Grocio Prado, 06
febrero del 2014.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Grocio Prado, en
Sesión Ordinaria de fecha 26 de Febrero
del año 2014, mediante Acuerdo de Concejo N° 004 - 2014 acordó por Unanimidad Aprobar el Proyecto de Ordenanza
Municipal que Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
basado en resultado – año fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 197° y 199° de la Constitución Política
del Perú, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización,
establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la
participación de la población;
Que, los Artículos 17° y 42° inciso g) de la Ley N° 27783,
Ley de Bases de Descentralización, establecen que los gobiernos locales están
obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y
concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, en la Gestión Pública,
y a garantizar y canalizar el acceso de todos los ciudadanos a la conformación
y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control,
evaluación, rendición de cuentas vigilancia, siendo competencia exclusiva de
las municipalidades aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de
participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión
municipal;
Que, mediante la Ley Marco del Presupuesto Participativo –
Ley Nº 28056, su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 171-2003-EF, y la Ley Nº 29298
que modifica, la Ley Nº 28056
Ley Marco del Presupuesto Participativo modificándose
los articulo 4º, 5º, 6º y 7º de
la Ley Nº 28056, se establecen
disposiciones que aseguren la más amplia y efectiva participación de la
sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de
los Gobiernos Locales.
Que, es Política de la Municipalidad Promover la
Participación Ciudadana de los Niños, Niñas y Adolescentes en diversos asuntos
relacionados con el proceso de desarrollo
del distrito de Grocio Prado, entre los que está comprendido el proceso
de Presupuesto Participativo por Resultados; lo cual contribuirá con la
sostenibilidad de los Procesos de Participación y Concertación del Distrito así
como a la formación de jóvenes
liderazgos, reconociendo con ello el derecho que les asiste según las
normas Internacionales, Nacionales y
Regionales sobre la Infancia y la
Adolescencia, particularmente la Convención sobre los Derechos del Niño y
Adolescente y el Plan Nacional y
Regional de Acción por la infancia y la Adolescencia.
Que, la población de Niños, Niñas y Adolescentes del
Distrito de Grocio Prado se encuentra organizada y articulada en las
Instituciones Educativas a través de los Municipios Escolares, en
Organizaciones de niños, niñas y Adolescentes trabajadores; en Organizaciones Juveniles, en Clubes
Deportivos, y Grupos Religiosos entre otros.
De conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública – Ley Nº 27293, se crea el
Sistema Nacional de Inversión Pública con la finalidad de optimizar el uso de
los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de
principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las
diversas fases de los Proyectos de Inversión.
Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Aprobado por RD
Nº 007-2010-EF/76.01 contiene orientaciones para el desarrollo del Proceso del
Presupuesto Participativo por Resultados del año fiscal 2015 y considera que un
Aspecto Fundamental de dicho Proceso lo constituye los planes de desarrollo
concertados como instrumento orientador para el cambio progresivo y continuo
hacia mejores niveles en la calidad de vida de los habitantes de un territorio
y de las capacidades para su desarrollo; permite fijar prioridades en el
proceso del Presupuesto Participativo y Soluciones a los Problemas
Fundamentales.
Que asimismo, el instructivo define responsabilidades para
una participación amplia y activa de todos los agentes participantes en la
priorización de la inversión y en las soluciones a las necesidades fundamentales
de la población, evitando la dispersión y atomización de los recursos; y
establece la priorización de problemas como tema central de los talleres.
Estando a lo dictaminado por el Consejo de Coordinación
Local Distrital, con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta,
el Concejo Municipal es uso de las atribuciones conferidas por la
Constitución Política del Perú y la Ley orgánica de Municipalidades; ha emitido
la Ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO- AÑO 2015.
ARTÍCULO PRIMERO.- aprobar el reglamento para el proceso
del presupuesto participativo del distrito de Grocio Prado, el mismo que consta
de cuatro (04) títulos, cuarenta y cuatro (44) artículos, cuatro (04) disposiciones
finales y tres anexos, el mismo que forma parte de la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar al alcalde a dictar las
medidas y normativas complementarias para el correcto desarrollo de las
acciones de los procesos participativos en el distrito de Grocio Prado.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la gerencia municipal y la
gerencia de planeamiento, presupuesto y organización de la municipalidad
distrital de Grocio Prado, el cumplimiento de la presente ordenanza.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Luis Alfredo Tasayco
Alcalde
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2015
– DISTRITO DE GROCIO PRADO
TITULO PRIMERO
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1º.- FINALIDAD: Lograr que el proceso del
Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado se desarrolle en un marco de cordialidad,
entendimiento, concertación y amplia participación de la población a fin de que
la inversión pública local, a efectuarse en el año fiscal 2014, impulse e
impacte el desarrollo local y resuelva
los problemas fundamentales para el bienestar de la población.
