ORDENANZA
MUNICIPAL N° 009-2016-MDS
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
Visto,
en Sesión Ordinaria de Concejo de la Fecha 17-05-2016, el Plan de contingencia Ante Sismos en el Distrito de
Sunampe;
VISTO:
Que,
mediante Informe N° 029-2016-AL/MDS, de fecha 05 de mayo de 2016, suscrito por
la Oficina de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, quien solicita la
aprobación del Pan de Contingencia ante Sismos en el distrito de Sunampe.
Que,
mediante Memorándum N° 558-2016-GM/MDS, suscrito por la Gerencia Municipal
solicita que se emita su OPNION LEGAL Y DETERMINACION sobre la PROCEDENCIA de
dicho Plan de Contingencia.
Que,
mediante Informe Legal N° 239-2016-AL/MDS, suscrito por Asesoría Legal, quien
opina y recomienda que el Plan de Contingencia ante Sismos del distrito de
Sunampe, tiene como misión orientar las tareas de respuesta y rehabilitación
necesarias para afrontar un sismo de gran magnitud, a fin de que las
instituciones y organizaciones del nivel distrital estén fortalecidas y que
respondan adecuadamente, permitiendo la preservación de la vida de las
personas, más allá de su mera supervivencia y evitar el sufrimiento humano, en tal sentido resulta
factible emitir dicho acto Municipal que apruebe el Plan de Contingencia Ante
Sismos, por lo que recomienda que los
documentos sean elevados al Concejo Municipal de esta Municipalidad, para que
de acuerdo a las atribuciones conferidas a través del artículo 9° de la Ley
27972.
Que,
de conformidad a lo establecido por los fundamentos antes expuestos, y en uso
de las facultades conferidas por el Artículo 9° numeral 1) y 8) de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;
el concejo municipal en forma unánime y el trámite de lectura y
aprobación del Acta; aprobó lo siguiente
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL PLAN DE CONTINGENCIA ANTE SISMO DEL DISTRITO DE SUNAMPE 2016.
ARTICULO PRIMERO: APROBAR
el Plan de Contingencia ante Sismos del distrito de Sunampe, aprobado
por el Concejo Directivo en Sesión Ordinaria, en cumplimiento de lo establecido
en la Ley 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD.
ARTICULO SEGUNDO: DEROGAR
cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR el
cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, a la Oficina de
Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil en condición de Secretario
Técnico de GRD y D.C de Sunampe.
REGISTRESE,
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
David
Lorenzo Matías Atúncar
Alcalde
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