Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

jueves, 4 de julio de 2024

Personal de Limpieza pública de la MPCH recibió uniformes

Inauguración de Lavadero Municipal

Trabajadores del área de limpieza pública de la Municipalidad Provincial de Chincha, recibieron uniformes para la temporada de invierno.

Entrega que se hizo con el fin de brindar al personal, que labora desde tempranas horas, la indumentaria y el equipo adecuado para desempeñar su trabajo de manera efectiva y segura.

El alcalde, Ing. César Carranza Falla, reconoció la labor de cada uno de ellos, y les agradeció por mantener la provincia limpia, a pesar de la falta de consideración de los vecinos que no valoran el trabajo del personal de limpieza y continúan dejando sus residuos sólidos regados en las veredas, hasta que pasen los señores de limpieza y recojan todo para que se vea limpio por unas horas, hasta que nuevamente dejen más basura.

Parece que la población en su mayoría, ya está acostumbrada a vivir con calles sucias.

En esta misma reunión con los trabajadores de esta importante área de la comuna, el Ing. Carranza acompañado de la regidora señora Elena Carbo de Modonesi, inauguraron el Lavadero Municipal con el fin de que las maquinarias de la comuna se mantengan limpias para su adecuado uso.



Por el Día Internacional Libre de Bolsas de Plástico

En San Andrés se realizó actividad de concientización del uso adecuado de bolsas 

La Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato Público de la Municipalidad Distrital de San Andrés, realizó un  taller de sensibilización dirigido a  restaurantes del distrito por el Día Internacional Libre de Bolsas de Plástico.

Informando a cada local, lo necesario que es regular el uso adecuado de estos materiales para poder contribuir al cuidado del medio ambiente y playas del distrito.

Sexagenaria es atropellada por mototaxista en Pueblo Nuevo

La imprudencia y el no acatamiento a las normas de tránsito no tienen límites en la provincia de Chincha.

Esta vez la víctima es la señora Carmela Carrasco (60), quien a esa hora del violento atropello sucedido en la intersección del jirón Santa Rosa con la Av. Benavides en Pueblo Nuevo (cerca de la Plaza de Armas), ella intentó cruzar la vía, pero repentinamente apareció una mototaxi con placa de rodaje 2971-WB, conducido por Josue Aburto quien, por motivo  que se investiga, la impactó con su vehículo menor quedando la señora tendida en el pavimento.

Personal de serenazgo del distrito que visualizó al instante el accidente de tránsito, acudió inmediatamente al lugar para socorrer a la mujer afectada que resultó visiblemente con lesiones de consideración, para luego trasladarla al Hospital San José de Chincha donde quedó hospitalizada para su tratamiento médico.

INDECI recomienda medidas de preparación ante continuidad de oleaje de ligera a moderada intensidad

Fenómeno se presentaría hasta el 9 de julio: DIHIDRONAV

El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) recomienda medidas de preparación ante el Aviso Especial N.º 44 elaborado por la Dirección de Hidrografía y Navegación (DIHIDRONAV) de la Marina de Guerra del Perú, en el que se informa sobre la continuidad de oleaje de ligera a moderada intensidad hasta el martes 9 de julio en todo el litoral.

De acuerdo al aviso, en el norte este fenómeno persistiría hasta esa fecha, lo mismo que en el centro, entre Salaverry y Callao, mientras que desde el primer puerto a San Juan incrementaría a moderado desde  la mañana del sábado 6, disminuyendo a ligero en la tarde del domingo 7 de julio. Esta misma condición se presentaría en el litoral sur.

Ante esta situación, el INDECI exhorta a las autoridades regionales y locales orientar a la población en cuanto a medidas de protección específicas, evitando exponerse a este fenómeno para prevenir accidentes y/o daños personales y materiales. Del mismo modo, se recomienda suspender las actividades portuarias y de pesca, así como asegurar las embarcaciones y/o retirar las flotas pequeñas hacia tierra firme.

Ministerio Público logra confirmatoria de cadena perpetua por el delito de violación sexual de menor

La Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Chincha con sede en Ica, a cargo del fiscal adjunto superior penal Dieter Sayritupac Centeno, procedió con la sustentación y defensa de la teoría del caso el 01 de julio de 2024  logrando la confirmatoria de condena a cadena perpetua de Yan Lama Torres, tras hallarlo responsable del delito de violación sexual de una menor de 11 años de edad.

