miércoles, 18 de diciembre de 2024

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2024-MPCH

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

ACUERDO DE CONCEJO Nº  078-2024-MPCH

Chincha, 29 de noviembre de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de noviembre de 2024;

VISTO: El Oficio Nº 378-2024-MDGP/A de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado  que solicita ratificar la Ordenanza Municipal 020-2024-MDGP/CM que aprueba el régimen de aplicación de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025; el Informe N° 3345-2023/GAT/MPCH de fecha 25 de noviembre de 2024 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Legal N° 6344-2024-GAJ/MPCH de fecha 26 de noviembre de 2024 de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe N° 0198-2024-GM/MPCH de fecha 27 de noviembre de 2024 de la Gerencia Municipal, que remite el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº020-2024-MSGP/CM, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques, jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025 en el distrito de Grocio Prado, y;

CONSIDERANDO:

Que, en los artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú y en la Norma IV del del TUO del Código Tributario aprobado por el D.S N° 133-2013-EF, se establece que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 40 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de la normatividad vigente, se emite el Informe N° 3345-2024-GAT/MPCH de fecha 25 de noviembre de 2024 la Gerencia de Administración Tributaria determina que técnicamente y dentro del marco jurídico del sistema tributario nacional que la Ordenanza Municipal N° 020-2024-MDGP/CM presentado para su ratificación cumple con todos los requisitos para su ratificación y remite lo actuado para opinión legal y pase al Concejo Municipal para que se apruebe su ratificación;

Que, mediante Informe Legal N° 6344-2024-GAJ/MPCH la Gerencia de Asesoría Jurídica opina se derive al concejo municipal para que considere ratificar la ordenanza municipal N° 020-2024-MDGP/CM de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques-jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025, siendo responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado la publicación de la ordenanza y sus anexos, bajo responsabilidad;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Provincial de Chincha, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo 1.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal N.º 020-2024-MDGP/CM de fecha 15 de noviembre de 2024, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques-jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2025 en el distrito de Grocio Prado, por las consideraciones expresadas en el presente acuerdo;

Artículo 2.- El presente acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2024, así como del texto íntegro de la ordenanza ratificada, incluido el informe técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital de Grocio Prado.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Grocio Prado para el cumplimiento del citado requisito de publicación, conforme a ley.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia de Sistemas y Procesos de la entidad la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional (www.munichincha.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Ing. César Antonio Carranza Falla

ALCALDE

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