viernes, 15 de noviembre de 2013

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA N° 023-2013-MPCH


Chincha Alta, 11 de Noviembre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Julio del 2013.
VISTO:
El Expediente Nº 4443-422-2011, de fecha de recepción 22 de Junio del 2011, suscrito por el Sr. Juan Carlos Balza Tassara Matta, Presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles o Inquilinos de la Urbanización Las Viñas, del Distrito de Chincha Alta, de la Provincia de Chincha, Departamento de Ica; sobre pedido de cambio y actualización de nomenclatura vial; asimismo la Carta Nº 67-2012-A.P.I.U.L.V, de fecha de recepción 21/11/2012, Carta Nº 71-2012-A.P.I.U.L.V, de fecha de recepción 11/12/2012 y Carta Nº 40-2013-A.P.I.U.L.V, de fecha de recepción 26/06/2013, todas levantando la observación de lo peticionado.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N°. 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, establece “Las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa  en los asuntos  de su competencia”.
Que, el numeral 1.4.5. del Artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que es función específica exclusiva de Ias Municipalidades Provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, disponer la nomenclatura de calles, parques y vías.
Que, en el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 04-95-MTC “Reglamento de Nomenclatura Vías y Areas de Recreación Publica”, señala: “La nomenclatura de las vías públicas y de las áreas de recreación pública de las áreas urbanas del país es competencia de los Gobiernos Locales, los mismos que se regirán por las normas del presente Reglamento”.
Que, el Artículo 12° del Decreto Supremo N° 04-95-MTC, señala que los nombres para la nomenclatura deberán ser escogidos de los siguientes grupos en orden de importancia: a) Personajes ilustres de la nación, de la región y de la localidad, próceres, héroes, maestros, estadistas, artistas, científicos, sabios, escritores, poetas, dando preferencia a los nacidos en la región. b) Personajes extranjeros, con notable actuación en favor del país o de trascendencia mundial en el mundo de las artes, la filosofía, la historia, la ciencia, la cultura, la literatura, la tecnología. c) Las siguientes fechas significativas: 28 de Julio, 12 de Octubre, 2 de Mayo, 7 de Junio, 6 de Agosto, 8 de Octubre, 9 de Diciembre, 27 de Noviembre y fechas especiales de significación local. Además, podrán utilizarse fechas que representen hechos históricos locales. d) El de referencias geográficas importantes, preferentemente del país: ciudades, ríos, lagos, lagunas, mares, quebradas, montañas. e) El de elementos representativos de la flora y fauna nacional o regional. f) El de elementos de la naturaleza diversos como piedras preciosas y otros minerales. g) Otros nombres debidamente justificados por su importancia y significación nacional, regional o local”. Así mismo los Artículos 14° y 15° disponen que queda terminantemente prohibido designar con nombres de personas vivas a Ias vías públicas y áreas de recreación, asimismo debe evitarse la repetición de denominaciones o el empleo de nombres semejantes para evitar confusiones.
Que, mediante Informe Nº 641-2012-DUR/GAT/MPCH, de fecha 17/09/2012, de la División de Desarrollo Urbano; manifiesta que el sector al cual se hace referencia comprende la Urbanización Las Viñas (Antes Lotización Toche), Lotización El Pacae y la Lotización Santa Catalina, las cuales son colindantes entre sí, existiendo continuidad entre sus vías o calles. Que, habiendo revisado los documentos adjuntos como antecedentes de las lotizaciones antes mencionadas, se verificó que mediante Resolución de Alcaldía Nº 772 de fecha 03/06/1991, se designó a la Lotización Toche como Urbanización “Las Viñas”, oficializándose los nombres de sus vías. Que, según Informe Nº 55-2011-UCU/DCU/MPCH, de fecha 14/08/2011, de la Unidad de Catastro Urbano, comunica que los nombres de las vías que forman parte de la Lotización el Pacae y la Lotización Santa Catalina, no se encuentran identificadas, refiriendo que no se cuenta con Plano Catastral de la zona. Que, existe la necesidad de un ordenamiento territorial de la ciudad, acorde con la política de Modernización Municipal, en cuanto a la correcta nomenclatura de las vías, en los sectores en los que se presentan continuidad y uniformidad de calles y avenidas en el área urbana de la ciudad. Que, la incorrecta denominación de calles y vías de la ciudad, genera confusión y desorientación sobre la ubicación exacta de los predios, no permitiendo la prestación adecuada de los servicios públicos a los vecinos y por ende incide muchas veces en el saneamiento Físico Legal de las propiedades inmuebles. Que, las Lotizaciones mencionadas se encuentran reconocidas e inscritas en los Registros Públicos de Chincha: Lotización Toche: Asignada como Urbanización “Las Viñas”, mediante Resolución de Alcaldía Nº 772, de fecha 03/06/1991. Lotización El Pacae: Aprobada por Resolución Municipal Nº 671, de fecha 27/05/1982 e inscrita en la Partida Registral Nº 40004201. Lotización Santa Catalina: Inscrita en la Partida Registral Nº 40015031.
