Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

jueves, 22 de febrero de 2024

Consejo Provincial de Salud: Chincha

 


 En la provincia de Chincha se ha formado recientemente el Consejo Provincial de Salud,  liderado por el alcalde provincial, Ing César Carranza Falla.

La ceremonia de juramentación e instalación se llevó a cabo el martes último en el auditorio del Museo Regional de Chincha, con la finalidad de seguir articulando trabajos en temas de salud para beneficio de la población, el cual permitirá accionar de manera inmediata en temas de salud pública.

Estuvieron presentes los  regidores de la comuna chinchana, autoridades de salud representados por el Director del Hospital San José de Chincha, M.I. Edwin Reategui Sánchez, el Director del Hospital René Toche Groppo Essalud, M.C. Luis Saravia, 

Rosario Campos representante de la UGEL - Chincha, Luis Quiños Jefe de la Compañía de Bomberos, Patricia Palomino M. presidenta de la Sociedad de Beneficencia, Representantes de las Universidades San Juan Bautista, San Luis Gonzaga y Autónoma, entre otros.

El director  ejecutivo del Hospital San José, Edwin Reategui Sánchez, juramentó como secretario técnico de este importante equipo para poder formular y establecer las ideas que buscan tomar en agenda la Salud Pública en nuestra provincia.

La situación del Dengue, el fenómeno costero, la prevención y cuidado de la salud serán temas constantes que deben ser tratados con prioridad para garantizar la salud de la personas y principalmente de nuestra población Chincha.

Intervienen a sujetos en “Pampa de Ñoco”

 



 Por encontrarse inmersos en el presunto delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado, personal policial de Grocio Prado intervino y detuvo ayer a L. Mosayhuate (30), C. Gallardo y J. Satan.

La denuncia fue presentada por el agraviado, quien refirió ser víctima de hurto de maracuyá, extraído de sus plantaciones ubicado en su fundo en Irrigación Pampa de Ñoco.

En el rastreo que hizo la policía por el sector, halló una mototaxi Bajaj, con placa 8506-5Y, identificando al conductor quien tenía en el asiento posterior 40 unidades de maracuyá.

En ese mismo acto, la policía observó a tres sujetos que caminaban por el lugar, quienes al advertir la presencia policial intentaron huir, observándose que en el camino había un saco con el mismo fruto, por lo que la policía procedió a intervenirlos, llamándolos, haciendo caso omiso, acto que motivó a que los agentes hagan disparos al aire, lográndose de este modo la captura de los sujetos.

Subprefectura coordina realizar operativos en Chincha

 



 Una importante reunión en beneficio de la seguridad ciudadana de los moradores de la provincia, se llevó a cabo en la subprefectura de Chincha.

La autoridad política del distrito de Chincha Alta Rudy León Zaa, se reunió con el Subgerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Chincha, Sr. José Ramos Sayritupac, con el proposito de coordinar la realización de operativos mixtos con otras autoridades relacionados a recuperar espacios públicos y operativos contra la prostitución clandestina.

Reunión de coordinación sobre situación actual del dengue en Ica entre Dirección Regional de Salud y Minsa

 



 El director regional de Salud Dr. Víctor Montalvo Vásquez, lideró la mesa de diálogo programada con la finalidad de exponer la sala situacional del dengue en la región Ica, con la participación de los integrantes del equipo técnico de la DIRESA y especialistas de las diferentes áreas del Ministerio de Salud.

La región Ica es una de las más afectadas a nivel nacional a causa del dengue. Muchos factores han influido para que el zancudo trasmisor incremente su presencia en los diversos distritos de Ica.

“El dengue ya es una enfermedad endémica en Ica, por lo cual, siempre va a estar presente y debemos tomar las medidas preventivas para evitar su propagación. La población debe tomar conciencia que controlar el dengue no es sólo función del sector salud, sino que ello inicia desde sus viviendas, donde deben tapar sus recipientes donde almacenan agua, lavar diariamente sus baldes, tinas, botellas, y otros, y eliminar todos los objetos que no utilicen y puedan convertirse en depósitos de agua. Finalmente, recalcar que este año prácticamente no hemos tenido invierno en nuestro país, y ello ha favorecido la proliferación del zancudo trasmisor”, informaron autoridades del Ministerio de Salud.