Artículo 2º.- OBJETIVO: Dotar a los actores e instancias
del Presupuesto Participativo de los instrumentos legales, técnicos y
administrativos, que les permitan desarrollar un proceso amplio, inclusivo,
democrático y eficiente que permita alcanzar acuerdos justos y satisfactorios.
CAPITULO II: LOS ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Articulo 3º.- El proceso del Presupuesto Participativo debe desarrollarse dentro de un
enfoque de resultados, con la finalidad de que las intervenciones del Estado se
constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la población para lo
cual, el Gobierno Local en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo Nº
28056, Ley Nº 29298 QUE Modifica la
Ley Nº 28056 , su Reglamento, Decreto
Supremo Nº 171-2003-EF y la Ley del Sistema Nacional de Control – Ley Nº 28411,
establece mecanismos y pautas para el desarrollo de dicho proceso.
Artículo 4º.- La
presente Ordenanza involucra a todos los actores del proceso del Presupuesto
Participativo, según lo dispuesto en el artículo Nº 7º .de la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- El Proceso
del Presupuesto Participativo en Municipalidad Distrital de Grocio Prado tiene
los siguientes objetivos:
Revisar los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado de Municipalidad
Distrital de Grocio Prado adecuándolo a las prioridades actuales para
contribuir a la erradicación de la
pobreza y la exclusión.
Mejorar en
eficiencia y eficacia la
asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades
consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado de Municipalidad Distrital de
Grocio Prado.
Concertar acuerdos
que mejoren las condiciones de vida de
la población y fortalezcan sus capacidades, priorizando aquellas con mayores
niveles de pobreza y exclusión.
Involucrar y comprometer a las organizaciones de la
población y del sector público en las
acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos del Plan de
Desarrollo dela Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
Reforzar los procesos de
transparencia, mediante la vigilancia de la gestión, la rendición de
cuentas y la adecuada información y capacitación a los representantes y
población en general.
Concertar acciones comunes con el sector público en el
marco de los planes sectoriales, el plan de desarrollo concertado y el presupuesto
participativo.
CAPITULO III: DE LAS FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO
Artículo 6º.- El proceso del Presupuesto Participativo en
la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, tiene las siguientes fases:
Preparación.-que comprende las actividades previas de planificación del proceso
definiendo acciones de comunicación, convocatoria, identificación y capacitación de los Agentes Participantes
Concertación.- que comprende las actividades de
identificación y evaluación técnica de los problemas del distrito mediante la revisión de su Plan
de Desarrollo Concertado, la recepción y
análisis de las propuestas de la comunidad
y la concertación para la
priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los agentes
participantes, cuyos resultados deben
constar en actas .
Coordinación entre niveles de gobierno.- que implica las
acciones de articulación y consistencia de los proyectos que deberá efectuar el
alcalde en su condición de Presidente del Concejo de Desarrollo Local del
distrito ante las entidades provinciales y el Gobierno Regional .
Formalización.- que considera las actividades para la
inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo presupuesto
institucional y la rendición de cuentas
sobre la ejecución del Presupuesto Participativo del año en curso.
La adecuación de fases y actividades que requieran para el mejor cumplimiento del
proceso, considerando la realidad territorial de la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado, están reguladas por la
presente ordenanza.
CAPÍTULO IV: DE LOS AGENTES/ACTORES SUS ROLES
Artículo 7º.- Son actores del proceso del Presupuesto
Participativo en el distrito de Grocio Prado, las autoridades y representantes
de la Sociedad Civil que a continuación se indican:
Los integrantes del
Consejo de Coordinación local Distrital
Los integrantes del Concejo Municipal Distrital
Agentes Participantes acreditados de las organizaciones
sociales y de las comunidades, anexos y caseríos.
Los representantes de las instituciones públicas con
ámbito de intervención y/o radicadas en
el distrito
Los integrantes del Equipo Técnico
Los integrantes del Comité de Vigilancia.
Artículo 8º.- Los actores a que se refiere el Artículo
anterior cumplirán el rol asignado en el “Instructivo para el Proceso del
Presupuesto Participativo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado por RD Nº
007-2010-EF/76.01”.
CAPÍTULO V: El CONSEJO
DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL
Articulo 9º.- Es la instancia encargada de organizar,
coordinar, conducir e informar ante las
instancias correspondientes los resultados de todas la fases del proceso del
presupuesto participativo, acorde con la Ley Orgánica de Municipalidades, la
ley del presupuesto participativo y las
demás normas relacionadas.
CAPITULO VI: DE LOS AGENTES PARTICIPANTES
Artículo 10º.-Son Agentes Participantes, representantes de
la Sociedad Civil:
Los integrantes del CCL distrital, presidido por el
alcalde distrital e integrado por los regidores distritales y dos
representantes de las organizaciones del distrito.
