunampe, numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio.
Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad jurídica.
Que, la Oficina de Registro Civil a través del Informe Nº 009-2018-JRC-MDS, de fecha 05 de Abril del año 2018, ha recomendado celebrar el I  Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2018; para el día 12 de Mayo del presente año.
Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación  ante el Pleno del Concejo Municipal el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9º incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el artículo 40º de la citada norma, y con el voto UNANIME de los Señores  Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente.

ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION
DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO GRATUITO 2018

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2018 para el día 12 de Mayo del presente año, a horas 12:00 pm, en el Las Instalaciones de La Municipalidad Distrital de Sunampe, plaza de Armas N° 100 – Sunampe.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Exonerar a los contrayentes de los derechos de pago de matrimonio civil, así como la publicación de edictos matrimoniales.
ARTÍCULO TERCERO.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos:
a) Partida de Nacimiento, actualizada con no más de 30 días de antigüedad (Art. 248 Código Civil).
b) Copia del Documento Nacional de Identidad.
c) Declaración Jurada de Domicilio.
d) Certificado médico.
e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberán adjuntar los documentos adicionales, según sea el caso establecido en el TUPA vigente.
f) Declaración Jurada de Soltería legalizado ante Notario Público.
g) Copia simple del DNI de dos Testigos.
ARTÍCULO CUARTO.- Establecer que el plazo de inscripción para la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2018, se inicia a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza y culmina el 09 de Mayo del 2018, en la Oficina de Registro Civil, en horario de oficina de lunes a viernes de 7:45 am a 3:30 pm, ubicado en Plaza de Armas Nº 100.
ARTÍCULO CUARTO.- Dispensar el plazo de la publicación de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen del I Matrimonio Civil Comunitario 2018- Gratuito 2018 en concordancia a lo dispuesto en el artículo 252º del Código Civil.
ARTÍCULO QUINTO.- Encargar a la Secretaría General a través de la Oficina de Registro Civil, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR
ALCALDE


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