Chincha
Baja 22 de Setiembre del 2016
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHINCHA BAJA
POR
CUANTO.-
EL CONCEJO MUNICIPAL DE
CHINCHA BAJA.
VISTO.-
El Acuerdo de Concejo N°
094-2016-MDCHB;
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con el artículo 194 y 195° de la Constitución Política del Perú
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972
Orgánica de Municipalidades; los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa; y en ese marco constituye atribución del Concejo
Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas;
Que, es política de la Municipalidad
Distrital de Chincha Baja, promover el matrimonio como institución social y
jurídica, entre aquellas parejas que se encuentran en condición de contraer
matrimonio civil para contribuir a la consolidación de la familia como célula
básica de la sociedad;
Que, en ese sentido, resulta pertinente
que la administración, brinde a los vecinos de Chincha Baja las facilidades
necesarias para formalizar su estado civil, disponiendo la celebración del
Matrimonio Civil Comunitario del año 2016, teniendo en cuenta las prerrogativas
concedidas al alcalde en el artículo 248º y siguientes del código Civil;
Que, en tal virtud la norma IV del
Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº
1033-2013-EF, señala que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear,
modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o
exonerar de ello, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la
ley;
Estando a lo expuesto y con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal,
con dispensa del trámite de aprobación de actas y de conformidad con lo
dispuesto en el inciso 8) y 9) del artículo 9º y los artículos 39º y 40º de la
ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE DISPONE LA CELEBRACIÓN DEL
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2016, EN EL DISTRITO DE CHINCHA BAJA
Artículo
1º.- CELEBRAR el
Matrimonio Civil Comunitario año 2016, a realizarse el día 15 de OCTUBRE del
año 2016, a las 03:30 horas en el Local Municipal, en el marco de las
actividades por el 479° Aniversario del distrito de Chincha Baja.
Artículo
2º.- REBAJAR, a
los contribuyentes, por única vez, al pago único por concepto de derecho de
Matrimonio, a la suma de S/.20.00 (Veinte y 00/100 soles).
Artículo 3º.- DISPENSAR, por
esta vez, a los contrayentes, de la publicación del aviso matrimonial
correspondiente.
Artículo
4º.- ENCARGAR a
División de Registro Civil y a la Oficina de Imagen Institucional, la difusión
del Matrimonio Civil Comunitario del año 2016, así como la adecuada orientación
a los interesados.
Regístrese, publíquese
y cúmplase.
Oscar William Rojas
Ormeño
Alcalde
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