Los representantes de las organizaciones sociales de
base territorial debidamente
acreditadas, luego del proceso de inscripción y selección establecido por la
presente ordenanza.
c) Los representantes de las organizaciones públicas radicadas en el distrito.
Artículo 11º.- Organizaciones sociales de base
territorial; Son aquellas organizaciones conformadas en base a espacios
territoriales, cuyos miembros residen dentro del ámbito distrital, tales como:
Organizaciones o juntas
vecinales distritales incluidos
los anexos y caseríos.
Clubes de madres cuya base de actividades es en el
distrito
Organizaciones de Mujeres.
Organizaciones de NNA
Organizaciones juveniles
Comunidades campesinas,
Consejos Municipales Escolares
Organizaciones
juveniles religiosas
Comisiones de productores y regantes
Comités de gestión y desarrollo de ámbito distrital
Artículo 12º.- Organizaciones públicas; Son todas las
organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del
desarrollo, tales como:
Asociaciones de padres de familia,
Asociaciones culturales y deportivas
Sector educación
Sector Salud
Las iglesias
Otras con presencia en la jurisdicción.
Artículo 13º.-Responsabilidad de los Agentes
Participantes; Los representantes, Agentes Participantes de la sociedad civil,
que intervienen en el proceso de Presupuesto Participativo tienen las
siguientes responsabilidades:
Cumplir el rol asignado en el Instructivo del presupuesto Participativo vigente para el
año fiscal 2015
Solicitar e informarse de los requisitos para participar y
de los plazos para presentarse.
Intervenir activamente en los procesos de capacitación
para que su participación sea informada y efectiva.
Convocar, reunirse y
dirigir talleres de trabajo con
sus representados para evaluar y
presentar propuestas acorde con los objetivos y prioridades del Plan de
desarrollo concertado el distrito.
Asumir una actitud democrática, responsable, respetuosa,
inclusiva y tolerante durante los
diversos talleres que implique el proceso.
Concertar para que los aportes y propuestas, producto de los talleres, cuenten con el más amplio consenso y
legitimidad social,
Deben tener una actitud abierta; en el entendido que el
manejo presupuestal tiene una base técnica vinculada con aspectos financieros,
económicos, de ingeniería, etc., que hacen necesaria la convocatoria y
participación de profesionales y técnicos especializados.
Deben tener una actitud vigilante respecto a los aportes y
conclusiones emanados del proceso y
plasmados en los Acuerdos de Presupuesto Participativo.
Deben presentar los casos de indicios o pruebas de
corrupción al Comité de Vigilancia y Control para su debida investigación y
posible sanción en el nivel respectivo.
CAPÍTULO VII: DEL EQUIPO TECNICO
Artículo 14°.- El Equipo Técnico estará integrado por:
Sub Gerente de Control Seguridad Ciudadana y Medio
Ambiente.
Gerente Municipal
Sub Gerente de Planificación y presupuesto
Sub Gerente de Infraestructura y catastro
Encargado de la oficina de Catastro-UF
Oficina de Imagen Institucional
Sociedad Civil CCL
Artículo 15º.- El equipo técnico participa con voz pero
sin voto y sus funciones son:
Elabora el informe de ejecución del presupuesto participativo y sus acuerdos de inversión desarrollados durante
el año 2014.
Elabora el informe de avances de ejecución de los acuerdos
del presupuesto participativo del año 2015.
Elabora el informe económico general de la municipalidad
Distrital correspondiente al año 2014.
Informa a los agentes participantes sobre los recursos
disponibles para la priorización participativa de acciones y proyectos,
explicando con detalle los componentes del gasto del Gobierno Local.
Brinda el soporte técnico para la evaluación de las
acciones priorizadas y las presenta a los agentes participantes para que
consideren y determinen su inclusión en el presupuesto institucional del
Gobierno Local.
Registra y consolida las propuestas resultantes de los
talleres, y elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos.
Elabora el Documento del proceso participativo para el año
fiscal 2015 que se presenta a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del
MEF.
Elabora el aplicativo informático del presupuesto
participativo correspondiente al 2015.
CAPÍTULO VIII: DEL COMITÉ DE VIGILANCIA
Articulo 16°.- CONFORMACIÓN, DURACIÓN Y FUNCIONES DEL
COMITÉ VIGILANCIA.
El comité de Vigilancia y Control del Presupuesto
Participativo 2014- 2015, está conformado por cuatro (04) miembros elegidos
entre los agentes participantes inscritos para participar en el proceso del
Presupuesto Participativo, buscando la igualdad de participación entre hombres
y mujeres así como la inclusión, en la
medida de lo posible, de personas con
capacidades diferentes.
El Comité de Vigilancia y Control, será elegido en el
taller de formalización de acuerdos y su tarea concluye el 31 de diciembre del
año 2015.
