martes, 12 de julio de 2016

Municipalidad Distrital de Sunampe


ORDENANZA MUNICIPAL N° 0012-2016-MDS
Sunampe, 08 de julio de 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO
VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 08 de Julio del 2016; sobre el Proyecto de EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE SUNAMPE POR CONMEMORACIÓN DEL 195º ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL y el memorándum Nº 0850-2016-GM-MDS, y;
CONSIDERANDO: 
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; 
Que, el artículo 42º de la Ley antes glosada, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; 
Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el 195º Aniversario de la Independencia Nacional;
Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local respectivamente, constituye una oportunidad inmejorable para reafirmar y fomentar entre los vecinos del Distrito de Sunampe los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria, como medios para lograr su unión y prosperidad; 
Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; 
Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito del distrito, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; 
Que, mediante memorándum Nº 0850-2016-GM-MDS, la Gerencia Municipal, indica que se proyecte la Ordenanza Municipal correspondiente;
Que, mediante Informe Legal N° 332-2016-AL/MDS, Asesoría Legal recomienda que los actuados sean elevados al Concejo Municipal de esta Municipalidad, para que de acuerdo a las atribuciones que se le ha conferido a través del artículo 9° inciso 8) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y conforme a lo previsto en el articulo 40° de la Ley N° 27972, se sirva aprobar si lo estima conveniente la Ordenanza que aprueba el Embanderamiento General del Distrito
Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; 
SE APROBO LO SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE SUNAMPE POR  CONMEMORACIÓN DEL 195º ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE SUNAMPE; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de Julio hasta el 15 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 195º Aniversario de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- ESTABLECER; que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. 
Artículo Tercero.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, dará lugar a las sanciones correspondientes. 

Artículo Cuarto.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente ordenanza al Área de Imagen Institucional, Oficina de Seguridad Ciudadana, Gerencia Municipal y demás áreas pertinentes de la institución Municipal. 
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. 
David Lorenzo Matías Atúncar
Alcalde





   

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.