Confirma sentencia por el delito de violencia y resistencia a la autoridad en su forma agravada y otro
En audiencia pública de apelación de
sentencia, la Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco, confirmó la sentencia
que, falló condenando a César A. Pachas B., por los delitos de conducción de vehículo
en estado de ebriedad y violencia y resistencia a la autoridad para obligarle a
algo –en su forma agravada-, en agravio del Estado y del occiso Leonardo Daniel
Saravia Saravia, imponiéndosele –por concurso real de delitos- la pena de
trece años y cuatro meses de pena privativa de libertad efectiva.
Así, el Superior
Colegiado conformado por los señores magistrados Tito Guido Gallegos Gallegos
(presidente), Tony Rolando Changaray Segura y José Alfredo Sedano Núñez,
desestimaron el recurso de apelación presentada por la defensa legal del
sentenciado, que pretendía revocar la sentencia emitida por el Juzgado Penal
Colegiado Supraprovincial Zona Norte – Chincha.
El Colegiado,
con las pruebas aportadas establecieron que en el proceso N° 00366-2023-19-1408-JR-PE-01,
la culpabilidad del sentenciado, toda vez que con fecha, 31 de marzo de 2023 a
las 04:40 a.m. fue intervenido por el agraviado Leonardo Saravia Saravia,
personal de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, por conducir
en estado de ebriedad y haber colisionado con el vehículo del Serenazgo de
dicha comuna.
Es en esas
circunstancias, y con el fin de no ser intervenido por la Policía Nacional, pretendió
darse a la fuga, realizando maniobras temerarias, no permitidas por el
reglamento de tránsito (giro en U) y fue allí donde causo la muerte del
agraviado Leonardo Daniel Saravia Saravia, quien se encontraba colgado en la
puerta lateral del piloto, impidiendo que avanzara el vehículo del encausado.
Aporta esta
decisión, la declaración testimonial de un personal de serenazgo y testigo
presencial de los hechos, el Informe del Perito de Accidentes de Tránsito N°. 04-2023-COMASGEN-PNP/FP-ICA/DIVPOL-CHINCHA-DUE/UPIAT-PNP-PNP/UIA, el acta de
visualización de video de los hechos materia de investigación y el Protocolo de
Necropsia N°. 22-2023.
Cabe indicar
que, los delitos instruidos como conducción en estado de ebriedad, se encuentran
previsto y sancionado en el artículo 274 primer párrafo del Código Penal y el
delito de violencia y resistencia a la autoridad en su forma agravada, en el
último párrafo del 367° concordante con el artículo 365 del Código Penal.
Asimismo, el
veredicto fija por concepto de reparación civil por el delito de conducción en
estado de ebriedad, la suma de S/ 1,485 soles a favor Ministerio de Transporte
y comunicaciones, por el delito de violación y resistencia a la autoridad la
suma de S/ 5,000 soles a favor de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado y la suma de S/ 100,000 soles a favor
de los herederos legales de quien en vida fue Leonardo Daniel Saravia Saravia.
Asimismo,
dispusieron la inmediata ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento
Penitenciario que designe el Instituto Nacional Penitenciario del sentenciado.
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