Los hechos acontecieron en la Av. Prolongación Grau del distrito de Parcona, cuando la menor agraviada fue tomada por la fuerza al interior del cuarto del sentenciado, quien era su vecino, para posteriormente consumar el delito, hecho que se produjo en reiteradas ocasiones; la transgresión fue contada por la menor a una amiga del colegio quien a su vez contó a su padre y éste a la directora de la Institución Educativa, quien decide hacer la denuncia de los hechos  ante el Ministerio Público representado por el fiscal adjunto provincial de Parcona William Conza Rojas, quien inició con los actos urgentes de investigación logrando recopilar el material probatorio con el cual se acreditó a la postre la responsabilidad penal del autor.

Esta confirmatoria de sentencia ratifica el compromiso del Ministerio Público con la sociedad a quien representa, también cabe recalcar que el artículo 173 del código penal peruano sanciona con la pena de cadena perpetua el delito de violación sexual en menores 14 años de edad.

PUNTOS DEPORTIVOS

Copa Perú – Etapa Provincial 2da Fase Eliminatoria

“Armando García Lobaton  “Hermes T Carrizales Zambrano”

Asistencia a los Estadios 2da fecha Domingo 30 de junio

Grupo Nº 01 estadio Santiago de Almagro Chincha Baja

1:00 pm Juan XXIII (1) vs. San Valentín 0, en la reunión lunes de la Liga Provincial, el delegado del club San Valentín dio a conocer que el árbitro central le anula 02 goles que no fueron posición adelantada primero autogol segundo el jugador estaba habilitado.

3:00 pm Asoc. Cultural 0 vs. Hoja Redonda 0 el partido se desarrolló en forma normal sin incidencia con la asistencia de 681 espectadores

Grupo Nº 2 Estadio Municipal de Grocio Prado

1:00 pm Deportivo Cányar 1 vs. Cruz del Rosario (1) sin novedad

3:00 pm Club Santa Rita 0 vs. Club Juv. Balconcito 1

En su informe del árbitro central Andy Lobo expulsa al DT de Santa Rita Edgar Quiroz por invasión de campo, y reclamando con insultos a mi persona e igual manera a su asistente técnico CT que me atrojó una botella. Este caso pasa a la Comisión de Justicia de la Liga Provincial, asistencia 1420 espectadores

Tabla de posiciones Grupo Nº 01 Asoc. Cultural (campeón Grocio Prado) (4 ptos)

2do Juan XXIII (campeón Chincha Baja) (3 ptos)

3ro Hoja Redonda (subcampeón El Carmen) 1er mejor segundo 2 ptos

4to San Valentín (campeón Chavín) 1pto

Grupo Nº 02 1ero Juventud Balconcito (campeón Chincha Alta) segundo mejor 4 ptos

2do Dep. Cányar (subcampeón Chincha Baja) – 3ero Cruz del Rosario (subcampeón Chavín) 2 ptos cada uno 4to Santa Rita (subcampeón Grocio Prado) 1pto

3ra fecha final domingo 7 de julio 2 grupos

Grupo Nº 1 Estadio Santiago de Almagro – Chincha Baja

1:00 pm Grupo A Juan XXIII (campeón Chincha Baja) vs. Grupo D Hoja Redonda (subcampeón El Carmen) primer mejor segundo

3:00 pm Grupo C Asoc. Cultural (campeón Grocio Prado) vs. Grupo E San Valentín (campeón Chavín)

Grupo Nº 02 Estadio Municipal de Grocio Prado

1:00 pm Grupo D Dep. Santa Rita (subcampeón Grocio Prado) vs. Grupo F Cruz del Rosario (subcampeón Chavín)

3:00 pm Grupo B Dep. Canyar (subcampeón Chincha Baja) vs. Grupo F Juv. Balconcito (campeón Chincha Alta) 2do mejor ubicado

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Ciclista impacta contra camioneta estacionada en vía

 

Este caso sucedió por inmediaciones de la Av. 13 de Octubre en Pueblo Nuevo, cuando un estudiante de 14 años circulaba a bordo de su bicicleta, e  impactó  de manera imprevista contra la camioneta V5F913, conducido por A. Lévano L., quien se había estacionado bruscamente delante del ciclista, por el cambio de luz del semáforo a rojo, ubicado en la esquina de la referida vía.

Tras la fuerte colisión, el adolescente agraviado José A., cayó violentamente al pavimento, resultando con severas lesiones en el cuerpo, por lo que el chofer Lévano procedió a trasladarlo a una clínica particular establecida en la provincia.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA - DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2024-MDTM

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA

DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2024-MDTM

Tambo de Mora, 26 de junio del 2024

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA – PROVINCIA DE CHINCHA – REGION DE ICA:

VISTOS:

El Informe N°98-2024-SGDH/MDTM emitido por la Sub Gerencia De Desarrollo Humano y, el Informe N° 87-2024-SGAJ/MDTM emitido por la Sub Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Informe N° 018 –2024- GM/MDTM emitido por la Gerencia Municipal y, las instrumentales públicas;