Asumen la función es de vigilar el cumplimiento de los
acuerdos finales del proceso según los
principios que regulan el presupuesto participativo, informando trimestralmente
sobre los resultados de la vigilancia al CCL.
La municipalidad mediante resolución expresa acreditara a
los integrantes del Comité de Vigilancia elegidos, debiendo disponer lo
necesario para el cumplimiento de sus funciones.
TITULO SEGUNDO
DESARROLLO DE LAS FASES DEL PROCESO
CAPÍTULO I
FASE 1, DE PREPARACIÓN
Artículo 17 º.-
Requerimiento de información; El equipo técnico prepara la información
previa necesaria para el buen desarrollo del proceso la cual consiste básicamente en:
Informe de ejecución de obras programadas y ejecutadas en
el proceso de presupuesto participativo para el año 2013
Informe de la situación
o avance de las acciones
aprobadas y programadas para el
año 2014
PIA y PIM 2014
Información de estimado de techos presupuestales para el 2015
Artículo 18°.- COMUNICACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN
El CCL, con el
apoyo del equipo técnico convoca al
mayor número posible de organizaciones a
inscribirse para participar en el proceso. Dando a conocer la ordenanza, circulando invitaciones directas y difundiendo
mediante los medios posibles
La municipalidad, promoverá la inclusión de sectores
vulnerables, entre ellos los niños niñas y adolescentes buscando su participación y la incorporación
de políticas a su favor. En este sentido el gobierno local deberá realizar una
campaña de sensibilización a través de la difusión que debe realizar la oficina
de imagen institucional para que las poblaciones, sectores y organizaciones,
representantes de los estratos excluidos o que se encuentran en situación de
vulnerabilidad participen en el proceso.
En particular, la municipalidad promoverá la aplicación de
la equidad de género en los agentes participantes y/o representantes de la
sociedad civil, de tal manera que entre los representantes se considere un hombre
y una mujer.
Artículo 19°.- CONVOCATORIA
Haciendo uso de medios de comunicación masiva, la
municipalidad convocará abiertamente a los diferentes agentes participantes,
para participar en el proceso del presupuesto participativo.
La fase de convocatoria para el proceso del presupuesto
participativo recae sobre la oficina o responsable de imagen institucional,
cuyas actividades a realizar serán:
a) Desarrollar la difusión e información de todo el
proceso.
b) La publicidad y difusión se deberá realizar a través de
diferentes medios de comunicación.
c) Asegurar que la difusión sea de alcance local, a fin de
evitar que la carencia de adecuados
mecanismos de convocatoria sea causante
de la poca participación de la ciudadanía.
d) Participación sensible al género y con igualdad de
oportunidades. Se deberá promover en especial la participación de niñas, niños,
adolescentes, mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, personas adultas
mayores, para alcanzar una mayor representatividad de los grupos en situación
de vulnerabilidad.
Artículo 20º.- APERTURA DEL REGISTRO DE INSCRIPCIÓN DE
AGENTES PARTICIPANTES.
El Libro de Registro de inscripción de Agentes
Participantes, es el padrón abierto por la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado, en el cual se inscriben los representantes de la sociedad civil que
cumplan con los requisitos establecidos.
Artículo 21º.- DEL REGISTRO DE LOS AGENTES PARTICIPANTES.
El Registro de Agentes Participantes no es constitutivo de
personería jurídica. Su mantenimiento y actualización está a cargo de la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado.
Artículo22º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN.
Para la inscripción en el Registro, los representantes de
la Sociedad Civil deberán presentar una solicitud, dirigida al Alcalde de la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado, con atención a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, debiendo expresar y acompañar lo siguiente:
Nombre o denominación de la organización que se pretende
inscribir, así como de la persona en quien se ha delegado la representación
para participar en el proceso de presupuesto participativo.
Copia simple del documento de identidad DNI de la persona
en quien se ha delegado la representación para participar en el proceso Presupuesto Participativo.
Copia simple del
acuerdo reunión o asamblea, mediante el cual se delega representación para
participar en el proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2015.
Artículo 23º.- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN.
El procedimiento de inscripción se inicia con la
presentación de la solicitud en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado, la misma que está obligada a recibir todas las solicitudes. En un
solo acto y por única vez, Mesa de Partes, si advirtiese la falta de algunos de
los requisitos o documentos exigidos en el artículo precedente, recibirá el
documento, indicándole al usuario que en un plazo máximo de dos días útiles
deberá subsanarlos, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su
solicitud.
Artículo 24º.- PLAZOS.
Una vez recibida la solicitud, en un plazo máximo de 05
días calendario contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud,
se deberá resolver lo solicitado. Transcurrido este plazo sin que haya pronunciamiento,
el solicitante podrá considerar aprobada su solicitud.
Artículo 25º.- ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO.
