miércoles, 6 de julio de 2016

Municipalidad Distrital de Sunampe


ORDENANZA MUNICIPAL N° 0011-2016-MDS
Sunampe,17 de Mayo del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la Fecha 17-05-2016, el Plan de Operaciones de Emergencia en el Distrito de Sunampe;
VISTO:
 Que, mediante Informe N° 034-2016-AL/MDS, de fecha 17 de Mayo de 2016, suscrito por la Oficina de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, quien solicita la aprobación Plan de Operaciones de Emergencia en el Distrito de Sunampe;
Que, mediante Memorándum N° 0636-2016-GM-MDS, suscrito por la Gerencia Municipal solicita que se emita su OPNION LEGAL Y DETERMINACION sobre la PROCEDENCIA de dicho Plan de Operaciones de Emergencia en el Distrito de Sunampe;
Que, mediante Informe Legal N° 240A-2016-AL/MDS, suscrito por Asesoría Legal, quien opina y recomienda que los actuados sean elevados al Concejo Municipal de esta Municipalidad, para que el acuerdo a las atribuciones que se le ha conferido a través del artículo 9° incisos 8) y 9) de la Ley N°27972 – Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y conforme a lo previsto en el artículo 40° de la Ley N°27972, se sirva aprobar si lo estima conveniente la Ordenanza que aprueba el Plan de Operaciones de Emergencia en el Distrito de Sunampe;
Que, de conformidad a lo establecido por los fundamentos antes expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° numeral 1) y 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;  el concejo municipal en forma unánime y el trámite de lectura y aprobación del Acta; aprobó lo siguiente
ORDENANZA QUE APRUEBA PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIA EN EL DISTRITO DE SUNAMPE
ARTICULO PRIMERO:APROBAR el PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIA EN EL DISTRITO DE SUNAMPE; aprobado por el Concejo Directivo en Sesión Ordinaria, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-SINAGERD.
ARTICULO SEGUNDO: DEROGAR cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil en condición de Secretario Técnico de GRD y D.C de Sunampe.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
David Lorenzo Matías Atúncar
Alcalde


   

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