Grocio
Prado, 15 de diciembre de 2016
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO INTEGRAL
DE ATENCIÓN AL ADULTO/A MAYOR (CIAM) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO
PRADO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú,
concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley N° 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4° precisa que
la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación
de abandono; asimismo, el artículo 7° del
mismo cuerpo normativo, señala que todos tienen derecho a la protección de su
salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir
a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física
o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal
de protección, atención, readaptación y seguridad;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, define, como personas adultas
mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad;
Que, de conformidad con el artículo 10ºde la precitada Ley, el
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve a través de la
Dirección de Personas Adultas Mayores la creación de los Centros Integrales de
atención al Adulto Mayor (CIAM) en las Municipalidades Provinciales y
Distritales;
Que, los
artículos 10° y 12º de la Ley Nº 30490 establecen que los gobiernos locales,
en el marco de sus competencias, pueden suscribir convenios, alianzas estratégicas,
entre otros documentos con organizaciones e instituciones de naturaleza pública
y privada para la implementación progresiva de los servicios que deben brindar
los CIAM, en tanto se reglamente la presente Ley;
Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 03 – 2016 – MDGP/A de fecha
26 de febrero de 2016, se creó el Centro Integral de atención al Adulto Mayor
en la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
Estando a lo establecido en el artículo 42° de la Ley Nº 29792; Ley
Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el reglamento del funcionamiento del Centro Integral
de Atención al Adulto/a Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Humano y Económico de la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado, la implementación del presente reglamento del Centro
Integral de Atención al Adulto/a Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
LUIS
ALFREDO TASAYCO TASAYCO
ALCALDE
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