miércoles, 6 de julio de 2016

Municipalidad Distrital de Sunampe


ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2016-MDS
Sunampe,17 de Mayo del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la Fecha 17-05-2016, el Plan  de contingencia Ante Sismos en el Distrito de Sunampe;
VISTO:
Que, mediante Informe N° 029-2016-AL/MDS, de fecha 05 de mayo de 2016, suscrito por la Oficina de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, quien solicita la aprobación del Pan de Contingencia ante Sismos en el distrito de Sunampe.
Que, mediante Memorándum N° 558-2016-GM/MDS, suscrito por la Gerencia Municipal solicita que se emita su OPNION LEGAL Y DETERMINACION sobre la PROCEDENCIA de dicho Plan de Contingencia.
Que, mediante Informe Legal N° 239-2016-AL/MDS, suscrito por Asesoría Legal, quien opina y recomienda que el Plan de Contingencia ante Sismos del distrito de Sunampe, tiene como misión orientar las tareas de respuesta y rehabilitación necesarias para afrontar un sismo de gran magnitud, a fin de que las instituciones y organizaciones del nivel distrital estén fortalecidas y que respondan adecuadamente, permitiendo la preservación de la vida de las personas, más allá de su mera supervivencia y evitar  el sufrimiento humano, en tal sentido resulta factible emitir dicho acto Municipal que apruebe el Plan de Contingencia Ante Sismos, por lo que recomienda  que los documentos sean elevados al Concejo Municipal de esta Municipalidad, para que de acuerdo a las atribuciones conferidas a través del artículo 9° de la Ley 27972.
Que, de conformidad a lo establecido por los fundamentos antes expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° numeral 1) y 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;  el concejo municipal en forma unánime y el trámite de lectura y aprobación del Acta; aprobó lo siguiente
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE CONTINGENCIA ANTE SISMO DEL DISTRITO DE SUNAMPE 2016.
ARTICULO PRIMERO: APROBAR el Plan de Contingencia ante Sismos del distrito de Sunampe, aprobado por el Concejo Directivo en Sesión Ordinaria, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD.
ARTICULO SEGUNDO: DEROGAR cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil en condición de Secretario Técnico de GRD y D.C de Sunampe.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
David Lorenzo Matías Atúncar

Alcalde

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