martes, 26 de enero de 2016

Municipalidad Distrital de Chavín


Chavín, 19 de Enero del 2016.09
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DÍSTRÍTAL DE CHAVIN;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Chavín, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de Enero del 2016;el Informe Nº 092-2015/MDCH-GM de fecha 31 de Diciembre del 2015 Gerencia Municipal De La Municipalidad. Por la cual hace llegar el proyecto de Reglamento de la Municipalidad Distrital de Chavín.
CONSIDERANDO:
Qué, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización”, reconoce a las Municipalidades como los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los Gobiernos Locales, el Artículo 9o numeral 3 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento de Gobierno Local;
Que, en el marco del proceso de cambios en que se encuentra la Municipalidad Distrital de Chavín, se ha elaborado el Reglamento Interno de Concejo (RIC), con el objeto de actualizar el funcionamiento interno del Concejo Municipal, así como el Reglamento de Comisiones sobre la base de la Ley N° 27972 y demás dispositivos legales vigentes;
En uso de las facultades conferidas por los Artículos 9o numeral 3 y 40° de la Ley N° 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; e! Concejo Municipal aprobó la siguiente ORDENANZA:
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHAVIN ARTÍCULO
ARTICULO PRIMERO.- Apruébese el Reglamento interno del Concejo Municipal Distrital de Chavínmismo que consta de Cinco Títulos (V), ciento treinta y ocho (138) artículos, Seis (06) DisposicionesTransitorias y Complementarias y dos (02) disposiciones finales, que forman parte de la presente
Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Deróguense todos los dispositivos municipales que se opongan al presente Reglamento.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el panel de publicaciones de la Municipalidad con constancia emitida por el Juez de Paz y en la publicación que se efectúe en el portal electrónico de la Municipalidad.
POR TANTO:
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
Prof, Raúl Solano De la Cruz
Alcalde

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