Grocio Prado, 24 de
Diciembre de 2013.
VISTO:
La sesión Ordinaria de
Sesión de Consejo de Fecha 23 de Diciembre del 2013, el Informe número 030-2013-MDGP/VRSY
expedido por la Asesoría Contable Externa, el Informe Legal de Asesoría Externa
de Municipalidad de Distrito de Grocio Prado, la Ordenanza Municipal N°
12-2010-MDGP/A del Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) y la
Ordenanza Municipal Nº 007-2011.
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 194 de
la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo Único de la Ley
Nº 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece “Que las Municipalidades Provinciales
y, Distritales como órganos de Gobierno Local tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, el inciso 8 del
Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, indica que es
atribución del Consejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas
y, dejar sin efecto los acuerdos; así como también el inciso 9 del mismo
Articulo indica que es atribución del Consejo Municipal “Crear, modificar,
suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
conforme a ley”.
Que, la Ley Numero
27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, publicada el 11 de Abril del
2001, ha
establecido un nuevo régimen jurídico aplicable por la Administración Publica
para que sirva a la protección del interés general garantizando los derechos e
intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional
y jurídico en general.
Que, el Articulo 37 de
la Ley 27444, establece la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración
Publica de elaborar y aprobar su texto único de procedimientos administrativos
– TUPA.
Que, mediante Ley N°
27332 “Ley marco de los Organismos reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos”, la misma que fue modificada por la Ley N° 27631, y la Ley
N° 28338 normas legales que facultan a los Organismos reguladores a dictar en
el ámbito y en materia de su competencia las normas que regulan los procedimientos
a su cargo.
Que, mediante Resolución
de Consejo Directivo N° 042-2011-SUNASS-CD, modifica al reglamento de calidad
de prestación de Servicios de Saneamiento. Norma que modifica los Artículos 13,
17, 20, 21 y 22 del Reglamento de calidad de la prestación de Servicios de
Saneamiento, ”Esta aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo
N°011-2007-SUNASS-CD. La misma que guarda relación con el Informe N°030-2013
MDGP/VRSY, emitido por la Asesoría Contable Externa, Informe que hace
referencia sobre la Autorización en Área de Uso Público para la instalación de
Agua y desagüe,
Que, mediante Ordenanza
Municipal Nº 12-2010-MDGP, de fecha 18 de Agosto del 2010 se aprobó el Texto
Único de Procedimientos Administrativo (TUPA) de la MDGP.
Que mediante Ordenanza
Municipal Nº 007-2011-MDGP, de fecha 24 de Junio, se aprobó la modificación de
los nuevos costos de derecho a pagar del Item 28 al 44, correspondiente a la
Unidad Orgánica, la misma que corresponde a la Ordenanza Municipal Nº 12-2010.
Que, contando con la
Opinión Técnica y Legal favorable de la Asesoría Contable Externo y la Asesoría
Legal Externa por lo que resulta necesario Aprobar en parte la Derogación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) e incluir el Procedimiento sobre Autorización en el Área
del Uso Público para instalación de agua y desagüe conforme lo precisa la
Resolución del Consejo Directivo N° 042 – 2011 –SUNASS-CD, Dado que dichos
lineamientos son expresados por el Ministerio de Economía y Finanzas considerados
estas como metas al cumplirse hasta el 31-12-2013.deacuerdo al aplicativo del
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Decreto Supremo N°08/2013 de la
Ley N° 29090.
Que, estando a lo expuesto, de conformidad con el
principio de legalidad establecido en el numeral 1.1 del Artículo IV del Titulo
Preliminar de la Ley Nº 27444, y a las facultades conferidas en la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, a lo aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo
Municipal de fecha 23 de Diciembre del 2013, por unanimidad, con la dispensa de
la lectura y de la Aprobación del Acta; se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA:
Articulo
Primero.-DEROGAR la Ordenanza Municipal N°
07-2011-MDGP/A Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), se aprobó la modificación de los nuevos costos
de los derechos a pagar desde los Item 28 al 44, que corresponden a la Unidad
Orgánica los mismo que corresponde a la Ordenanza Nº 012-2010- MDGP.
Articulo Segundo.- APROBAR
la inclusión de los Procedimientos
respecto a la Autorización en Área de Uso Público para instalación de
Agua y Desagüe, en los Item 28 al 44 que corresponde a la Ordenanza Municipal
Nº 012-2010-MDGP, la misma que contiene un procedimientos Administrativos y,
que cuyo anexo forma parte integrante del presente documento
Artículo Tercero.-
Remitir la presente Ordenanza Municipal y sus anexos a la Municipalidad
Provincial de Chincha para la ratificación correspondiente.
Artículo Cuarto.- La
presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del día siguiente de
la publicación del Acuerdo de Consejo de la Municipalidad Provincial de Chincha
que ratifique y de la presente Ordenanza en el Diario La Verdad del Pueblo de
la Provincia.
Artículo Quinto.- El
Texto Único de Procedimientos Administrativos que contiene los procedimientos y
servicios aprobados en la presente Ordenanza será publicado en el Portal de
Transparencia de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado (www.munigroprado.gob.pe) de conformidad a la Ley N° 29090, bajo responsabilidad de la
Gerencia Municipal, Sub Gerente de Pla-neamiento y Presupuesto, Secretaria
general y el Área de Soporte Técnico de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado.
Artículo Sexto.- Encargar
a la División de Obras Publicas de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial,
realizar las coordinaciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR TANTO: Mando se
Registre, publique y cumpla.
Luis Alfredo Tasayco
Tasayco - Alcalde














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