MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ACUERDO DE CONCEJO N°072-2024-MDGP-CM
Grocio Prado, 19 de diciembre de 2024.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO
PRADO
VISTO:
En
sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 19 de diciembre de 2024; Informe
N°1152-2024-MDGP/SGPP, de fecha 12 de diciembre de 2024, emitido por el Sub
Gerente de Planificación y Presupuesto; Opinión Legal N° 237-2024-MDGP/SGAJ, de
fecha 18 de diciembre de 2024, emitido por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica;
Memorándum N°6868-2024-MDGP/GM, de fecha 19 de diciembre de 2024, emitido por
el Gerente Municipal, solicita agendar a sesión de Concejo, y;
CONSIDERANDO:
Que,
el primer párrafo del artículo 194° de la Constitución Política del Perú,
modificado por la Ley Nº30305 - Ley de Reforma Constitucional, precisa que las
Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, y
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº27972, referida a la autonomía de los Gobiernos
Locales, precisa que esta emana de la Constitución Política del Perú, la cual
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972,
establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a
asuntos específicos de interés público vecinal o institucional que expresan la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetare a
una conducta o norma institucional;
Que, el artículo 5º del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público - DL Nº1440, dispone que es atribución de la Dirección General de
Presupuesto Público, promover el perfeccionamiento permanente de la técnica
presupuestaria motivo por el cual es aprobada la Directiva Nº0002-2023-
EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación
Presupuestaria”;
Que, el numeral 31. 1º del artículo 31º Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Presupuesto Público - DL Nº 1440, establece que “Los Presupuestos
Institucionales de Apertura correspondientes a los Pliegos del Gobierno
Regional y del Gobierno Local se aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional
o Concejo Municipal, respectivamente, a más tardar el 31 de diciembre del año
fiscal anterior a su vigencia”;
Que, el artículo 1° de la Ley Nº 27630 que modifica el artículo 89° del
Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal señala que los
recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de Compensación
Municipal (FONCOMUN) serán utilizados íntegramente para los fines que
determinen los Gobiernos Locales por acuerdo de su Concejo Municipal y acorde a
sus propias necesidades reales. El Concejo Municipal fijará anualmente la
utilización de dichos recursos, en porcentajes para gasto corriente e inversiones,
determinando los niveles de responsabilidad correspondiente;
Que, en aplicación de la Directiva Nº0002-2023-EF/50.01 “Directiva de
Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, se ha
elaborado la propuesta de Presupuesto Institucional con los lineamientos y
perspectiva multianual, orientándose a cumplir objetivos y metas
institucionales, con sujeción a la disponibilidad de los recursos para el
periodo de programación multianual;
Que, mediante Informe N°1152-2024-MDGP/SGPP, de
fecha 12 de diciembre de 2024, el Sub Gerente de Planificación y Presupuesto,
solicita la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura para el año
2025 en Sesión de Concejo, como establece la Directiva N°002-2023-EF/50.01
“Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formuladora
Presupuestaria” para el año 2025.
DETALLE
DE INGRESOS:
RECURSOS ORDINARIOS |
FONDO COMPENSACION MUNICIPAL |
IMPUESTOS MUNICPALES |
RECURSOS DIRECTAMENTE
RECAUDADO |
CANON Y SOBRE CANON,
REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES |
TOTAL ANUAL 2025 |
399,737.00 |
3,781,590.00 |
2,126,112.00 |
503,201.00 |
12,654,056.00 |
19,464,696.00 |
DETALLE
DE GASTOS:
GENERICA DE GASTO |
RECURSOS ORDINARIOS |
FONCOMUN |
IMPUESTOS MUNICIPALES |
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUADADO |
CANON Y SOBRE CANON, REGALIAS,
RENTA ADUANAS Y PARTICIPACIONES |
TOTAL ANUAL 2025 |
1.
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES |
0.00 |
1,871,600.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
1,871,600.000 |
2.
PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES |
163,708.00 |
15,461.00 |
0.00 |
30,194.00 |
0.00 |
209,363.000 |
3.