La Dirección Regional de Salud viene efectuando visitas entomólogicas y controles larvarios en los distritos priorizados de Ica, donde existe una mayor prevalencia del zancudo trasmisor.

“Venimos manteniendo conversaciones con los diferentes gobiernos locales en la provincia de Ica a través del personal de Promoción de la Salud, quienes tienen una labor muy sacrificada e importante porque son quienes articulan el trabajo coordinado entre el sector salud y los municipios. Estamos luchando contra el dengue y esta batalla la tenemos que ganar todos, no sólo el sector salud, sino también las personas adoptando las medidas preventivas en sus viviendas y los gobiernos locales brindando el apoyo para la realización de los controles larvarios. Recordemos que la fumigación no es la solución para erradicar el dengue, ello es el último paso para acabar con el zancudo adulto; la fumigación no elimina las larvas ni los criaderos. Por ello es que primero se realiza las visitas entomológicas y controles larvarios donde se eliminan las larvas y los criaderos del zancudo; y posteriormente, en caso que amerite, se lleva a cabo la fumigación según los protocolos de salud respectivo”, refirió el Dr. Víctor Montalvo Vásquez; director regional de Salud.

Policía captura a presunto delincuente

 



 Con la presencia del Jefe del Frente Policial Ica, general PNP Manuel Gustavo Vidarte Pérrigo, el coronel PNP Daniel Elías Soto y los comandantes PNP Oscar Ramos Viera (comisario) y Walter Martin Lira Castilla, la mañana de ayer miércoles, se llevó a cabo una importante conferencia de prensa en el local de la División Policial Chincha, en la que se diera a conocer la captura del presunto delincuente identificado como F. Tuanama Romero (23).

La referida presentación sobre la captura la hizo el propio general Vidarte Pérrigo, en la que refirió que por información y coordinación policial, se supo que el mencionado sujeto se encontraría en la ciudad de Cañete.

Es así que por orden del coronel Elías Soto, cinco suboficiales  a su mando se constituyeron en la provincia de Cañete, con la finalidad de ubicar al escurridizo Tuanama R. tomando conocimiento por información confidencial que la indicada persona se encontraría

por inmediaciones de la Plaza de Armas de dicha provincia, específicamente en el interior de una conocida discoteca del lugar, en compañía de una joven mujer, donde él fue intervenido.

Los agentes al proceder al registro personal, le hallaron en su poder un monedero de tamaño pequeño, conteniendo en uno de sus compartimentos 128 envoltorios de papel periódico tipo ketes, con una sustancia parduzca pulverulenta, al parecer pasta básica de cocaína.

El detenido al ser trasladado al local policial, fue reconocido por los miembros policiales como la persona que habría disparado a los policías intervinientes en horas de la tarde del mismo día viernes.

Por los flagrantes delitos: tentativa de homicidio en agravio de efectivos  policiales y tráfico ilícito de drogas, el sujeto intervenido quedó en calidad de detenido en la comisaría de Chincha, manifestó el alto oficial Vidarte Pérrigo.

Delincuente roba en vivienda y olvida sus zapatillas en la sala

 

 La madrugada de ayer miércoles, delincuente desconocido, al parecer en compañía de su cómplice, sustrajeron varias pertenencias del interior del hogar de la señora K. R.

Este robo suscitado en pleno sueño, se registró en el asentamiento humano 28 de Julio en Pueblo Nuevo.

Hasta allí se desplazó personal policial y agentes de serenazgo, quienes tomaron conocimiento por la persona afectada, que uno de los facinerosos en su huida había olvidado en el interior de su departamento,  un par de zapatillas de color rojo, y que si gusta puede ir a reclamarlas, indicó la agraviada. El sujeto tiene la última palabra.

