De no hacerlo, no participarán en las elecciones primarias
La Oficina
Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recuerda que el órgano electoral
central (OEC) de cada organización política, habilitada para participar en los
comicios generales del 2026, es responsable de comunicar, de manera digital y a
través del Registro de Elecciones Primarias (REP), las candidaturas definitivas
y los cargos a los que postulen en las elecciones primarias, como máximo hasta
el 7 de noviembre de 2025.
Así lo dispone el reglamento de las elecciones
primarias de las organizaciones políticas en el ámbito de las Elecciones
Generales 2026, aprobado mediante Resolución Jefatural n.° 000063-2025-JN/ONPE.
Allí se establece que en caso los órganos electorales
descentralizados se encuentren a cargo de la inscripción de las candidaturas en
sede partidaria, el responsable de comunicar ante la ONPE es el OEC, en el mismo
plazo mencionado, es decir, el 7 de noviembre de 2025. Asimismo, es
responsabilidad del OEC que las candidaturas en las elecciones primarias
cumplan los requisitos y no estén incursos en los impedimentos de ley.
Según el reglamento, las organizaciones políticas que
no declaren ante la ONPE en el plazo
establecido sus candidaturas definitivas y los cargos a los que postulen, no
participarán en las elecciones primarias.
Igualmente, dispone que las organizaciones políticas
determinan los requisitos, la forma de presentación de candidaturas ante el OEC
y el número de sus postulantes de acuerdo con su normativa interna y en cumplimiento
de las normas electorales. Las candidaturas podrán considerar candidatos conforme
a sus estatutos.
Además, establece que las personas candidatas en las
elecciones primarias deben haberse afiliado hasta el 12 de julio de 2024, en la
organización política por la que deseen postular y estar registrados en el
Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones,
conforme lo establece el segundo párrafo de la decimoctava disposición transitoria
de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Están sujetas a elecciones primarias las candidaturas a
los siguientes cargos: fórmula presidencial (presidente y dos
vicepresidentes), senadores por distrito único, senadores por distrito
múltiple, diputados por distrito múltiple y representantes ante el Parlamento
Andino.







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