lunes, 24 de febrero de 2025

Municipalidad Distrital Grocio Prado - ACUERDO DE CONCEJO N°075-2024-MDGP-CM

Municipalidad Distrital Grocio Prado

ACUERDO DE CONCEJO N°075-2024-MDGP-CM

                                                        Grocio Prado, 31 de diciembre de 2024.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 19 de diciembre de 2024; Informe N°158-2024-MFGR/UPUC-MDGP, emitido por el Sub Gerente de Desarrollo Urbano, contiene Informe técnico N° 009300-2024-ZR.N° XI-SESE-ICA/UREG/CAT, sobre búsqueda catastral en el registro de propiedad inmuebles-Registros de predios de la SUNARP; Opinión Legal N°232-2024-MDGP/SGAJ, de fecha 18 de diciembre de 2024; Memorándum N°6869-2024-MDGP/GM, de fecha 19 de diciembre de 2024, solicita agendar a sesión de concejo, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo prescrito en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº27680, Nº28607 y Nº30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico en vigor;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

 Que, el artículo 58° de la Ley N°27972-Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a la inscripción de bienes municipales en el Registro de Propiedad, señala que “Los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente;

Que, mediante Informe N°158-2024-MFGR/UPUC-MDGP, emitido por el Sub Gerente de Desarrollo Urbano, en su opinión técnica manifiesta que se está realizando el saneamiento físico legal del campo deportivo municipal (Sector Progreso) con un área de UN MIL CUARENTICUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1,044.60 M2), ubicado en jirón Progreso S/n, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, y conforme al Informe técnico N° 009300-2024-ZR.N° XI-SESE-ICA/UREG/CAT, sobre búsqueda catastral en el registro de propiedad inmuebles-Registros de predios de la SUNARP, se concluye que graficado el predio en consulta con las coordenadas proporcionadas y confrontando con la base gráfica, se aprecia que se encuentra en una zona donde no se tiene información gráfica, por lo que no es posible determinar si existe predio inscrito o no en la zona de estudio;

Que, mediante Opinión Legal N°232-2024-MDGP/SGAJ, de fecha 18 de diciembre de 2024, expedido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, opina viable continuar con el trámite para el saneamiento físico legal a favor de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, del campo deportivo municipal (sector Progreso).

Que, en sesión de Concejo Municipal Ordinario, de fecha 19 de diciembre de 2024, se puso a consideración del pleno, los documentos técnicos y legales que sustentan el pedido de saneamiento físico legal del campo deportivo municipal (Sector Progreso) con un área de UN MIL CUARENTICUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1,044.60 M2), ubicado en jirón. Progreso S/n, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica; y sometido al voto, el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la autorización, para que continúen los trámites de saneamiento físico legal, del campo deportivo municipal (Sector Progreso) con un área de 1,044.60 m2, ubicado en jirón Progreso S/n, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica;

Que, estando a las consideraciones antes expuestas y en virtud a las facultades conferidas en el artículo 39º y 41º de la Ley N°27972 — Ley Orgánica de Municipalidades, en VOTACIÓN POR UNANIMIDAD, en el pleno del Concejo Municipal.

ACUERDAN:

ARTÍCULO PRIMERO. –AUTORIZAR al señor Víctor Hugo Pachas Morán, alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, en el marco de sus competencias, atribuciones y funciones, a realizar los trámites de saneamiento físico legal del campo deportivo municipal (Sector Progreso) con un área de UN MIL CUARENTICUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1,044.60 M2), ubicado en jirón Progreso S/n, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica.

ARTÍCULO SEGUNDO. -NOTIFICAR el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y demás unidades orgánicas a realizar las acciones correspondientes, para el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo

ARTÍCULO TERCERO. - PUBLICAR, el presente acuerdo en la página institucional de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

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