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo ORDENANZA MUNICIPAL

 

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo

           ORDENANZA MUNICIPAL Nº002-2024/MDPN

     Pueblo Nuevo, 19 de febrero del 2024

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO NUEVO

VISTO:

El Acuerdo de Concejo Municipal N°010-2024-MDPN de fecha 19 de febrero del 2024, Informe 017-2024-MDPN/SGR de fecha 15 de Enero del 2024, emitido por la Subgerencia de Rentas e Informe Legal Nº049-2024-MDPN/SAJ de fecha 29 de Enero del 2024, emitido por la Subgerencia de Asesoría Jurídica, sobre “Proyecto de Ordenanza que establece “Beneficio Tributario por Deuda de Impuesto Predial, Arbitrios y Cobranza Coactiva, descuento en los Intereses Moratorios al 100% y Porcentaje en el Insoluto de los Arbitrios Municipales, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972. Asimismo, el artículo VIII del citado dispositivo legal señala que; los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio.

 Que, la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las municipalidades son ejercidas por los concejos municipales, a través de la aprobación de ordenanzas y acuerdos, de conformidad con lo estipulado en el artículo 39º de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de Ley a las Ordenanzas Municipales.

Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – T.U.O. del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N°133-2013-EF y modificatoria, conforme al numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº27972, otorga a los gobiernos locales potestad para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley.

Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general.

Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N°133-2013-EF, señala en la norma IV de su Título Preliminar que los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el artículo 41º de la misma norma legal indica que excepcionalmente que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren.

Que, la Administración Tributaria propone adoptar las medidas convenientes para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes del Distrito de Pueblo Nuevo, tomando en consideración la situación económica y la voluntad de los contribuyentes de ponerse al día en sus obligaciones tributarias.

Que, existe una cartera acumulada significativa de años anteriores por cobrar por concepto del Impuesto Predial en la vía ordinaria producto del no pago oportuno por parte de los contribuyentes; lo que constituye una morosidad que perjudica a la entidad municipal y resulta pertinente el otorgamiento de facilidades para el saneamiento de los saldos por cobrar de la cartera morosa, motivo por el cual se hace necesario el otorgamiento de beneficios para promover el pago voluntario de las obligaciones tributarias sin el recargo de intereses Moratorios ;

Que, con Informe Nº017-2024-MDPN/SGR de fecha 15 de Enero del 2024, emitido por el Subgerente de Rentas en la cual remite el proyecto de ordenanza que establece “Beneficio Tributario por Deuda del Impuesto Predial, Arbitrios y Cobranza Coactiva del descuento del 100% de los Intereses Moratorios, con el objetivo de establecer un incentivo de naturaleza económica sobre deudas tributarias, que permita regularizar su situación de morosidad en relación al pago de Impuesto Predial y otros.

Que, mediante Informe Nº049-2024-MDPN/SAJ de fecha 29 de enero del 2024, la Sub Gerencia de Asesoría legal, opina favorablemente por la aprobación del presente proyecto de Ordenanza que establece “Beneficio Tributario por Deuda del Impuesto Predial, Arbitrios y Cobranza Coactiva al descuento del 100% de los Intereses Moratorios”, por lo que previamente deberá someterse a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su debate y/o aprobación conforme a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972.

Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las atribuciones otorgadas en los Artículos 9º, numeral 9); 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 27972; el Concejo Municipal con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD; aprobó la siguiente:

 ORDENANZA QUE ESTABLECE “BENEFICIO TRIBUTARIO POR DEUDA DEL IMPUESTO PREDIAL, DEL 100% DE LOS INTERESES MORATORIOS.

Artículo Primero.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer un Incentivo de naturaleza económica sobre deudas para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios y Cobranza Coactiva en la exoneración al 100% de los Intereses Moratorios, en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Nuevo.

Artículo Segundo.- ALCANCE Y BENEFICIOS

El presente Beneficio Extraordinario que otorga los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, están dirigidos a los contribuyentes que mantienen deudas con la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, no cuenten con expedientes de reclamación por Tributos pendientes de resolución, no se encuentren en proceso de Fiscalización Tributaria, obteniendo los siguientes descuentos:

 

 

Condonación de los Intereses Moratorios por Impuestos Prediales en el plazo, haya sido cancelado dentro de la vigencia de la presente Ordenanza o no.

