ORDENANZA MUNICIPAL
N° 008-2015-MDS
Sunampe, 10 de abril del 2015.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE.
POR CUANTO:
El pleno del Concejo Municipal en Sesión
extraordinaria celebrada el día 06 de abril del 2015, aprobó por unanimidad el
“Plan de Seguridad Ciudadana”
VISTO:
Que, mediante informe N°
042-2015-MDS-SC, suscrito por la Oficina de Seguridad Ciudadana, quien solicita
la ratificación de la aprobación del Plan de Seguridad Ciudadana.
Que, mediante informe N° 131-2015-AL-MDS,
suscrito por asesoría legal, quien opina y recomienda que el Plan de Seguridad
Ciudadana y Convivencia Social del Distrito de Sunampe, y los integrantes del
comité, sea parte integrante y miembro del comité un representante del
Ministerio Público, salud en beneficio de la ciudadanía, ya que el efecto
multiplicador, del comité en un trabajo
articulado hará fortalecer y reforzar la
seguridad del distrito y el trabajo en conjunto, coordinado, siendo de opinión
favorable del desarrollo del mismo cumpliendo sus objetivos.
Que, mediante Memorándum N°
211-2015-GM-MDS, suscrito por Gerencia Municipal quien remite a Secretaria General
los documentos completos para su conocimiento.
Que, de conformidad a los establecido
por el numeral 3) del artículo 9 y el
artículo 40° de la ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, del Concejo Municipal
por unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
emitió la siguiente:
ORDENANZA
QUE RATIFICA EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE SUNAMPE PERIODO
2015.
ARTÍCULO
PRIMERO: RATIFICAR el plan de Seguridad Ciudadana del distrito de Sunampe,
aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de
Sunampe, en cumplimiento de los establecidos en la Ley N° 27933, Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana, que como anexo forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
ARTÍCULO
SEGUNDO: ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Oficina
de Seguridad Ciudadana en condición de Secretaria técnica del Comité Distrital
de seguridad Ciudadana de Sunampe.
ARTÍCULO
TERCERO: ENCARGAR a Secretaría General, su publicación en el diario la
verdad del Pueblo.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
David Lorenzo Matías Atuncar
Alcalde
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