martes, 12 de julio de 2016

Solicitudes para promover revocatorias pueden presentarse ante la ONPE hasta el 5 de diciembre


Se debe acreditar firmas de adherentes y presentar una solicitud fundamentada
Hasta el 5 de diciembre de este año pueden presentarse ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) las solicitudes para llevar a cabo las consultas populares de revocatoria, las cuales deben ser fundamentadas e ir acompañadas de firmas de ciudadanos equivalentes en número al veinticinco por ciento (25%) de la población electoral de cada circunscripción, debidamente comprobadas.
La comprobación de las firmas recogidas en los planillones de adherentes o kit electoral debe hacerse ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), que recibirá las solicitudes de verificación de las firmas hasta el 25 de noviembre.
Una vez presentada la solicitud revocatoria, la ONPE las resolverá en un plazo no mayor de treinta (30) días ca-lendario y en caso de ser denegadaprocede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve en última instancia en un plazo no mayor de quince (15).
Una vez admitidas las solicitudes, corresponderá al JNE convocar a consulta popular de revocatoria para el 11 de junio del próximo año.           
Así indica el cronograma para el trámite de solicitudes de revocatoria de autoridades regionales y municipales del período 2015-2018, aprobado por el JNE.

El artículo 21° de Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, la solicitud de revocatoria procede por una sola vez en el periodo del mandato de la autoridad, y se realiza en el tercer año. Los fundamentos deben ser sustentados pero no probados, y deben ser hechos públicos durante el procedimiento.

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