jueves, 6 de marzo de 2025

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - ORDENANZA N° 010-2025-MPCH

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

ORDENANZA N° 010-2025-MPCH

Chincha, 28 de febrero de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA 

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Chincha, en sesión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2025;

VISTOS; 

El  Informe N° 508-2025-SGTSV/MPCH de fecha 24 de febrero de 2025 de la Sub-Gerencia de Transporte y Seguridad Vial;  el Informe N° 1129-2025-GPP/MPCH de fecha 26 de febrero de 2025 de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial; el Informe Legal N° 821-2025-GAJ/MPCH de fecha 26 de febrero de 2025 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0037-2025-GM/MPCH  de fecha 26 de febrero de  2025 de la Gerencia Municipal y el proveído del despacho de Alcaldía de fecha 26 de febrero de 2025 quien remite el expediente sobre propuesta de modificación de Ordenanza N° 014-2018-MPCH, y;

   CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley N° 30305 señala que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que concuerda con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el numeral 3) del artículo 9º de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interna y el funcionamiento del gobierno local. Esta facultad está alineada con lo dispuesto en el artículo 40º de la misma ley, que señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en el ámbito de sus competencias, constituyen las normas de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal. Ordenanza que conforme a lo previsto en el artículo 200, inciso 4) de la Constitución Política del Perú ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal.

Que, el Artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a atribuciones del concejo municipal, señala, Corresponde al concejo municipal (…) 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.

Que, mediante Ordenanza N° 014-2018-MPCH  de fecha 18 de junio de 2018 se modificó y amplió los alcances de la ordenanza N° 032-2013-MPCH y se aprobó el Reglamento de la Ordenanza que APRUEBA EL ORDENAMIENTO VEHICULAR Y ERRADICACIÓN DEL COMERCIO AMBULATORIO Y ESTACIONARIO en la cual se considera en su Artículo 6°, lo siguiente: “ Se establece el Horario de Carga y Descarga de productos y/o mercaderías en la Av. Oscar R. Benavides, la misma que s será a partir de las 22:00 horas hasta las 06:00 a.m del siguiente día, de lunes a domingos, incluyéndose los feriados. Exceptuándose de las restricciones a los vehículos de servicio municipal de recolección de residuos sólidos”

Que, mediante informe N° 508-2025-SGTSV/MPCH la Sub-Gerencia de Transportes y Seguridad Vial solicita se incorpore a la ordenanza N° 014-2018-MCH de fecha 18 de junio de 2018, en su artículo 6 del Capítulo II (De las disposiciones) y propone debe quedar redactado el artículo 6 de la siguiente manera:

artículo 6.- Se establece el Horario de Carga y Descarga de productos y/o mercaderías en la Av. Oscar R. Benavides, la misma que s será a partir de las 22:00 horas hasta las 06:00 a.m. del siguiente día, de lunes a domingos, incluyéndose los feriados. Exceptuándose de las restricciones a los vehículos de servicio municipal de recolección de residuos sólidos” incorporándose, asimismo se establece que el horario de carga y descarga en la Calle Andrés Rázuri, en toda su extensión desde la Av. Oscar R. Benavidez hasta la Calle pedro Moreno, la misma será desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingos, incluyéndose los días feriados, emitiéndose el Informe N° 1129-2025-GAT(MPCH  de la gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Entidad;

Que, mediante Informe Legal N° 0822-2025-GAJ/MPCH la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión teniendo en cuenta el Informe de la Sub-Gerencia de Transportes y Seguridad Vial de conformidad con la Ley  N° 27972 se derive al Pleno del Concejo Municipal para que considere aprobar modificar la Ordenanza e incorporándose al artículo 6° lo siguiente “asimismo se establece que el horario de carga y descarga en la Calle Andrés Rázuri, en toda su extensión desde la Av. Oscar R. Benavidez hasta la Calle pedro Moreno, la misma será desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingos, incluyéndose los días feriados. 

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9°, artículo 39 y el artículo 40 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente;

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 014-2018-MPCH EN SU ARTICULO 6, CON LA INCORPORACIÓN DE HORARIO DE CARGA Y DESCARGA EN LA CALLE ANDRÉS RÁZURI, CHINCH ALTA.

Artículo Primero. - MODIFICAR la Ordenanza N° 014-2018-MPCH de fecha 18 de junio de 2018, con la incorporación que se indica en el texto del Artículo 6, quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 6.- Se establece el horario de carga y descarga de productos y/o mercadería en la AV. OSCAR R. BENAVIDES, será a partir de las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, de lunes a domingos; incluyéndose los feriados.

Asimismo, se establece que el horario de carga y descarga de productos y/o mercadería en la CALLE ANDRÉS RAZURI, en toda su extensión desde la Av. Oscar R. Benavides hasta la Calle Pedro Moreno, la misma SERÁ DESDE LAS 22:00 HORAS DEL DÍA HASTA LAS 04:00 HORAS DEL DIA SIGUIENTE, de lunes a domingo, incluyéndose los feriados, conforme al Plano que en anexo se adjunta y es parte integrante de la presente Ordenanza.

Exceptuándose de las restricciones a los vehículos de servicio municipal de recolección de residuos sólidos, conforme al Plano que se adjunta y forma parte de la presente ordenanza”.

Artículo Segundo. - HACER   de conocimiento la presente Ordenanza a la Comisaría Sectorial de Chincha Alta, así como a la Policía asignada al Control de Tránsito de la PNP, para los fines pertinentes; de igual manera, se haga de conocimiento a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y a a SubGerencia de Transportes y Seguridad Vía y a la SubGerencia de Policía Municipal y Serenazgo de la Entidad. 

Artículo Tercero. - PUBLICAR la presente ordenanza en el diario de circulación local ¨y, la ordenanza con su respectivo anexo en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha https://www.munichincha.gob.pe, conforme a ley.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ING. CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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