viernes, 27 de diciembre de 2013

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ORDENANZA MUNICIPAL Nº 20-2013-MDGP

Grocio Prado, 24 de Diciembre de 2013.
VISTO:
La sesión Ordinaria de Sesión de Consejo de Fecha 23 de Diciembre del 2013, el Informe número 030-2013-MDGP/VRSY expedido por la Asesoría Contable Externa, el Informe Legal de Asesoría Externa de Municipalidad de Distrito de Grocio Prado, la Ordenanza Municipal N° 12-2010-MDGP/A del Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) y la Ordenanza Municipal Nº 007-2011.
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo Único de la Ley Nº 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece “Que las Municipalidades Provinciales y, Distritales como órganos de Gobierno Local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, el inciso 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, indica que es atribución del Consejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y, dejar sin efecto los acuerdos; así como también el inciso 9 del mismo Articulo indica que es atribución del Consejo Municipal “Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley”.
Que, la Ley Numero 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el 11 de Abril del 2001, ha establecido un nuevo régimen jurídico aplicable por la Administración Publica para que sirva a la protección del interés general garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y  jurídico en general.
Que, el Articulo 37 de la Ley 27444, establece la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Publica de elaborar y aprobar su texto único de procedimientos administrativos – TUPA.
Que, mediante Ley N° 27332 “Ley marco de los Organismos reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos”, la misma que fue modificada por la Ley N° 27631, y la Ley N° 28338 normas legales que facultan a los Organismos reguladores a dictar en el ámbito y en materia de su competencia las normas que regulan los procedimientos a su cargo.
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 042-2011-SUNASS-CD, modifica al reglamento de calidad de prestación de Servicios de Saneamiento. Norma que modifica los Artículos 13, 17, 20, 21 y 22 del Reglamento de calidad de la prestación de Servicios de Saneamiento, ”Esta aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N°011-2007-SUNASS-CD. La misma que guarda relación con el Informe N°030-2013 MDGP/VRSY, emitido por la Asesoría Contable Externa, Informe que hace referencia sobre la Autorización en Área de Uso Público para la instalación de Agua y desagüe,
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 12-2010-MDGP, de fecha 18 de Agosto del 2010 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA) de la MDGP.
Que mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MDGP, de fecha 24 de Junio, se aprobó la modificación de los nuevos costos de derecho a pagar del Item 28 al 44, correspondiente a la Unidad Orgánica, la misma que corresponde a la Ordenanza Municipal Nº 12-2010.
Que, contando con la Opinión Técnica y Legal favorable de la Asesoría Contable Externo y la Asesoría Legal Externa por lo que resulta necesario Aprobar en parte la  Derogación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) e incluir el Procedimiento sobre Autorización en el Área del Uso Público para instalación de agua y desagüe conforme lo precisa la Resolución del Consejo Directivo N° 042 – 2011 –SUNASS-CD, Dado que dichos lineamientos son expresados por el Ministerio de Economía y Finanzas considerados estas como metas al cumplirse hasta el 31-12-2013.deacuerdo al aplicativo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Decreto Supremo N°08/2013 de la Ley N° 29090.
Que,  estando a lo expuesto, de conformidad con el principio de legalidad establecido en el numeral 1.1 del Artículo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, y a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, a lo aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 23 de Diciembre del 2013, por unanimidad, con la dispensa de la lectura y de la Aprobación del Acta; se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA:
Articulo Primero.-DEROGAR  la Ordenanza Municipal N° 07-2011-MDGP/A Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA),   se aprobó la modificación de los nuevos costos de los derechos a pagar desde los Item 28 al 44, que corresponden a la Unidad Orgánica los mismo que corresponde a la Ordenanza Nº 012-2010- MDGP.
Articulo Segundo.-  APROBAR  la inclusión de los Procedimientos  respecto a la Autorización en Área de Uso Público para instalación de Agua y Desagüe, en los Item 28 al 44 que corresponde a la Ordenanza Municipal Nº 012-2010-MDGP, la misma que contiene un procedimientos Administrativos y, que cuyo anexo forma parte integrante del presente documento
Artículo Tercero.- Remitir la presente Ordenanza Municipal y sus anexos a la Municipalidad Provincial de Chincha para la ratificación correspondiente.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Consejo de la Municipalidad Provincial de Chincha que ratifique y de la presente Ordenanza en el Diario La Verdad del Pueblo de la Provincia.
Artículo Quinto.- El Texto Único de Procedimientos Administrativos que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza será publicado en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado  (www.munigroprado.gob.pe) de conformidad  a la Ley N° 29090, bajo responsabilidad de la Gerencia Municipal, Sub Gerente de Pla-neamiento y Presupuesto, Secretaria general y el Área de Soporte Técnico de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
Artículo Sexto.- Encargar a la División de Obras Publicas de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, realizar las coordinaciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR TANTO: Mando se Registre, publique y cumpla.

Luis Alfredo Tasayco Tasayco - Alcalde










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