Que, han elaborado el Plano de las vías que comprenden las Lotizaciones mencionadas como son Urbanización Las Viñas, Lotización El Pacae y Lotización Santa Catalina, el cual contiene las propuestas de Nombre de vías que no se encuentran identificadas y la ratificación de los nombres aprobados anteriormente mediante Resolución de Alcaldía Nº 772, de fecha 03/06/1991; anexando Cuadro de Nombres propuestos por los representantes de la Asociación de Propietarios de Inmuebles o Inquilinos de la Urbanización Las Viñas y los que se ratifican sobre las calles de las lotizaciones antes mencionadas; opinando que se someta a consideración del Concejo Municipal mediante Ordenanza, a efectos que proceda conforme a sus atribuciones.
Que, mediante Informe Legal Nº 2148-2012-GAJ/MPCH, de fecha 19/09/2013, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; manifiesta que el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala la finalidad del Gobierno Local, “Los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, el artículo 79º, numeral 1.2. de la Ley Nº 27972, establece como función específica y exclusiva, en materia de organización de espacio físico y uso de suelo, “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos, de acuerdo al Plan de Acondicionamiento Territorial”. Que, habiéndose emitido el Informe Nº 641-2012-DUR/GAT/MPCH, de fecha 17/09/2012, de conformidad con el anexo que contiene el cuadro de nombres propuestos; teniendo en cuenta que la Municipalidad conforme al artículo 79º numeral 3.4. de la Ley Nº 27972, tiene competencia para disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; opina que se apruebe el pedido del cambio y actualización de nomenclatura vial, a través de la Ordenanza Municipal.
De conformidad con las atribuciones conferidas en los numerales 8 del Artículo 9º y a lo dispuesto en los Artículos 39°, 40° y 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Julio del 2013; siendo aprobado el acta en Continuación de Sesión Ordinaria de fecha 09 de Setiembre del 2013, realizada el 17 de Setiembre del 2013; aprobó por “UNANIMIDAD” la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO Y ACTUALIZACIÓN DE NOMENCLATURA VIAL DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE INMUEBLES O INQUILINOS DE LA URBANIZACIÓN LAS VIÑAS
ARTICULQ PRIMERO.- APROBAR el cambio y actualización de nomenclatura vial de la Asociación de Propietarios de Inmuebles o Inquilinos de la Urbanización Las Viñas, del Distrito de Chincha Alta, de la Provincia de Chincha, Departamento de Ica, la misma que quedara conforme se detalla en el Anexo 1 de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Secretaria General, para que proceda a notificar la presente Ordenanza a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Policía Nacional del Perú, Empresas de prestación de Servicios Básicos: Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A.- SEMAPACH, Electro Dunas S.A.A., CONTUGAS S.A.C., Nextel del Perú S.A., América Móvil Perú S.A.C, Telefónica del Perú S.A., Cuerpo General de Bomberos, Instituto Nacional de Estadística e Informática, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Jurado Nacional de Elecciones, Poder Judicial, Cámara de Comercio, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Oficinas Postales, Entidades Bancarias, Caja Rurales de Ahorro y Créditos, Cajas Municipales de Ahorro y Créditos, Cooperativas de Ahorro y Créditos y al Gobernador del Distrito de Chincha Alta.
ARTICULO TERCERO.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición administrativa que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Rentas.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
Lic. Lucio Juárez Ochoa
Alcalde

ANEXO 1 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL
N° 023-2013-MPCH

URBANIZACION LAS VIÑAS
NOMBRE RATIFICADO
NOMBRE ANTERIOR
Jr. Albilla (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
Prol. Rene Toche
Jr. Quebranta (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
S/N (Paralela a Pilpa)
Calle Moscatel (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
S/N (Perpendicular a Pilpa)
Calle Borgoña (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
S/N (Perpendicular a Pilpa)
Calle Mosto (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
S/N (Perpendicular a Pilpa)
Alameda Las Parras (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
S/N (Paralela y adyacente a Pilpa)
Parque Las Viñas (Resolución N° 772 de fecha 03/06/1991)
Área Verde

LOTIZACION EL PACAE
NOMBRE PROPUESTO
NOMBRE ANTERIOR
Calle Malbec
Calle Nueva

LOTIZACION SANTA CATALINA
NOMBRE PROPUESTO
NOMBRE ANTERIOR
Calle La Vid
Calle S/N
Calle Los Viñedos
Prol. Ernesto Velit Mazuelos
Calle Chenin
Calle Santa Catalina
Calle Mosto
Prol. Ernesto Velit Mazuelos










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