Las Organizaciones inscritas se obligan a actualizar
cualquier información, siguiendo el mismo trámite establecido para la
inscripción.
Artículo 26º.- DIFUSIÓN DEL REGISTRO.
El Listado de los Agentes Participantes inscritos será
publicado, por la Municipalidad Distrital de Grocio Prado Las personas u
organizaciones que tengan observaciones respecto de la representatividad de uno
o más agentes participantes que aparecen
en la lista publicada, podrán presentar una solicitud de impugnación, acompañando las
pruebas o documentación sustentatoria,
que será el equipo encargado con cargo a informar al CCL.
ARTÍCULO 27º.- INFORME DE INSCRITOS APTOS PARA
ACREDITACIÓN.
EL Equipo encargado, publicará oportunamente, informará y
pondrá en conocimiento del despacho de Alcaldía la relación de los Agentes Participantes inscritos, a fin de
expedirse el documento de acreditación correspondiente.
Artículo 28º.- DEL DOCUMENTO DE ACREDITACIÓN.
La Municipalidad Distrital de Grocio Prado, emitirá el documento, declarando la
habilidad de los, Agentes Participantes
para su participación en todas las
fases del proceso de presupuesto participativo.
Artículo 29°.- CAPACITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES
La capacitación de los agentes participantes, para el
desarrollo del presupuesto participativo, tiene como objetivo brindar las
herramientas conceptuales, metodológicas, técnicas y legales para el desempeño
de sus funciones, de tal forma que la definición de prioridades y la
utilización de recursos apunten al desarrollo concertado del distrito.
Las jornadas de capacitación deberán estar enmarcadas
dentro de los siguientes temas:
El presupuesto Participativo en el marco del presupuesto Municipal y su rol en el proceso de
desarrollo local.
El Planeamiento estratégico y la determinación de
prioridades de desarrollo. La participación de la infancia y la
adolescencia.
Descripción del proceso para el presente año, derechos y obligaciones de los agentes
participantes.
Los criterios para la elaboración de propuestas y determinación de la inversión y sus impactos
a nivel regional, provincial y distrital.
Otros que sean necesarios para el mejor desarrollo de los
procesos del PP.
CAPÍTULO II
FASE 2, CONCERTACIÓN
Artículo 30°.- DESARROLLO DE TALLERES DE TRABAJO
En cada una de las zonas se desarrollarán los diferentes
talleres que conllevarán a definir los proyectos a incorporarse en el PP 2015.
1.- TALLER DE IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE
RESULTADOS
Se realiza la presentación del PDLC, resaltando los
problemas que se han identificado y las que buscaremos aportar para su
solución. se propiciará el diálogo para recoger aportes en cada uno de los
elementos del PDLC.
Se procede luego a la identificación y priorización de los
resultados. Para ello, teniendo en cuenta el diagnóstico y los problemas
identificados en el PDLC se procederá a plantear los resultados que expresarán
las mejoras que se buscan alcanzar en los problemas identificados. Se tendrá
como referencia los resultados de los programas presupuestales estratégicos
establecidos en el marco del presupuesto por resultados.
Posteriormente se procede a la priorización de los
resultados identificados. En cada zona se definirá y aprobara los criterios
para la priorización de los resultados propuestos, partiendo de una propuesta
elaborada por el equipo técnico, acorde a los lineamientos establecidos en el
instructivo correspondiente. Acorde a la matriz de criterios de priorización
aprobado, se establecerá un orden de prelación de los resultados identificados,
para esto se tendrá en cuenta los criterios y puntajes.
Concluye este momento con el listado priorizado de
resultados, para el posterior trabajo de evaluación técnica de proyectos.
Previo al trabajo del equipo técnico, se presenta a los
agentes participantes el listado de estudios de proyectos que cuentan con
viabilidad por cada una de las zonas.
Se hace posible en este momento que los agentes
participantes presenten proyectos a nivel de estudio con su viabilidad
correspondiente, para ser considerados en la evaluación técnica.
Los agentes participantes tendrán derecho a voto en la
priorización de los resultados y de los proyectos para su atención sólo si han
participado en la totalidad de las jornadas de trabajo convocados.
2.- IDENTIFICACIÓN DE IDEAS DE PROYECTOS
Para el caso de ideas de proyecto. Los agentes
participantes presentarán la idea de proyecto. Para se llenará los datos
básicos en un formato que se les alcanzará oportunamente.
3.- EVALUACIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS
El listado de proyectos con viabilidad en su estudio pasan
a la evaluación técnica de parte del equipo técnico, que se encargará de
relacionar estos estudios viables con los resultados priorizados.
En el caso de que no existieran estudios viables que
pudieran relacionarse con alguno de los resultados priorizados, se tendrán en
cuenta las ideas de proyectos recogidas en el momento de identificación de
ideas de proyectos.
