Municipalidad Provincial de Pisco
DECRETO N°011-2025-MPP-ALC
Pisco, 04 de setiembre del 2025
VISTO:
El Informe N°0987-2025-MPP-OGAF-UP, de la Unidad de
Personal, comunica que el día 8 de setiembre se conmemora el Desembarco de Don
José de San Martín y la Expedición Libertadora, y que la Municipalidad
Provincial de Pisco tiene diferentes actividades programadas para ese día,
teniendo en cuenta que el personal tendrá que ser partícipe de las actividades;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en sus
artículos 197° y 199°, establece que las Municipalidades promueven apoyan y
reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su
ejecución, en forma anual y bajo responsabilidad;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972 los Decretos de Alcaldía,
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan
los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración
municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario;
Que, la Ley N°23586 Reconocen que el 8 de setiembre de
1820 fue el “Primer día de la Libertad del Perú”, donde se resuelve: Artículo
1°, Reconócese que el 8 de setiembre de 1820 fue el “Primer Día de la Libertad
del Perú”, según declaración expresa contenida en Decreto de igual fecha,
expedido “en el Cuartel General del Ejército Libertador del Perú, en Pisco”,
por el General José de San Martín. Artículo 2°, Declárase que la Provincia de
Pisco, Departamento de Ica, es “Cuna de la Primera Bandera Nacional” en
recuerdo del Decreto de 21 de octubre de 1820, expedido en el Puerto del mismo
nombre, por el Libertador General José de San Martin. Artículo 3°, Declárase
Días Cívicos laborables los días 8 de Setiembre y 21 de octubre de cada año, en
recuerdo de los hechos históricos citados en los artículos anteriores. Artículo
4°, Declárase Día Cívico no laborable en la Provincia de Pisco el 8 de
setiembre de cada año, Día de Pisco;
Que, el Informe N°0987-2025-MPP-OGAF-UP, de fecha 03 de
setiembre de 2025, la Unidad de Personal informa que, debido a las
celebraciones por el día 8 de setiembre
donde conmemoramos el Desembarco de Don José de San Martín y la Expedición
Libertadora, y que la Municipalidad Provincial de Pisco tiene diferentes
actividades programadas para ese día, teniendo en cuenta que el personal tendrá
que ser partícipe de las actividades, solicitamos que para el día martes 09 de
setiembre del presente año, se declare día no laborable en compensación a las
horas que los servidores municipales han dedicado en este día. Esto en mérito a
la Ley N° 23586, que reconocen que el 8 de setiembre de 1820 fue el “Primer día
de la Libertad del Perú”;
Que, el Informe Legal N°2139-2025-MPP/OGAJ de fecha 03
de setiembre de 2025, concluye que resulta procedente que se declare como día
no laborable, el martes 09 de setiembre de 2025, en compensación a las horas
que los servidores municipales participaran en las diferentes actividades
programadas el día 08 de setiembre de 2025;
De conformidad a las facultades conferidas por la Ley
N°27972, Ley de Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, DÍA NO LABORABLE a nivel de
la Municipalidad Provincial de Pisco, el día martes 09 de setiembre del
presente año, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente
Decreto de Alcaldía, para quienes participaran de las actividades programadas
por la Municipalidad Provincial de Pisco.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGUÉSE que la Unidad de Personal,
tome las acciones correspondientes para el cumplimiento del presente Decreto.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Secretaria
General la notificación de la presente norma a cada una de las Gerencias y
Subgerencias que correspondan, y a la Unidad de Sistemas para la publicación en
el portal institucional (www.munipisco.gob.pe)
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
PEDRO
EDGAR FUENTES HERNANDEZ
ALCALDE






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