EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Chincha Baja, 24 de
Enero de 2014
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de
Chincha Baja en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Enero del 2014;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 194º de la Constitución
Política del Estado las Municipalidades
tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, conforme se puede
apreciar del Informe Nº 07-A-2014/GM-MDCHB de la Gerencia Municipal, Informe
Técnico Nº 069-14-DAT-MDCHB de la Dirección de Acondicionamiento Territorial
propone se establezca como pago único de S/. 10.00 nuevos soles por derecho de
emisión de Certificado de Posesión contemplado en el TUPA vigente.
Que de acuerdo a lo
establecido en el numeral 9º del artículo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, “Corresponde al Concejo Municipal: Crear, modificar, suprimir
o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, y derechos conforme
a ley”.
Que, por el artículo 40º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Ordenanzas se crean, modifican,
suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones,
dentro de los límites establecidos por ley.
Estando a lo que se
expone, de conformidad con la Ley Nº 27444, concordante con el numeral 8.- del
art. 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y con voto unánime
de los miembros del Concejo Municipal, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
ESTABLECER EL PAGO DE s/. 10.00 NUEVOS SOLES COMO PAGO UNICO POR DERECHO DE
EMISION DE CERTIFICADO DE POSESION PARA
BENEFICIAR A LA POBLACION DE NUESTRO
DISTRITO DURANTE EL EJERCICIO 2014 – RUBRO OBRAS DEL TUPA VIGENTE.
Artículo Primero.-
Exonerar el 100% del derecho por CERTIFICADO DE POSESION contemplado en el TUPA
de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja
Artículo Segundo.- Establecer
el derecho de S/.10.00 nuevos soles (diez y 00/100 nuevos soles) por derecho
administrativo por emisión de Certificado de Posesión.
Artículo Tercero.- El
plazo para acogerse, se inicia desde el día siguiente de la publicación de la
presente norma municipal por todo el ejercicio 2014, para beneficiar a las
personas naturales damnificadas del distrito de Chincha Baja.
Artículo Cuarto.-
Encargar a la Secretaría General la publicación de la Ordenanza en el Diario de
la Localidad y hacer de conocimiento de la presente a las oficinas correspondientes
para los fines pertinentes.
POR TANTO:
Mando se publique y
cumpla.
Emilio Del Solar Salazar
Alcalde
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