Para los casos de proyectos cuya ejecución demanda de más
de un ejercicio presupuestal, se indicará los montos requeridos por cada año.
En el acta de acuerdos y compromisos quedará registrado el compromiso de
considerar los montos correspondientes en los posteriores presupuestos
participativos, de acuerdo a los años de ejecución del proyecto previstos en el
estudio.
La evaluación técnica generará los siguientes productos:
Listado de proyectos con viabilidad que están relacionados
con los resultados priorizados, y que contarán con asignación presupuestal en
el año 2015.
Listado de ideas de proyectos que atienden resultados
priorizados que no cuentan con proyectos viables. Estas ideas de proyectos
tienen prioridad para su formulación, de tal manera que se pueda asegurar su
asignación presupuestal el 2015.
4.- TALLER DE PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
La evaluación técnica
será de carácter técnico presupuestario y su producto es la lista de
proyectos con viabilidad e ideas de proyectos relacionados con los resultados,
pero priorizados de acuerdo a los techos presupuestarios.
No podrá realizarse modificaciones al contenido de la
lista ni al orden de prelación de los proyectos priorizados. Salvo acuerdo
unánime de la asamblea a sugerencia del equipo técnico.
Lo aprobado por los Agentes Participantes en el
taller es asumido como acuerdos finales
que no podrán ser modificados.
ARTÍCULO 31°.- FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL
PP 2014
Hecho la sustentación de los acuerdos finales, se procede
a su aprobación. Luego se levantará un acta final de Acuerdos y
Compromisos del presupuesto participativo
2015.
Estas actas serán firmadas por los miembros del CCLD, las
autoridades y todos los agentes participantes presentes en los talleres zonales
como en el taller distrital.
CAPÍTULO III
FASE 3, COORDINACIÓN ENTRE LOS NIVELES DE GOBIERNO
Artículo 32°.- COORDINACIÓN ENTRE LOS NIVELES DE GOBIERNO
En el taller distrital se procederá a elegir el proyecto a
ser presentado en el presupuesto participativo del nivel provincial.
CAPÍTULO IV
FASE 4, FORMALIZACIÓN
Artículo 33°.- FORMALIZACIÓN EN EL PÍA DE LOS ACUERDOS Y
COMPROMISOS
Luego de contar con el acta de aprobación final del PP
2015, se procede a informar al CCLD de los resultados del proceso, el cual
finalmente aprueba y canaliza la documentación correspondiente al concejo municipal
para su aprobación e inclusión posterior en el proyecto de presupuesto 2015.
Artículo 34°.- DE LA APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS
PRESUPUESTOS
El presupuesto participativo es aprobado por el concejo
municipal, para luego ser difundido a la población a través de los medios más
adecuados y de comunicación masiva.
Artículo 35°.- RENDICIÓN DE CUENTAS
La Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio
anterior deberá realizarse a más tardar
en el mes de marzo, siendo responsabilidad del Presidente Regional y del
Alcalde la rendición de cuentas correspondiente.
Todos los agentes participantes son responsables de participar en dicho acto.
La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de
corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar
el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir
responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas
participativamente.
Por ello, los Presidentes Regionales y Alcaldes deben
informar a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y
Compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la
Sociedad Civil en particular, sobre lo siguiente:
a. Programación y nivel de avance en la ejecución y
resultados (en términos de población Beneficiada y problemas resueltos), de los
proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior.
b. Sustentar los cambios efectuados a los proyectos
priorizados en el Presupuesto Participativo anterior y modificaciones presupuestarias
realizadas.
c. Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por
cada uno de los actores, Públicos y privados participantes del proceso.
d. Presupuesto Institucional de Apertura del presente
ejercicio.
e. Asimismo, en este espacio las autoridades informan
respecto a los resultados de su Gestión en el año anterior, a nivel de
actividades, proyectos y logro de los Objetivos Estratégicos del Plan de
Desarrollo Concertado.
h. De igual modo, en esta reunión los agentes
participantes de la sociedad civil y las entidades del Gobierno local y el
Comité de Vigilancia que hayan
intervenido en el proceso informan sobre el cumplimiento de los compromisos que
asumieron en el P.P. del año anterior.
El Equipo Técnico elabora un Resumen Ejecutivo conteniendo
esta información básica.
Dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado
en la página web institucional.
Artículo 36°.- COMITÉ DE VIGILANCIA
Para ser elegidos como miembros del comité de vigilancia y
control deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano(a) en ejercicio y residir en el distrito;
b) Ser postulado(a) por una organización o institución
participante;
c) Ser agente participante.
d) No ser miembro del concejo de coordinación local
distrital.
e) Contar con disponibilidad de tiempo para asistir a los
talleres de trabajo.
