jueves, 10 de marzo de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No.  0017-2016-MPCH
Chincha Alta, 01 de Marzo del 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; la GC.  000223-2016, de fecha 24 de Febrero de 2016, del Gerente Comercial de Electro Dunas S.A.A., sobre propuesta de devolución de contribuciones reembolsables.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 29 del Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales”.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, con la carta que se menciona en vistos, se comunica que  ELECTRO DUNAS, con la Municipalidad Provincial de Chincha, tiene una deuda por contribuciones reembolsables; la misma que con Resolución No. 231-2012-MEN-DM, dicha deuda viene siendo pagada mediante descuentos en la facturación mensual, a razón de s/. 2,007.80 soles mensuales en promedio; pero con la finalidad de pagar la referida deuda en un plazo de seis (06) meses, proponen la devolución de S/. 1´900,000.oo soles (incluido IGV), para lo cual es necesario de un acuerdo expreso en tal sentido, renunciando a la diferencia del monto de la deuda, así como a intereses y cualquier otro concepto.
Que, con Informe  Legal No. 614-2016-GAJ/MPCH, de fecha 24 de Febrero de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, recomienda que de dada las atribuciones establecidas en la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se eleve el presente al Concejo Municipal para su respectiva determinación, citando en dicho informe el numeral 29, del Artículo 9° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a la atribución del Concejo sobre administración de bienes y rentas, así como régimen de administración de los servicios públicos locales.
Estando a lo expuesto, Informe Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Febrero de 2016, con la dispensa de lectura y aprobación de acta; se aprueba el siguiente Acuerdo.
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.- ACEPTAR  la propuesta de ELECTRO DUNAS S.A.A.para  que  se devuelva la deuda por contribuciones reembolsables  a razón de S/. 1´900,000.oo soles (incluido IGV), renunciando a la diferencia del monto de la deuda, así como a intereses y cualquier otro concepto.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar  a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo a ELECTRODUNAS S.A.A,  con la debida nota de atención y a las Unidades Orgánicas de la entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Chincha


0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.