miércoles, 19 de agosto de 2015

Municipalidad Distrital de Alto Larán


ORDENANZA  N°  012  - 2015 – MDAL
Alto Larán, 17 de Abril  de 2015.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de Alto Larán; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía  política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el Artículo 188º de la Constitución Política;
Que, las Municipalidades de Ciudades Principales-Tipo B, como es el caso de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, están en la obligación de implementar la Meta N° 06, relacionado con la ejecución de al menos el 75 % de cada una de las actividades programadas, incluyendo las obligatorias en el Plan Local de Seguridad Ciudadana, correspondiente al primer semestre el Periodo Fiscal 2015, para cuyo cumplimiento se requiere la actualización del mencionado Plan, con el propósito de incorporar las actividades obligatorias a las ya establecidas en materia de seguridad ciudadana,
Que, en concordancia con lo expuesto en el considerando que antecede, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Alto Larán, ha elaborado el Plan de Trabajo Local de Seguridad Ciudadana, que contiene las estrategias multisectoriales a ejecutarse con el objetivo de reducir la violencia y la inseguridad, mediante metas trimestrales, semestrales y anuales,
Que, de conformidad con el Informe N° 018-2015-SC-MDAL del Secretario Técnico de Seguridad Ciudadana, se ha procedido con elaborar el Plan Local de Seguridad Ciudadana, que corresponde al Primer Semestre del año 2015, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Municipal, ratificando su aprobación, conforme al cual se puso a consideración del Concejo Municipal, el Plan Local de Seguridad Ciudadana, para su ratificación mediante Ordenanza, conforme lo contempla la Meta N° 06, procediéndose con su aprobación por unanimidad,
Estando a lo expuesto; en concordancia con los Artículos 20° Inciso 5) y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, se aprueba la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA DE APROBACION DE PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
Artículo Primero.- RATIFICAR la aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, con fecha 19 de Febrero de 2015, contenidos en los anexos que forman parte del referido plan, disponiéndose su publicación en un Diario Local de la Provincia de Chincha, así como en la página web de la Municipalidad Distrital de Alto Larán.
Articulo Segundo.- La Gerencia Municipal y la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, procederá con implementar el cumplimiento de lo establecido en el artículo que antecede.
POR LO TANTO:
Mando se registre, publíquese y cumpla.
Ana Sotteccani Altamirano

Alcaldesa

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