ACUERDO
No. 0017-2016-MPCH
Chincha Alta, 01 de Marzo del 2016.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; la GC. 000223-2016, de fecha 24 de Febrero de 2016,
del Gerente Comercial de Electro Dunas S.A.A., sobre propuesta de devolución de
contribuciones reembolsables.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 29 del
Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al
Concejo Municipal Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas,
así como el régimen de administración de los servicios públicos locales”.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que
los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o
norma institucional.
Que, con la carta que se menciona en vistos, se
comunica que ELECTRO DUNAS, con la
Municipalidad Provincial de Chincha, tiene una deuda por contribuciones reembolsables;
la misma que con Resolución No. 231-2012-MEN-DM, dicha deuda viene siendo
pagada mediante descuentos en la facturación mensual, a razón de s/. 2,007.80
soles mensuales en promedio; pero con la finalidad de pagar la referida deuda
en un plazo de seis (06) meses, proponen la devolución de S/. 1´900,000.oo
soles (incluido IGV), para lo cual es necesario de un acuerdo expreso en tal
sentido, renunciando a la diferencia del monto de la deuda, así como a
intereses y cualquier otro concepto.
Que, con Informe
Legal No. 614-2016-GAJ/MPCH, de fecha 24 de Febrero de 2016, el Gerente
de Asesoría Jurídica de la Entidad, recomienda que de dada las atribuciones
establecidas en la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se eleve el
presente al Concejo Municipal para su respectiva determinación, citando en
dicho informe el numeral 29, del Artículo 9° de la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, respecto a la atribución del Concejo sobre administración de
bienes y rentas, así como régimen de administración de los servicios públicos
locales.
Estando a lo expuesto, Informe Gerencia de Asesoría
Jurídica, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la
Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal
con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
24 de Febrero de 2016, con la dispensa de lectura y aprobación de acta; se
aprueba el siguiente Acuerdo.
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO.- ACEPTAR la propuesta de ELECTRO DUNAS S.A.A.para que se
devuelva la deuda por contribuciones reembolsables a razón de S/. 1´900,000.oo soles (incluido
IGV), renunciando a la diferencia del monto de la deuda, así como a intereses y
cualquier otro concepto.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encargar a la
Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de
Concejo a ELECTRODUNAS S.A.A, con la
debida nota de atención y a las Unidades Orgánicas de la entidad para los fines
pertinentes.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Chincha
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