El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio
de Flagrancia de Ica, a cargo del magistrado Jhiner Julián Najarro Laura, dictó
seis meses de prisión preventiva contra D. Yarma V. (23), por la presunta
comisión del delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos
libidinosos en agravio de menores, en perjuicio de la menor de 13 años.
La medida fue impuesta el 15 de octubre de 2024,
durante la audiencia de prisión preventiva, luego de que el magistrado escuchara
y evaluara los argumentos expuestos por el representante del Ministerio Público
y la defensa técnica del investigado, verificando el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el artículo 268 del Código Procesal Penal y la
jurisprudencia aplicable.
De acuerdo con
el requerimiento fiscal, el 11 de octubre de 2025, alrededor de las 18:00 horas,
el imputado habría realizado tocamientos indebidos a la menor mientras esta
atendía en la bodega de su domicilio. El investigado ingresó en varias
oportunidades como supuesto cliente y, aprovechando momentos en que la menor
abría la congeladora, la habría tocado sin su consentimiento. Asimismo, le
habría tomado las manos y entregado una nota con su número telefónico.
La menor comunicó los hechos a su madre, quien
formuló la denuncia correspondiente. La Policía Nacional del Perú solicitó la
geolocalización del número telefónico, logrando ubicar al presunto autor el 12
de octubre de 2025 en el pueblo joven “Señor de Luren”, donde fue intervenido
en flagrancia e identificado como D. Yarma V., incautándosele el celular
vinculado a los hechos.
Cabe precisar que la conducta imputada se encuentra prevista
y sancionada en el artículo 176-A del Código Penal, que reprime con pena
privativa de libertad no menor de nueve ni mayor de quince años.
Asimismo, la resolución judicial dispone el
internamiento inmediato del imputado en el establecimiento penitenciario que
designe el INPE, a fin de cumplir la medida impuesta, la cual vencerá el 11 de
abril de 2026.
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