MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ORDENANZA N°
010-2025-MPCH
Chincha, 28 de
febrero de 2025
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo
Provincial de Chincha, en sesión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2025;
VISTOS;
El Informe N° 508-2025-SGTSV/MPCH de fecha 24 de
febrero de 2025 de la Sub-Gerencia de Transporte y Seguridad Vial; el Informe N° 1129-2025-GPP/MPCH de fecha 26
de febrero de 2025 de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial; el Informe
Legal N° 821-2025-GAJ/MPCH de fecha 26 de febrero de 2025 de la Gerencia de
Asesoría Jurídica; el Informe N° 0037-2025-GM/MPCH de fecha 26 de febrero de 2025 de la Gerencia Municipal y el proveído
del despacho de Alcaldía de fecha 26 de febrero de 2025 quien remite el
expediente sobre propuesta de modificación de Ordenanza N° 014-2018-MPCH, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo
194º de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de
la Ley N° 30305 señala que las Municipalidades son gobiernos locales con
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; lo que concuerda con el artículo II del Título Preliminar de la
Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el numeral
3) del artículo 9º de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de
organización interna y el funcionamiento del gobierno local. Esta facultad está
alineada con lo dispuesto en el artículo 40º de la misma ley, que señala que
las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en el ámbito
de sus competencias, constituyen las normas de mayor jerarquía dentro de la
estructura normativa municipal. Ordenanza que conforme a lo previsto en el
artículo 200, inciso 4) de la Constitución Política del Perú ostentan rango
normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor
jerarquía dentro de la estructura normativa municipal.
Que, el Artículo
9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a atribuciones
del concejo municipal, señala, Corresponde al concejo municipal (…) 8. Aprobar,
modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, mediante
Ordenanza N° 014-2018-MPCH de fecha 18
de junio de 2018 se modificó y amplió los alcances de la ordenanza N°
032-2013-MPCH y se aprobó el Reglamento de la Ordenanza que APRUEBA EL
ORDENAMIENTO VEHICULAR Y ERRADICACIÓN DEL COMERCIO AMBULATORIO Y ESTACIONARIO
en la cual se considera en su Artículo 6°, lo siguiente: “ Se establece el
Horario de Carga y Descarga de productos y/o mercaderías en la Av. Oscar R.
Benavides, la misma que s será a partir de las 22:00 horas hasta las 06:00 a.m
del siguiente día, de lunes a domingos, incluyéndose los feriados.
Exceptuándose de las restricciones a los vehículos de servicio municipal de
recolección de residuos sólidos”
Que, mediante
informe N° 508-2025-SGTSV/MPCH la Sub-Gerencia de Transportes y Seguridad Vial
solicita se incorpore a la ordenanza N° 014-2018-MCH de fecha 18 de junio de
2018, en su artículo 6 del Capítulo II (De las disposiciones) y propone debe
quedar redactado el artículo 6 de la siguiente manera:
artículo 6.- Se
establece el Horario de Carga y Descarga de productos y/o mercaderías en la Av.
Oscar R. Benavides, la misma que s será a partir de las 22:00 horas hasta las
06:00 a.m. del siguiente día, de lunes a domingos, incluyéndose los feriados.
Exceptuándose de las restricciones a los vehículos de servicio municipal de
recolección de residuos sólidos” incorporándose, asimismo se establece que el
horario de carga y descarga en la Calle Andrés Rázuri, en toda su extensión
desde la Av. Oscar R. Benavidez hasta la Calle pedro Moreno, la misma será
desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a
domingos, incluyéndose los días feriados, emitiéndose el Informe N° 1129-2025-GAT(MPCH de la gerencia de Acondicionamiento
Territorial de la Entidad;
Que, mediante
Informe Legal N° 0822-2025-GAJ/MPCH la Gerencia de Asesoría Jurídica emite
opinión teniendo en cuenta el Informe de la Sub-Gerencia de Transportes y
Seguridad Vial de conformidad con la Ley
N° 27972 se derive al Pleno del Concejo Municipal para que considere
aprobar modificar la Ordenanza e incorporándose al artículo 6° lo siguiente
“asimismo se establece que el horario de carga y descarga en la Calle Andrés
Rázuri, en toda su extensión desde la Av. Oscar R. Benavidez hasta la Calle
pedro Moreno, la misma será desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día
siguiente, de lunes a domingos, incluyéndose los días feriados.
Estando a lo
expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9°,
artículo 39 y el artículo 40 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, con el voto unánime del Concejo Municipal, con la dispensa de
la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente;
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N°
014-2018-MPCH EN SU ARTICULO 6, CON LA INCORPORACIÓN DE HORARIO DE CARGA Y
DESCARGA EN LA CALLE ANDRÉS RÁZURI, CHINCH ALTA.
Artículo
Primero. - MODIFICAR la Ordenanza N° 014-2018-MPCH de fecha 18 de junio de
2018, con la incorporación que se indica en el texto del Artículo 6, quedando
redactado de la siguiente manera:
“Artículo 6.- Se
establece el horario de carga y descarga de productos y/o mercadería en la AV.
OSCAR R. BENAVIDES, será a partir de las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del
día siguiente, de lunes a domingos; incluyéndose los feriados.
Asimismo, se
establece que el horario de carga y descarga de productos y/o mercadería en la
CALLE ANDRÉS RAZURI, en toda su extensión desde la Av. Oscar R. Benavides hasta
la Calle Pedro Moreno, la misma SERÁ DESDE LAS 22:00 HORAS DEL DÍA HASTA LAS
04:00 HORAS DEL DIA SIGUIENTE, de lunes a domingo, incluyéndose los feriados,
conforme al Plano que en anexo se adjunta y es parte integrante de la presente
Ordenanza.
Exceptuándose de
las restricciones a los vehículos de servicio municipal de recolección de
residuos sólidos, conforme al Plano que se adjunta y forma parte de la presente
ordenanza”.
Artículo
Segundo. - HACER de conocimiento la
presente Ordenanza a la Comisaría Sectorial de Chincha Alta, así como a la
Policía asignada al Control de Tránsito de la PNP, para los fines pertinentes;
de igual manera, se haga de conocimiento a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y a a SubGerencia de Transportes y Seguridad Vía y a la
SubGerencia de Policía Municipal y Serenazgo de la Entidad.
Artículo
Tercero. - PUBLICAR la presente ordenanza en el diario de circulación local ¨y,
la ordenanza con su respectivo anexo en el portal institucional de la
Municipalidad Provincial de Chincha https://www.munichincha.gob.pe, conforme a
ley.
Regístrese,
publíquese y cúmplase.
ING. CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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