PROYECTO DE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2015-MDS
Sunampe, 16 Diciembre
del 2015
El
Concejo Municipal de Sunampe, Provincia de Chincha, Región
Ica:
VISTO:
En
Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha
Diciembre del 2015, el proyecto de Ordenanza que aprueba la Estructura
Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
Distrital de Sunampe, estando los informe técnicos de las áreas competentes
mediante Memorándum N°911-2015-GM-MD de la Gerencia Municipal, el Informe Legal
N° 417-2015-AL-MDS de la Oficina Asesoría Jurídica, el Informe N°259-2015-OPP-MDS de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, con el voto unánime de los Señores Regidores, con
la dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nro. 27658 Marco de Modernización del Estado, lo declara en
proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública
y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.
Que, la Constitución Política del Perú en su
artículo 194º reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, señalando que la estructura orgánica del
Gobierno Local lo conforman el Concejo Municipal como órgano
normativo-fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, asimismo el inciso 1 artículo 195º de la
acotada norma, establece que las Municipalidades en ejercicio de su autonomía
política, económica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar
su organización interna.
Que, de conformidad con el inciso 3 del
artículo 9º la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, faculta al
Concejo Municipal a aprobar su régimen de organización interior y
funcionamiento del Gobierno Local.
Que, mediante Decreto Supremo N°043-2006-PCM,
se aprueba los lineamientos para Elaboración y Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la administración
pública, en su artículo 28 establece los casos por la cual se crea la necesidad
de aprobar el ROF, siendo uno de ello la optimización o simplificación de los
procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su
misión y funciones.
Que, la Ley N°30057, Ley de Servicio Civil,
tiene como finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores
niveles de eficacia y eficiencia, y presenten mejores servicios de calidad a
través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las
personas que lo integran. La cuarta Disposición Complementaria Final de la
citada Ley establece que el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) será sustituido
por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE).
Que, mediante Decreto Supremo N°040-2014-PCM, se aprueba el Reglamento
General de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, donde en su Décima Tercera
Disposición Complementaria Transitoria señala que el clasificador de cargos del
INAP sigue vigente hasta que se implemente el manual de puestos tipo, el cual
empieza a partir de la expedición de la
Resolucion SERVIR de inicio al tránsito al nuevo régimen.
Que, mediante Resolucion de Presidencia
Ejecutiva N°152-2014-SERVIR/PE se aprueba
la Directiva N°001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de aplicación progresiva
para la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades” donde se establece
los lineamientos que las entidades del sector publico deben seguir para la
aplicación progresiva de la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Supremo N°040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley N°30057,
durante el proceso de implementación de la Ley N°30057. Asimismo, comprendes
reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
Provisional-CAP Provisional. Asimismo, el ítem 5.5.2 establece que los
gobiernos locales deben aprobar el CAP
Provisional mediante Ordenanza Municipal.
Que, la Municipalidad Distrital de Sunampe
aún no inicia el transito al régimen previstos en la Ley N°30057 Ley Servicio
Civil, en concordancia con su Reglamento General aprobado con D.S
N°040-2014-PCM.
Que, mediante Resolucion de Presidencia
Ejecutiva N°162-2013-SERVIR/PE se aprueba la Directiva N°001-2013-SERVIR/GDSRH
“Normas para la Formulación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP)” y sus
anexos, que entro en vigencia el 2 de enero del 2014, cuyo objetivo es
establecer los lineamientos que todas las entidades de la administración pública debe seguir para la
elaboración, aprobación, implementación y actualización del Manual de Perfiles
de Puestos (MPP) , bajo el esquema y metodología propuesta para su formulación.
Sin embargo, el numeral 6.1 establece que en n tanto dure el proceso de
adecuación al MPP, en caso que las entidades se encuentren en proceso de actualización
y/o modificación de sus MOF o que hayan culminado los referidos procesos, dichos
MOF mantendrán su vigencia hasta que se adecuen a la nueva normatividad.
Que, mediante Resolución de Presidencia
Ejecutiva N°238-2014-SERVIR/PE se aprueba la Directiva N°002-2014-SERVIR-GDSRH
“Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos en las entidades públicas”, donde el numeral 8.5 establece que las
entidades que aún no hayan iniciado el
proceso de tránsito al Régimen del Servicio Civil continúan gestionando su
Manual de Organización y Funciones MOF, su cuadro para Asignación de Personal,
su cuadro para asignación de Personal Provisional según corresponda conforme
a las normas sobre la materia.
Que, el Proyecto de Reglamento de
Organización y Funciones presentado,
como parte integrante de los Instrumentos de Gestión Municipal, precisan las funciones generales y específicas, relaciones y responsabilidades; orienta y guía la implementación de las
funciones hasta el tercer nivel organizacional,
consignando las competencias funcionales de cada uno de los estamentos
municipales;
Que,
mediante Informe N°259-2015-GPP-MDS, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
remite a la Gerencia Municipal el Informe Técnico Sustentatorio del Proyecto
del Reglamento de Organización y Funciones –ROF, y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital
de Sunampe.
Que, informe Legal N° 417-2015-A-MD, opina
que debe tenerse presente salvo, mejor parecer por armonía y gestión por
resultado.
Estando expuesto y uso de las facultades
contenidas en el numeral 8 de artículo 9° de la
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley N°27972, con el voto UNANIME de presentes señores regidores, con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA, EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
ARTÍCULO
PRIMERO: APROBAR,
el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de
Sunampe, Provincia de Chincha,
Región Ica; el mismo que corre
en anexo y forma parte integrante de la presente Ordenanza, que consta de
cuatro (4) Títulos; ocho (8) Capítulos; cuarenta siete (47) artículos; una (1)
Disposición Complementaria; una (1) Disposición Transitoria y cuatro (4) Disposiciones
Finales.
ARTÍCULO
SEGUNDO: APROBAR, el Estructura Orgánica Funcional de la
Municipalidad Distrital de Sunampe, Provincia de Chincha, Región
Ica; como parte integrante de los instrumentos
de gestión, la misma que corre en anexo y forma parte integrante de la presente
ordenanza.
ARTÍCULO
TERCERO: DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº002-2013-MDS y toda
disposición en materia del ROF que se hayan aprobado y todas aquellas que se
opongan a la presente Ordenanza;
ARTÍCULO
CUARTO: ENCARGUESE
a la Secretaria Generalla publicación de la presente ordenanza y la Estructura
Orgánica de la Municipalidad Distrital de Sunampe en el diario oficial y los
anexos en el portal institucional de la Municipalidad distrital de Sunampe www.munisunampe.gob.pe.
ARTÍCULO SEXTO: La
presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
David Lorenzo Matías Atúncar
Alcalde
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