miércoles, 15 de julio de 2015

Municipalidad Distrital de Sunampe


ORDENANZA MUNICIPAL  N° 012-2015-MDS.
Sunampe, 26 de Junio del 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE.
POR CUANTO: En sesión ordinaria de concejo celebrada el 26 de junio del 2015, y con la votación UNANIME de los integrantes del concejo Municipal, y el informe N° 015-2015-PSyRS-RR.SS-LAPA-MDS, del responsable de la meta Residuos Sólidos de  fecha 25 de Junio del presente año se aprobó:
ORDENANZA PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS 2015-2020
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública, determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; así mismo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales;
Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos y su modificatoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10º preceptúa que la Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;
Que el reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. 057- 2004-PCM, precisa en el Artículo 23° que las municipalidades distritales formulan sus Planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, encoordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley.
Que, la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el Distrito de Sunampe ha sido elaborado por el Equipo técnico de órgano de línea, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades.
Que, la Municipalidad Distrital de Sunampe y su equipo técnico, han elaborado la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Sunampe el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición fina, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS 2015-2020 DEL DISTRITO DE SUNAMPE.

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Sunampe, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Sunampe para el mejor cumplimiento del mismo.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Unidad de Servicios Públicos y Medio Ambiente, o área administrativa que haga a la vez dicha función, la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Sunampe en coordinación con Equipo técnico y/o demás unidades orgánicas de la municipalidad.

REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
David Lorenzo Matías Atuncar
Alcalde





0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.