Dicta nueves meses de prisión preventiva a efectivo policial por el delito de ocultamiento real en concurso real por la comisión de delito de falsificación de documentos
Medida cautelar tiene como fin asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal
La magistrada Patricia del Rosario Bejarano
Tuesta, jueza del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Nasca, dictó
09 meses de prisión preventiva contra Javier Alexander Roca, por la presunta
comisión del delito de Ocultamiento Real, en concurso real por comisión del
delito de Falsificación de Documentos, en agravio del Estado Peruano-Ministerio
del Interior.
La citada medida cautelar fue dictada en audiencia de prisión preventiva, llevada a cabo mediante la plataforma virtual “Google Meet”, luego que la magistrada escuchara y evaluara los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica del imputado, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, Casación N°626-2013-Moquegua y Acuerdo Plenario N° 01-2019-CIJ-PJ.
Conforme al requerimiento fiscal,
se atribuye al investigado S03 PNP Javier Alexander Roca, haberse apropiado de
3 armas de fuego y sus municiones con fines delictivos, los mismos que debieron
ser internados en la Oficina de la Di-visión de Criminalística del Perú,
presumiéndose que, ha llegado incluso a confeccionar un sello de la referida
institución, colocándolo en el cargo de recepción del Oficio
N°18-2023-COMASGEN PNP/FRENT POLICIAL ICA/-DIVOPUS ICA-CONSEC NASCA-COMISARIA
VISTA ALEGRE, a efecto de hacer creer
que internó el arma con-forme se le encomendó.
Esta tesis está corroborada en
gran forma con el contexto del Oficio N° 201-24-
CONMOPPOL-PNP/DIRCRI/DIVLACRI-SEC-MUESTRAS, remitida por la Dirección de
Criminalística del Perú, al 08 de junio del 2024, se aprecia en forma literal
que los oficios Oficio 018-2023 COMASGEN-PN/FRENTE POLICIAL ICA/DIVOPUS
CA-CONSEC NASCA y Oficio 1198-2022 COMASGEN-PN/FRENTE POLICIAL lCA/DlVOPUS/9
CONSEC NASCA "NO" ingresaron al 21 de enero del 2023 a la oficina de
criminalística, existiendo indicios razonables de que el sello de la oficina
administrativa de criminalística, firma y nombre del efectivo Vásquez Ramírez,
son falsos.
Cabe precisar que, la conducta
atribuida, ocultamiento real, se encuentra previsto y sancionado en el artículo
405 del Código Penal en concurso real por comisión del delito de Falsificación
de Documentos previsto en el artículo 427 del Código Penal, en su modalidad de
falsificación de documento público, con la concurrencia de la agravante
prevista en el artículo 46° del Código Penal.
La citada resolución, también
dispone el inmediato internamiento del imputado Javier Alexander Roca en el
Estable-cimiento Penal que el INPE designe, a fin de cumplir la medida
impuesta, la misma que vencerá el 17 de agosto del 2025.
0 comentarios:
Publicar un comentario