Artículo Tercero.- SOBRE LOS DESCUENTOS EN LOS INTERESES MORATORIOS

A los contribuyentes que realicen el pago total del Impuesto Predial, Arbitrios y Cobranza Coactiva del año 2020 al 2024, al término de la vigencia de la Ordenanza, se procederá a condonar intereses Moratorios, reajustes, Prescripciones y otros conceptos relacionados, de los años anteriores al 2020.

Los pagos por concepto de Impuesto Predial deberán efectuarse por el ejercicio completo; y en los casos en los que tengan pendientes de pago únicamente algunas cuotas de un determinado ejercicio deberán cancelar la totalidad de cuotas pendientes del respectivo ejercicio.

Los Contribuyentes que, a la vigencia de la presente Ordenanza, hayan cancelado el Impuesto Predial, podrán acogerse tanto al descuento que adeuden por año, como a la condonación de la Deuda Anterior al año 2020 por Impuesto Predial.

Artículo Cuarto.- PROCESOS DE FISCALIZACIÓN

Las Resoluciones de Multa Tributaria emitida a consecuencia de un proceso de fiscalización tendrán un descuento del 100% de la deuda insoluta e intereses moratorios, siempre y cuando se cancele la totalidad de la deuda acotada y/o determinada del Impuesto Predial.

Artículo Quinto.- DE LOS INTERESES, MORAS, REAJUSTES Y MULTAS TRIBUTARIAS

A los contribuyentes que se acojan a los beneficios propuestos en la presente Ordenanza, se les realizara el descuento 100% de intereses Moratorios al periodo anual que corresponda.

Artículo Sexto.- PROHIBICIONES

Por ningún motivo se permitirá el acogimiento de los presentes beneficios los contribuyentes cuando:

- Los contribuyentes que cuenten con reclamos vigentes por Impuesto Predial a la fecha de inicio de vigencia de la presente Ordenanza.

- Los contribuyentes que cuenten con apelación vigentes por Impuesto Predial en el Tribunal Fiscal a la fecha del inicio de la presente Ordenanza.

- Los Contribuyentes en proceso de Fiscalización Tributaria.

Artículo Séptimo.- FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

A la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, los deudores tributarios que mantengan Convenios de Fraccionamiento vigentes o Resoluciones de Pérdida de Beneficio de Fraccionamiento podrán cancelar el saldo deudor total pendiente de pago sin intereses de fraccionamiento, sin intereses moratorios en un solo acto.

Artículo Octavo.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA Y DESISTIMIENTO

El acogimiento a los beneficios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y al correspondiente periodo. En los casos en que los contribuyentes se hayan acogido a la presente Ordenanza y cuenten con recursos impugnables y/o procesos judiciales, presentados ante instancias superiores u otras instancias jurisdiccionales, deberán necesariamente presentar el desistimiento del mismo.

Los contribuyentes que hayan efectuado pagos a cuenta por deudas tributarias y/o no tributarias, podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza, sobre el saldo pendiente de pago.

Artículo Noveno.- PAGOS ANTERIORES

Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza no generan derecho a la devolución o compensación alguna, excepto los pagos indebidos.

Asimismo, los beneficios otorgados en la presente Ordenanza no serán aplicables a las solicitudes de compensación o transferencias de pago.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- VIGENCIA la presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario la Verdad del Pueblo por un periodo de 90 días Calendarios

Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde de la Municipalidad de Pueblo Nuevo, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las

disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Tercera.- DISPONER el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Rentas, y demás órganos competentes.

Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Correo, e Imagen Institucional la respectiva difusión

Quinta.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición normativa que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Ing. Abel Willian Sánchez Cahuana

ALCALDE

Minsa presenta acciones en el marco del Plan de Prevención y Control del Dengue 2024

 

Se continúa brindando la asistencia técnica virtual y presencial en 13 regiones del país

 Ante el aumento de temperatura y registro de lluvias en diferentes regiones del país, el Ministerio de Salud (Minsa) ha dispuesto intensificar las acciones de control larvario, identificación y eliminación de criaderos, y fumigación en las diferentes regiones del país, para evitar la proliferación de zancudo que transmite el dengue, en el marco del Plan de Prevención y Control del Dengue 2024.