CONSIDERANDO:

Que, estando a lo establecido por el artículo 194  de la constitución Política del Perú, modificado por la Ley de reforma constitucional Nro. 30305  en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nro. 27972 “-Ley Orgánica de Municipalidades “ , las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia y,  que dicha Autonomía radica en ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y,  de Administración, con Sujeción al Ordenamiento Jurídico;

Que, el articulo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.” Asimismo el numeral 6) de su artículo 20°, señala como una de las atribuciones que tiene el alcalde la de: “Dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y Ordenanza.”, en tanto, el artículo 42 establece que: “ Los Decreto de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración Municipal y resuelve o regula asuntos de Orden General y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del consejo municipal.”;

Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el 203 Aniversario de Proclamación de la Independencia del Perú; motivo por el cual se debe reforzar y promover la conciencia cívica mediante la participación conjunta de vecinos, comercios, instituciones públicas y privadas, generando el respeto hacia nuestros símbolos patrios, por lo que corresponde disponer el Embanderamiento General en todo el Distrito de Tambo de Mora, durante el presente mes de julio, a fin de destacar las festividades con motivo de celebrarse las Fiestas Patrias al conmemorar el Bicentésimo Segundo Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;

Estando a lo expuesto, y en el uso de las facultades conferidas al Alcalde por el artículo 6°, el numeral 6) del artículo 20 y el artículo 42° de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

ARTICULO PRIMERO. – DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL de carácter obligatorio en las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Tambo de Mora, la misma que entra en vigencia a partir del día 01 hasta el 31 de julio del 2024, con motivo de conmemorarse el 203 Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.

ARTICULO SEGUNDO. – RECOMENDAR que los pabellones nacionales y banderas a instalarse en las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y además predios del Distrito de Tambo de Mora, deberán estar en buen estado de conservación, como símbolo de respeto al emblema patrio.

ARTICULO TERCERO. – ENCARGAR la difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente, Salud y Servicios Municipales de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.

ARTICULO CUARTO. – ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario “La Verdad Del Pueblo”, a la Oficina de Tecnología de la Información y a la Oficina de Imagen Institucional la publicación del mismo en el portal de transparencia y otras páginas institucionales de la municipalidad distrital de Tambo de Mora.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

ANA MELVA RAMIREZ VELASQUEZ

ALCALDESA

AVISO A LA OPINIÓN PÚBLICA

A la opinión pública:

Se comunica que desde el 21/06/2024, GILDARDO GUSTAVO DE LA CRUZ CARBAJAL identificado con DNI: 42052018, ha renunciado a DELTOM SAC., en consecuencia, no tiene vinculación alguna ni representa a las empresas del Grupo ARIFE EIRL, ni a los productos que estas comercializan.

Choferes adictos al licor fueron detenidos por la policía

 

A fin de prevenir casos graves por accidentes de tránsito, personal policial de la provincia de Chincha, comandado por el coronel PNP Daniel Enrique Elías Soto, viene interviniendo constantemente a choferes irresponsables que conducen sus vehículos con visibles síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas, sin importarles aparentemente lo que les pueda devenir más adelante.

Es así que en la calle Industrial en Tambo de Mora, la policía del distrito intervino y  detuvo a Jair García (28), con-ductor del automóvil C7T-098.

En Sunampe también fue detenido William Fajardo (43), chofer del automóvil Toyota BGN-146, y en la carretera al distrito de Alto Larán igualmente fue intervenido el motociclista Pedro Flores (20) chofer del vehículo menor marca Honda, con matrícula 9399-VA.

Los referidos malos conductores quedaron detenidos en las respectivas comisarías de la provincia.  

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES - ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2024-MDSA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2024-MDSA

San Andrés, 03 de Junio del 2024

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ANDRES

POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de San Andrés, en Sesión  Ordinaria de fecha 31 de Mayo del 2024, y;

VISTO: El Memorando Nº 023-2024-GDES/MDSA-REAF.G de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, el INFORME n° 972-2024-GDES/MDSA-REAF.G, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, el INFORME Nº 0395-2024-MDSA/SGDES, de la Subgerencia de Desarrollo Social, el INFORME N° 0348-2024-MDSA/GAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 196-2024-GM-MDSA de la Gerencia Municipal, sobre propuesta de Ordenanza Municipal que Declara como Prioridad Pública en el Distrito de San Andres, el Desarrollo Infantil Temprano y Aprueban la Estrategia de Gestión Territorial “PRIMERO LA INFANCIA”, y;

CONSIDERANDO:

Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la constitución Política del Perú modificado por la Ley N° 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órgano de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, que Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según los Artículos II y XI del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, las Municipalidades como órganos de gobierno local, gozan de autonomía económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, y el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen políticas públicas a nivel local, teniendo en cuenta las competencias establecidas por municipalidades provinciales y distritales;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer” en la que se señala en su artículo 2º que: Cada entidad pública involucrada en la Implementación de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, dentro del ámbito de su competencias, adoptará las medidas necesarias para su ejecución y cumplimiento, correspondiendo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el seguimiento de los resultados alcanzados;

Que, mediante Decreto Supremo N°. 008-2016-MIDIS, aprueban el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) que orienta los mecanismos de coordinación y articulación para el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales;

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2016-MIDIS, se aprueba los lineamientos “Primero la Infancia”, en el marco de la Política de Desarrollo e Inclusión Social, para la Gestión Articulada intersectorial e intergubernamental orientada a Promover el Desarrollo Infantil Temprano, denominados “Primero la Infancia”;

Que, mediante Resolución Ministerial N°. 249-2017-MINSA, se aprueba el “Plan Nacional, para la Reducción y Control de la Anemia Materno Infantil y la Desnutrición Crónica Infantil en el Perú 2017-2021 cuya finalidad es contribuir a mejorar el estado de salud y desarrollo, prioritariamente en la población materno infantil, como inversión pública en el capital humano para permitir el progreso económico y social de todos los peruanos, con inclusión y equidad social;

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MIDIS, aprueba la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia” con el propósito de efectivizar, con carácter de prioridad , el acceso al paquete integrado de servicios priorizados, que contribuyen al desarrollo de las niñas y los niños desde la gestación hasta los 5 años de edad, a través de la gestión articulada de las entidades que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local, fortaleciendo las sinergias y eliminando las duplicidades , de acuerdo con sus roles y capacidades , cuyas competencias contribuyen o impactan en el diseño, financiamiento , ejecución, seguimiento y evaluación de la referida Estrategia;

Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2020-SA aprueba la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, la cual tiene como objetivo prioritario mejorar los hábitos, conductas y estilos de vida saludables de la población, asegurar el acceso a servicios integrales de salud de calidad y oportunos a la población que generan vulnerabilidad y riesgos en la salud;

Que, en tal sentido, por medio de la Resolución Ministerial N° 085-2021-MIDIS, se aprobó la Directiva N° 004-2021-MIDIS, Directiva para la Implementación de la Estrategia Gestión Territorial “Primero la Infancia” a nivel regional y local, la misma que establece que: “Primero la Infancia” a nivel regional y local, la misma que establece que: “Primero la Infancia” Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de alcance nacional para todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, cuyas competencias contribuyen o impactan en el diseño, implementación, financiamiento, seguimiento y evaluación de la Estrategia de Gestión Territorial “Primero la Infancia” (EGTPI);

Que, es menester para la actual gestión municipal dictar las medidas que se estimen necesarias para efectos de regular los aspectos relacionados para la prevención del COVID 19, reducción de casos de, anemia materno infantil, desnutrición crónica infantil y la mortalidad materna en el distrito, a fin de asegurar el adecuado desarrollo de capacidades de las futuras generaciones del Distrito de San Andrés;

Que, según INFORME N° 972-2024-GDES/MDSA-REAF.G, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, señala que las participaciones de todos los actores contribuirán a favorecer el Desarrollo Infantil Temprano DIT, mediante una estrategia de Articulación Intersectorial e Intergubernamental, denominada “Primero la Infancia” cuyo propósito es incrementar el paquete integrado de servicios de salud y educación, de forma oportuna de niñas y niños desde la etapa de gestión hasta los 5 años de edad;

Que, mediante INFORME N° 348-2024-MDSA/GAJ, de la oficina de Asesoría Jurídica recomienda aprobar la Ordenanza Municipal que declara como prioridad pública la Primera Infancia a Nivel Local, de conformidad con lo estipulado en el Decreto Supremo Nro. 008-2013-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 085-2021-MIDIS;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nro. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de la presentación de lectura y aprobación del acta, y contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA COMO PRIORIDAD PÚBLICA LOCAL EL DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO Y APRUEBA ESTRATEGIA DE GESTIÓN TERRITORIAL “PRIMERO LA INFANCIA” DEL DISTRITO DE SAN ANDRES.

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR como una PRIORIDAD PÚBLICA EN EL DISTRITO DE SAN ANDRES, EL DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO Y APROBAR LA ESTRATEGIA DE GESTIÓN TERRITORIAL “PRIMERO LA INFANCIA”.

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR la LUCHA CONTRA LA ANEMIA Y DESNUTRICIÓN CRÓNICA INFANTIL, como prioridad pública local para lograr el desarrollo infantil temprano en el Distrito de San Andrés.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza y la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JOEL ANDRE DE LA CRUZ CANELO

ALCALDE

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