Está Compuesto:
Está compuesto por un mínimo de 05 miembros elegidos en el Primer o último Taller de Trabajo, buscando la
igualdad de participación entre hombres, mujeres, niños, niñas y Adolescentes,
lo mismo que de las personas con discapacidad y jóvenes.
Vigencia:
El Comité de Vigilancia y Control tendrá una vigencia de
02 años cuya función es de vigilar el cumplimiento de las distintas etapas del
proceso según los principios que regulan el presupuesto participativo, informando
trimestralmente sobre los resultados de la vigilancia al CCL.
La municipalidad mediante resolución expresa acreditara a
los integrantes del Comité de Vigilancia elegidos, debiendo disponer lo
necesario para el cumplimiento de sus funciones.
TITULO TERCERO
REGLAS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO
CAPITULO I
DE LAS NORMAS, REGLAS A CUMPLIR
Artículo 37º.- DE LA ASISTENCIA Y DERECHO AL USO DE LA
PALABRA
Los agentes participantes deberán contar con la
disponibilidad de tiempo para asistir a todos los talleres y reuniones que se
den a lo largo del proceso. El registro de asistencia es responsabilidad de la
gerencia de Planificación y Presupuesto.
Cada participante en las plenarias dispondrá para su
intervención oral de un tiempo de 3 minutos y tendrá como máximo opción a dos
intervenciones por plenaria. La segunda intervención será efectiva si se agotó
la primera ronda de todos los inscritos para esa fecha.
Artículo 38º.- DE LAS NORMAS DE CONDUCTA
Durante el
desarrollo del proceso los participantes deberán respetar las siguientes normas
de conducta:
Puntualidad: El ingreso de los participantes tendrá una
tolerancia de (15) quince minutos de iniciada la plenaria y/o taller. Se tendrá
en cuenta los casos de la zona rural.
Respeto mutuo: Todos los participantes merecen respeto
como oidores y como oradores, evitando frases hirientes e interrupciones.
Tolerancia: Los participantes deberán mantener una actitud
equilibrada y alturada a las diversas opiniones vertidas relacionadas con las
creencias y nivel cultural.
Artículo 39º.- FALTAS Y SANCIONES
Se consideran faltas a las normas de convivencia
democrática de los agentes participantes dentro del proceso del presupuesto
participativo, las siguientes:
a). Agresión física y/o verbal a un agente
participante.
b). Asistir a los talleres o sesiones en estado
etílico o de alteración por consumo de drogas.
c). Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los
talleres y/o sesiones
d). Interrupción
constante de los agentes participantes en los talleres de trabajo
e). Asistir fuera de la hora establecida de
inicio de los talleres de trabajo
Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o
reiteración de la falta serán las siguientes:
a). Por primera vez: llamada de atención en el
taller o sesión.
b). Por segunda vez: retiro de la reunión y de
su participación en el proceso.
TITULO CUARTO
DE LA PARTICIPACION DE LOS NIÑOS, NIÑAS, ADOLECENTES,
MUJERES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CAPITULO I
DE LOS ANTECEDENTES Y DESARROLLO DEL PROCESO
Artículo 40º.- La participación organizada de los niños,
niñas, adolescentes, mujeres y personas con discapacidad durante los últimos
presupuestos participativos ha sido casi nula, siendo esta población hoy en día
considerable y con la capacidad de poder identificar sus problemas y plantear
alternativas de solución a los mismos. Así mismo, es preocupación institucional
involucrar a los grupos vulnerables en el proceso participativo; para ello se
trabajará con ellos dentro del proceso del presupuesto participativo.
Artículo 41º.- AGENTES PARTICIPANTES:
Se considera agentes participantes de organizaciones de
niños, niñas y adolescentes y a
estudiantes de los niveles de educación primaria (4to.5to. y 6to. grado), a los
de educación secundaria (del 1ero. al 5to. año), integrantes de Municipios de
Escolares. A las mujeres y personas con discapacidad que representen a alguna organización o
grupos de los AA.HH, Juntas Vecinales o Comunidades.
Artículo 42º.- OBJETIVO:
Promover la participación y capacitación de los grupos más
vulnerables, así como su aporte en el proceso del desarrollo local.
Artículo 43°.- DEL DESARROLLO DEL PROCESO:
El proceso participativo tiene la finalidad de fortalecer
el liderazgo y desarrollo ciudadano de los grupos vulnerables, llámese niños,
niñas, adolescentes, jóvenes, mujeres y personas con discapacidad, para que
sean ellos actores de su propio desarrollo y se incorporen como agentes de
cambio y acción dentro del distrito.
Artículo 44°.- DEL MONTO MÍNIMO ESTABLECIDO A FAVOR DE LOS
NIÑOS, MUJERES Y DISCAPACITADOS:
El monto mínimo destinado a favor de los niños, niñas y
adolescentes, mujeres y personas con discapacidad es del 6% del total anual del
presupuesto destinado al presupuesto participativo, distribuyéndose de manera
proporcional.