En la lucha contra el zancudo Aedes aegypti, el Minsa dispuso como demanda adicional de S/107 585 222.00, de los cuales S/91 364 826.00 fueron transferidos el pasado 3 de enero a las diferentes regiones para la realización de acciones diferenciadas que permitan priorizar la salud de la ciudadanía.

Esta información fue dada a conocer en la conferencia de prensa realizada en el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), que contó con la participación del presidente del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN), almirante Jorge Paz Acosta; el jefe institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), Carlos Yáñez Lazo; y el director de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis del Minsa, Moisés Apolaya Segura.

 Apolaya hizo un llamado a la ciudadanía a permitir el ingreso del personal de salud durante las acciones de control larvario y fumigación que se desarrollan en las diferentes regiones, así como el involucramiento en las campañas de eliminación de potenciales criaderos de zancudos.

"Es importante el rol de la ciudadanía en la lucha contra el zancudo. Permitiendo el ingre-so reduciremos el 40 % de viviendas cerradas que tenemos a nivel nacional", detalló el director de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis del Minsa.

También detalló que el sector Salud continúa brindando la asistencia técnica virtual y presencial en 13 regiones del país, siendo estas Piura, La Libertad, Áncash, Lima provincias (Huaura, Chilca), San Martín, Ica, Amazonas, Lambayeque, Cajamarca, Madre de Dios, Puno y Ucayali.

Según el reporte de la semana epidemiológica n.° 6, el país registra 18 001 casos acumulados por dengue (8823 confirmados y 9178 probables). Las regiones con más número de casos son Piura (3021), La Libertad (2551), Ica (2218), Áncash (1665), San Martín (1363), Loreto (1176) y Ucayali (1092).

Indeci recomienda medidas de preparación ante el incremento de la velocidad del viento en la costa

 


SENAMHI informó que fenómeno se presentaría del 23 al 25 de febrero

 El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) recomienda medidas de preparación ante el aviso meteorológico N.° 050 (nivel naranja) del SENAMHI, que anuncia el incremento de la velocidad del viento en la costa, específicamente en los departamentos Áncash, Arequipa, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Tacna y la Provincia Constitucional del Callao, del viernes 23 al domingo 25 de febrero.

  De acuerdo al pronóstico, se prevén vientos con velocidades superiores a los 38 Km/h en la costa norte, por encima de los 40 km/h en la costa centro y valores sobre los 25 km/h en la costa sur. Este incremento podría generar el levantamiento de polvo/arena y la reducción de la visibilidad horizontal, principalmente en Ica. Además, se espera cobertura nubosa y niebla/neblina hacia el atardecer y las primeras horas de la mañana.

Banco de la Nación realizará adelanta horario para pago a beneficiarios de Pensión 65 este jueves 22 y viernes 23 de febrero en 80 agencias

 

El horario de atención será desde las 7:00 a.m. hasta la 5:00 p.m.

 Como parte de las acciones para atender la alta demanda de pagos a beneficiarios de Pensión 65 así como también la entrega de tarjetas, el Banco de la Nación (BN) ha dispuesto la ampliación de sus horarios de atención en 80 agencias de todo el país, los días jueves 22 y viernes 23 de febrero en el horario desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.

Asimismo, el BN recuerda a los beneficiarios de P65, que ya poseen su tarjeta, que pueden utilizar sus canales alternos como agentes y cajeros automáticos, donde también pueden retirar su dinero, sin tener que acudir a una agencia.

Para mayor información sobre la ubicación de las agencias que estarán disponibles estos días 22 y 23 de febrero, puede ingresar al siguiente link:

https://www.bn.com.pe/otros/pago-beneficiarios-pension65-jueves-22-y-viernes-23-febrero-partir-7am.pdf

El Banco de la Nación invoca a los beneficiarios de P65 a acudir a las agencias dentro del horario especial y evitar así trasladarse en la madrugada para hacer colas.

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