ORDENANZA N°
012 - 2015 – MDAL
Alto Larán, 17 de Abril de 2015.
El Concejo Municipal de
la Municipalidad del Distrito de Alto Larán; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los
asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el Artículo 188º de la Constitución
Política;
Que, las Municipalidades de Ciudades
Principales-Tipo B, como es el caso de la Municipalidad Distrital de Alto
Larán, están en la obligación de implementar la Meta N° 06, relacionado con la
ejecución de al menos el 75 % de cada una de las actividades programadas, incluyendo
las obligatorias en el Plan Local de Seguridad Ciudadana, correspondiente al primer
semestre el Periodo Fiscal 2015, para cuyo cumplimiento se requiere la
actualización del mencionado Plan, con el propósito de incorporar las
actividades obligatorias a las ya establecidas en materia de seguridad ciudadana,
Que, en concordancia con lo expuesto en
el considerando que antecede, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del
Distrito de Alto Larán, ha elaborado el Plan de Trabajo Local de Seguridad
Ciudadana, que contiene las estrategias multisectoriales a ejecutarse con el
objetivo de reducir la violencia y la inseguridad, mediante metas trimestrales,
semestrales y anuales,
Que, de conformidad con el Informe N°
018-2015-SC-MDAL del Secretario Técnico de Seguridad Ciudadana, se ha procedido
con elaborar el Plan Local de Seguridad Ciudadana, que corresponde al Primer
Semestre del año 2015, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza
Municipal, ratificando su aprobación, conforme al cual se puso a consideración
del Concejo Municipal, el Plan Local de Seguridad Ciudadana, para su
ratificación mediante Ordenanza, conforme lo contempla la Meta N° 06,
procediéndose con su aprobación por unanimidad,
Estando a lo expuesto; en concordancia
con los Artículos 20° Inciso 5) y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, se aprueba la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA
DE APROBACION DE PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
Artículo
Primero.- RATIFICAR la aprobación
del Plan Local de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comité Distrital de
Seguridad Ciudadana, con fecha 19 de Febrero de 2015, contenidos en los anexos
que forman parte del referido plan, disponiéndose su publicación en un Diario
Local de la Provincia de Chincha, así como en la página web de la Municipalidad
Distrital de Alto Larán.
Articulo
Segundo.-
La Gerencia Municipal y la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana, procederá con implementar el cumplimiento de lo establecido en el
artículo que antecede.
POR
LO TANTO:
Mando
se registre, publíquese y cumpla.
Ana
Sotteccani Altamirano
Alcaldesa
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