ORDENANZA
No.08 -2016-MPCH
Chincha Alta, 10 de marzo de 2016.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;
El Informe No. 001-2016-ST/CODISEC, de fecha 02 de Febrero de 2016, emitido por
don Moisés Miguel Carmona Chávez, (e) Seguridad Ciudadana, relacionado con la
Aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana, en cumplimiento a la Ley
N° 27993, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Qué, de conformidad con lo establecido por el Inc.
8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o
derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que,
conforme al numeral 1.1., del inciso 1°, del artículo 85° de la Ley No. 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades en seguridad ciudadana
establece un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad
civil y de la Policía Nacional, normar los servicios de serenazgo, vigilancia
ciudadana, rondas urbanas, rondas campesinas o similares de nivel distrital o
de centros poblados en la jurisdicción
provincial, de acuerdo a Ley.
Qué,
el D.S. N° 011-2014-IN, Reglamento de la Ley de Seguridad Ciudadana, considera
en su Artículo 28° las funciones del CODISEC, dentro de ello las funciones de aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC).
Que,
así mismo de conformidad con el Artículo
3° de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana,
el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), tiene por objeto
coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación
ciudadana para garantizar una situación de paz social y, conforme al artículo
18° de la Ley N° 27793 -Atribuciones de los Comités Regionales, Provinciales y
Distritales. Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad
Ciudadana tienen las siguientes atribuciones: "Aprobar los planes,
programas y proyectos de Seguridad Ciudadana de sus correspondientes
jurisdicciones, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan
Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al Consejo.
Que,
con fecha 11 de Enero del 2016, se realizó reunión con los integrantes del CODISEC
– CHINCHA ALTA, en la cual aprobaron mediante Acta, el Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana 2016, teniéndose en
consideración las Actas que adjuntan, llevado a cabo por el Comité Distrital,
por la cual se aprueba el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana, cuyo PLAN
DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 – CODISEC, se adjunta, es oportuno que
tratándose del cumplimiento de una norma nacional debe acatarse y cumplirse
conforme corresponda, por ser parte del sistema administrativo del Estado conforme
lo indica el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades.
Estando
a lo expuesto, Informe Legal, Ley 27793, con el voto unánime de los regidores
asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 09 de marzo de 2016, con la dispensa de la lectura y aprobación
del acta y a las facultades conferidas
por la Ley Orgánica de Municipalidades N. 27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 – CODISEC– CHINCHA ALTA
Artículo Primero.-
Aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC), para el año 2016,
formulado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC – Chincha
Alta; el mismo que se adjunta y forma
parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.-
Encargar a la Secretaría General de la Entidad para que se proceda dar cuenta
al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y a quienes correspondan, en
cumplimiento de la norma legal referida.
Artículo Tercero.-
Encargar a la Secretaria General de la Entidad la publicación de la presente
Ordenanza, para los fines de Ley
Regístrese,
publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Chincha
0 comentarios:
Publicar un comentario