La medida cautelar tiene como fin asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal
En audiencia virtual, el magistrado del Tercer
Juzgado de Investigación Preparatoria de Chincha, Elvert Alfredo Matías Pachas,
dictó quince meses de prisión preventiva contra E. Tapia F., a quien se le
atribuye la presunta comisión de los delitos de agresiones en contra de la
mujer, lesiones graves por violencia contra los integrantes del grupo familiar
y secuestro, en agravio de las menores de 16 años y 2 años.
La citada medida cautelar fue dictada el 23 de abril del 2025, en
audiencia de prisión preventiva, luego que el magistrado escuchara y evaluara
los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa
técnica del procesado, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión
preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, Casación
N°626-2013-Moquegua y Acuerdo Plenario Nº01-2019-CIJ-PJ.
De acuerdo al requerimiento del Ministerio Público, se atribuye al
imputado H. Tapia F., conviviente de la agraviada de 16 años, haber incurrido
en los instruidos, toda vez que, con fecha 19 de abril, al promediar las 21.00
horas, al llegar a su domicilio y preguntarle a su conviviente por qué no le
contestaba los mensajes WhatsApp y de Facebook, procedió a insultarle con palabras
soeces, para posteriormente y de manera reiterada agredirle en diferentes
partes del cuerpo, llegando en una oportunidad a golpearle con un fierro en la
pantorrilla.
Luego, el imputado se dirigió hacia el ambiente donde se encontraba
descansando la menor hija de su conviviente, llegando a escuchar esta que, movían
la cuna de la menor 2 años, así como lapos y golpes, para luego el agresor
retirarse raudamente del domicilio echando llave a la puerta de ingreso. Al día
siguiente, la agraviada pudo llevar a su hija al Hospital San José de Chincha,
realizando la denuncia correspondiente, lográndose la captura del imputado por
inmediaciones del campo deportivo del distrito de Sunampe–Chincha.
Cabe precisar que, la conducta atribuida al procesado, agresiones en
contra de la mujer, se encuentra prevista y sancionada en el artículo 122-B,
primer párrafo del Código Penal.
La citada resolución, también dispone el inmediato internamiento del
imputado H. Tapia F. en el Establecimiento Penal que el INPE designe, a fin de
cumplir la medida impuesta, la misma que vencerá el 19 de julio del 2026.
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