BIENES Y SERVICIOS |
155,650.00 |
1,829,529.00 |
2,126,112.00 |
473,007.00 |
1,898,108.40 |
6,608,948.000 |
4. DONACIONES Y TRANSFEREN-CIAS |
0.00 |
65,000.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
65,000.000 |
TOTAL
GASTOS CORRIENTES |
319,358.00 |
3,781,590.00 |
2,126,112.00 |
503,201.00 |
1,898,108.40 |
8,754,911.000 |
6.
ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS |
80,379.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
10,755,947.60 |
10,709,785.000 |
TOTAL
GASTOS DE CAPITAL |
80,379.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
10,755,947.60 |
10,709,785.000 |
TOTAL
GENERAL |
399,737.00 |
3,781,590.00 |
2,126,112.00 |
503,201.00 |
12,654,056.00 |
19,464,696.000 |
Que, mediante Opinión Legal N° 237-2024-MDGP/SGAJ, de fecha 18 de
diciembre de 2024, emitido por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica, emite
opinión favorable la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA
2025, de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
Que, mediante Memorándum N°6868-2024-MDGP/GM, de fecha 19 de diciembre
de 2024, el Gerente Municipal, solicita agendar a sesión de Concejo, para
debatir el Presupuesto Institucional de Apertura para el año 2025;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 19 de diciembre
de 2024, fue puesto a consideración del pleno del Concejo Municipal, el informe
N°1152-2024-MDGP/SGPP, por el Sub Gerente de Planificación y Presupuesto, quien
solicita se apruebe el “Presupuesto Institucional de Apertura (PIA)
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado”, el mismo que luego del debate fue aprobado por unanimidad;
Estando a lo expuesto y, de conformidad con las atribuciones previstas
en los artículos 9° y 41° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
por unanimidad de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:
ACORDÓ:
ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR el Presupuesto
Institucional de Apertura - PIA 2025 por el monto total de DIECINUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTISEIS CON 00/100 SOLES
(19,464,696.00), para el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre del 2025.
DETALLE
DE INGRESOS:
RECURSOS ORDINARIOS |
FONDO COMPENSACION MUNICIPAL |
IMPUESTOS MUNICPALES |
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADO |
CANON Y SOBRE CANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES |
TOTAL ANUAL 2025 |
399,737.00 |
3,781,590.00 |
2,126,112.00 |
503,201.00 |
12,654,056.00 |
19,464,696.00 |
DETALLE
DE GASTOS:
GENERICA DE GASTO |
RECURSOS ORDINARIOS |
FONCOMUN |
IMPUESTOS MUNICIPALES |
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUADADO |
CANON Y SOBRE CANON, REGALIAS, RENTA ADUANAS Y PARTICIPACIONES |
TOTAL ANUAL 2025 |
1. PERSONAL Y OBLIGACIONES
SOCIALES |
0.00 |
1,871,600.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
1,871,600.00 |
2. PENSIONES Y OTRAS
PRESTACIONES SOCIALES |
163,708.00 |
15,461.00 |
0.00 |
30,194.00 |
0.00 |
209,363.00 |
3. BIENES Y SERVICIOS |
155,650.00 |
1,829,529.00 |
2,126,112.00 |
473,007.00 |
1,898,108.40 |
6,608,948.00 |
4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS |
0.00 |
65,000.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
65,000.00 |
TOTAL GASTOS CORRIENTES |
319,358.00 |
3,781,590.00 |
2,126,112.00 |
503,201.00 |
1,898,108.40 |
8,754,911.00 |
6. ADQUISICION DE ACTIVOS NO
FINANCIEROS |
80,379.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
10,755,947.60 |
10,709,785.00 |
TOTAL GASTOS DE CAPITAL |
80,379.00 |
0.00 |
0.00 |
0.00 |
10,755,947.60 |
10,709,785.00 |
TOTAL GENERAL |
399,737.00 |
3,781,590.00 |
2,126,112.00 |
503,201.00 |
12,654,056.00 |
19,464,696.00 |
ARTÍCULO SEGUNDO. –ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub Gerencia de
Asesoría Jurídica, y demás Órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento
del presente acuerdo.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR al responsable de
la Unidad de Racionalización e Informática, la publicación del presente acuerdo
en la página web de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado:
https://www.munigrocioprado.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
VICTOR
HUGO PACHAS MORÁN
ALCALDE
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