miércoles, 29 de enero de 2014

Municipalidad Distrital de Chincha Baja Ordenanza Municipal Nº 001-2014-MDCHB


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Chincha Baja, 24 de Enero de 2014
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Chincha Baja en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Enero del 2014;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad   con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado las Municipalidades  tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme se puede apreciar del Informe Nº 07-A-2014/GM-MDCHB de la Gerencia Municipal, Informe Técnico Nº 069-14-DAT-MDCHB de la Dirección de Acondicionamiento Territorial propone se establezca como pago único de S/. 10.00 nuevos soles por derecho de emisión de Certificado de Posesión contemplado en el TUPA vigente.
Que de acuerdo a lo establecido en el numeral 9º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, “Corresponde al Concejo Municipal: Crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, y derechos conforme a ley”.
Que, por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.
Estando a lo que se expone, de conformidad con la Ley Nº 27444, concordante con el numeral 8.- del art. 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y con voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA ESTABLECER EL PAGO DE s/. 10.00 NUEVOS SOLES COMO PAGO UNICO POR DERECHO DE EMISION DE CERTIFICADO DE POSESION   PARA BENEFICIAR A LA POBLACION  DE NUESTRO DISTRITO DURANTE EL EJERCICIO 2014 – RUBRO OBRAS DEL TUPA VIGENTE.
Artículo Primero.- Exonerar el 100% del derecho por CERTIFICADO DE POSESION contemplado en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja
Artículo Segundo.- Establecer el derecho de S/.10.00 nuevos soles (diez y 00/100 nuevos soles) por derecho administrativo por emisión de Certificado de Posesión.
Artículo Tercero.- El plazo para acogerse, se inicia desde el día siguiente de la publicación de la presente norma municipal por todo el ejercicio 2014, para beneficiar a las personas naturales damnificadas del distrito de Chincha Baja.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la Ordenanza en el Diario de la Localidad y hacer de conocimiento de la presente a las oficinas correspondientes para los fines pertinentes.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Emilio Del Solar Salazar

Alcalde

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