DISPOSICIONES FINALES:
Primera.- la municipalidad distrital de Grocio Prado
convocará a reuniones de trabajo con los agentes participantes teniendo en
cuenta las necesidades, condiciones y características de la población;
promoverá, a través de talleres la incorporación de propuestas de inversión que
garanticen la cobertura de todos los objetivos estratégicos priorizados en el
Plan de Desarrollo Concertado y asimismo programará los talleres buscando
asegurar la flexibilidad de fechas y horarios, en base a una correcta
adecuación al desempeño individual y colectivo de las comunidades a fin de
garantizar y facilitar la asistencia del mayor número de representantes de la
sociedad civil y de las instituciones del estado a todas las reuniones de trabajo
y asambleas establecidas en el proceso de presupuesto participativo.
Segunda: No existe cambio de meta de los compromisos
aprobados en el presupuesto participativo, destinándose este presupuesto a la
prioridad siguiente en orden de prelación acordado.
Tercera: todo asunto no previsto en el presente
reglamento, será resuelto por la titular del pliego, en estricto cumplimiento
de la normatividad vigente. Asimismo, todos los puntos no previstos en el
desarrollo de los talleres, serán resueltos por los agentes participantes en la asamblea de los talleres del PP.
Cuarta: El presente reglamento entrará en vigencia al día
siguiente de su aprobación.
ANEXOS:
ANEXO Nº 01
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL
PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2015 MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE GROCIO PRADO
ACTIVIDAD
|
PARTICIPANTES
|
FECHA
AÑO 2013
|
RESPONSABLE
|
|||
PREPARACIÓN
|
||||||
Comunicación, sensibilización y convocatoria
|
Alcalde, CCLD y Equipo Técnico
|
Una vez aprobada la Ordenanza que autoriza el proceso
(10/03 al 31/03 )
|
Equipo Técnico
Oficina de Imagen Institucional
|
|||
Identificación y registro de Agentes Participantes
|
Todos los Agentes participantes
|
(01/04 al 15/04)
|
Oficina de Sub Gerencia de Control, Seguridad Ciudadana
y Medio Ambiente.
|
|||
Capacitación y matriz de priorización
|
Todos los Agentes Participantes
|
(24/04), Barrio Saravia
|
Oficina de Imagen Institucional.
|
|||
2.- CONCERTACIÓN
|
||||||
2.1) Talleres de identificación de problemas e ideas de
proyectos
|
Agentes participantes
|
(08 y 22/05), Barrio Progreso.
|
Oficina de Programación e Inversiones
Equipo técnico
|
|||
2.2.) Evaluación Técnica de Proyectos
|
Equipo Técnico
|
(del 23/05 al 20/06)
|
Equipo técnico
|
|||
2.3) Priorización de proyectos
|
Equipo Técnico
|
27 de Junio
|
Equipo Técnico
|
|||
2.4) Formalización de acuerdos y compromisos
|
Alcalde, CCLD y Equipo Técnico
|
27 de Junio
|
Equipo Técnico
|
|||
3.- COORDINACIÓN
ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
|
||||||
4.- FORMALIZACIÓN
|
||||||
4.1) Rendición de Cuentas e Informe del Comité de Vigilancia
año 2012.
|
Alcalde, Agentes participantes
|
27 de Junio
|
Sub Gerencia de Infraestructura y catastro.
Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto.
|
|||
4.2) Formalización en el PIA
|
Alcalde y Concejo Municipal
|
A partir de Junio,
Julio
|
Alcaldía y Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto
|
|||
ANEXO Nº 03
SOLICITO: ACREDITACIÓN
COMO
AGENTE PARTICIPANTE
SEÑOR: …………………………….…………………………………
ALCALDE
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE……………………
ATENCION :OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
S.A.:
………………………………………………………………, con DNI ………
(Nombres y
Apellidos del representante legal de la organización) ……………………………………………………………………………………….
(Cargo) (Nombre completo de la
organización)
Constituida en la ciudad, con fecha , y con ……..… integrantes activos y
domicilio legal en………………………… cuyos fines institucionales son:
………………….…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
solicita el registro del señor ……………………………………….., con DNI Nº…………………….y
domiciliado en ………………………………………… del
Distrito de…… , a fin de ser
acreditado como AGENTE PARTICIPANTE PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO AÑO FISCAL 2015 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE …
…. Para tal efecto adjunto a la presente:
Copia simple del acta de constitución
Copia simple del Acta de la Sesión en la que se elige el
representante ante el Proceso del Presupuesto Participativo–2015.
Copia simple del DNI del representante elegido para ser
acreditado como Agente Participante en el Proceso del Presupuesto
Participativo-2015.
Es Justicia que espero alcanzar.
de del 2015
…………………………….……………..……….
(Firma)
DNI
0 comentarios:
Publicar un comentario