ACUERDO DE
CONCEJO No. 021-2015-MPCH
Chincha Alta, 12 de Marzo de 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, el expediente Rgto. No.
466-48-2015, presentado por don Wilson Alexander Munayco Gutiérrez, mediante el
cual solicita indemnización por accidente ocasionado con movilidad de propiedad
municipal, con consecuencia del deceso de su concubina quien en vida fue Carmen
Yessenia Félix Bohórquez;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley
27972, prescriben " Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno
mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos" y "Los acuerdos son
decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno
para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional".
Que, de conformidad con la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades, en el numeral 29, artículo 92°, entre otras
atribuciones señala que el Concejo
Municipal establece lo siguiente: Corresponde al concejo municipal (....)
"Aprobar el régimen de administración de los bienes y rentas, así como el
régimen de administración de los servicios públicos locales".
Que, el deceso de doña Carmen Yessenia
Félix Bohórquez sucedió el 04 de Noviembre de 2014, conforme al Acta de
Defunción No. 5000317547, originado por un servidor público que labora en la
Municipalidad Provincial de Chincha, el mismo que condujo un vehículo motorizado
de propiedad de la entidad, conforme se indica
en el informe legal de fecha 11 de marzo de 2015 del Abogado Harold Jony
Matías Almeyda.
Que, de la pretensión administrativa
del administrado, respecto a una indemnización por parte de la Municipalidad en
sede municipal, debe de entenderse que la indemnización que se otorgara por la
Municipalidad Provincial de Chincha a favor de los herederos universales de la
causante Carmen Yessenia Félix Bohórquez, este no solamente deberá ser
entendido en sede administrativa, sino también debe alcanzarse al aspecto civil
y penal; condicionada a que el representante de la sucesión no ejercerá ninguna
acción judicial, fiscal, civil o administrativo contra la Municipalidad
Provincial de Chincha, respecto al hecho ocurrido con fecha 04 de Noviembre de
2014; consolidándose dicho argumento en una transacción extra judicial ante un
notario público, conminándose que la misma deberá ser remitida al órgano
jurisdiccional o entidad edil o a las entidades que fuera necesario a efecto de
probar y demostrar que la entidad edil ha cumplido con la sanción económica en
su condición de tercero civil responsable.
Que, con informe No. 357-2015-GPP/MPCH,
de fecha 16 de marzo de 2015, el Gerente de Planificación y Presupuesto que
para el cumplimiento del presente acuerdo se ha creado la Partida Presupuestal
2.5.52.1 99 otras indemnizaciones y
compensaciones en la Actividad 5.003 Gestión Administrativa en el Presupuesto
Institucional Modificado de esta Municipalidad programando mediante una
Modificación Presupuestaria la suma de s/. 50,000.oo Nuevos Soles para el cumplimiento
del compromiso del gasto antes indicado en los Rubros de Financiamiento 08
Otros Impuestos Municipales y 09 Recursos Directamente Recaudados.
Estando a lo expuesto, en uso de las
facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley 27972 , Los regidores del Concejo Municipal con el voto unánime efectuado
en la Sesión Ordinaria de fecha 11 de Marzo de 2015, con la dispensa de lectura
y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.-
Autorizar al Ing. CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA, Alcalde de la Municipalidad
Provincial de Chincha a firmar la Transacción Extra Judicial por Mutuo Acuerdo
con don WILSON ALEXANDER MUNAYCO GUTIERREZ, representante de los herederos de
la causante Carmen Yessenia Félix Bohórquez:
Oscar Alexander Munayco Félix, Xiomara Magdalena Lucely Munayco Félix y
Carmen Rosa Munayco Félix; el mismo que consta de cuatro clausulas; cuya
síntesis es indemnizar con la suma de S/. 50,000.00 nuevos por los daños y
perjuicios y la respectiva reparación civil a los herederos; para que el hecho
ocurrido adquiera la calidad de cosa juzgada a tenor de lo establecido en el
artículo 1302 del Código Civil.
ARTICULO
SEGUNDO.-
El pago antes referido se hará de acuerdo a la disponibilidad económica y
financiera de la Entidad en el PIA del
2015, al representante de los menores debidamente acreditado con el documento
de representación respectiva.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR CARRANZA FALLA
ALCALDE






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