martes, 7 de julio de 2026

Juzgado de Flagrancia de Ica dictó nueve meses de prisión preventiva contra investigado por presuntos delitos de violación sexual y violación de domicilio

 



 El Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de Ica, a cargo de la jueza Ángela Carolina García Vivanco, dictó nueve meses de prisión preventiva contra S. Flores P. (32), por el presunto delito contra la libertad, en la modalidad de violación sexual, así como por el presunto delito de violación de domicilio, en agravio de la ciudadana identificada con las iniciales R.H.

De acuerdo con la investigación, los hechos habrían ocurrido el 29 de junio de 2026, cuando el investigado habría ingresado sin autorización al domicilio de la agraviada, ubicado en la urbanización Las Casuarinas - Ica. Posterior-mente, habría ejercido violencia física y amenazas con un arma blanca, para finalmente obligarla, presuntamente, a mantener actos de connotación sexual contra su voluntad. Durante la intervención policial, además, el investigado habría reaccionado de manera violenta contra uno de los efectivos que participó en su detención.

Los hechos son materia de investigación por la presunta comisión del delito de viola-ción sexual, previsto en el artículo 170, incisos 1 y 3, del Código Penal, por el presunto uso de violencia y amenazas; así como por el presunto delito de violación de domicilio, tipificado en el artículo 159 del mismo cuerpo legal, debido al presunto ingreso no autorizado al inmueble de la agraviada, hechos que serán esclarecidos durante el proceso penal.

Cabe precisar además que, la medida de prisión preventiva tendrá una duración de nueve meses, computados desde el 29 de junio de 2026, fecha en que se produjo la detención del investigado, y se extenderá hasta el 28 de marzo de 2027, con-forme a lo resuelto por el juzgado.

Con esta decisión, el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de Ica reafirma su compromiso con una administra-ción de justicia célere, imparcial y respetuosa de las garantías procesales, adoptando las medidas coercitivas previstas por la ley cuando concurren los presupuestos legales, contribuyendo así a la protección de las víctimas y al fortalecimiento de la seguridad jurídica en la sociedad.

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