Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA N°
014-2024-MPCH
Chincha Alta, 23 de Setiembre del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO: En Sesión Ordinaria de
Concejo de fecha 11 de setiembre de 2024; el Oficio N°290-2024-MDPN/ALC,
registro N°12234-2024, de fecha 03.07.2024, presentado por el Alcalde Ing. Abel
William Sánchez Cahuana de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo,
Chincha, solicita Aprobación e
Incorporación del Plano de Sección de Vía al Plan de Desarrollo Urbano
Provincial; el Informe Técnico Nº1309-2024-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH de fecha 28 de
agosto de 2024 de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión;
Informe N°3834-2024-GAT/MPCH de fecha 05 de setiembre de 2024 de la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial, Informe Legal N°4386-2024-GAJ/MPCH de fecha 9 de setiembre de 2024 de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N°0161-2024-GM/MPCH, de la Gerencia
Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada
por el artículo único de la Ley Nº30305,
establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de
gobierno local con autonomía política, económica, y administrativa en los
asuntos de su competencia; autonomía que en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al orden jurídico;
Que, Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que
corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y
dejar sin efecto los Acuerdos” y el
artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972,
establece que “Las Ordenanzas de las Municipalidades, en la materia de su
competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y
las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa;
Que, mediante Acuerdo de Concejo N°039-2024-MDPN de fecha 27 de Junio del
2024, el Concejo Municipal del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha, ACUERDAN
Aprobar el Reconocimiento de la Vía denominada Prolongación Av. 2 Mayo, ubicado
entre la Calle 4 y la Av. La Paz, del distrito de Pueblo Nuevo – Chincha – Ica,
tal como lo establece el plano que como anexo forma parte del expediente, y por
los considerandos antes expuestos.
Que, de acuerdo al Informe Nº 01076-2024-JLCM/SGIDT/MDPN, de fecha 20 de
junio, la Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Territorial de la
Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, Chincha, señala que mediante,
InformeN°0860-2023-UOPC-VIVA-MDPN, de fecha 05.07.2023, emitido por el Ex Jefe
de la Unidad de Obras Privadas y Catastro, emite propuesta para el reconocimiento
de vía denominada Prolongación Avenida 2 de mayo, adjuntando propuesta de
Sección de Vía, para la denominada Prolongación Av. 2 de Mayo, ubicada entre la
Calle 4 y la Av. La Paz , distrito de Pueblo Nuevo, Chincha, Ica; estando a la
necesidad solicitada por los representantes del A.H. Las Rocas, donde solicitan
apoyo para la apertura de vía Prolongación 2 de mayo, teniendo como realidad
que es dificultado el traslado de ellos, asimismo de las personas enfermas en
dichas zonas, la apertura de Vía ayudaría a los moradores a la regulación a
futuras congestiones vehiculares, como también ayudaría al recojo de escombro y
residuos generados por los pobladores de dicha zona; es por ello que piden la
apertura de la vía en dicho sector; que, ante la petición formulada por el
Asentamiento Humano Las Rocas, se informa que la infraestructura vial reviste
una enorme importancia para el desarrollo económico de un país. Las Vías
terrestres interconectan los puntos de producción y consumo y por ende el
estado de las vías disminuyen el nivel de porcentaje de costos de transporte,
que tienen mucha influencia sobre los flujos de comercio nacional e
internacional. Para llevar a cabo un buen diseño geométrico de una Vía; la
misma que debe satisfacer estándares de seguridad a la comunidad, servicio y
funcionamiento y que de acuerdo a la creciente población en el futuro, se
creará nuevas áreas residenciales en las áreas suburbanas y de expansión
urbana, siendo el caso del Asentamiento Humano Las Rocas, que, para asegurar el
tránsito continuo en éstas, se han identificado los planes de construcción de
nuevas vías y/o mejoramiento de las vías existentes para el Distrito de Pueblo
Nuevo, siendo una de ella la propuesta de vía, ubicada entre la Calle 4 y la
Av. La Paz cuya vía tiene como propuesta ser denominada PROLONGACION AV.
AVENIDA 2 DE MAYO, concluyendo que es PROCEDENTE el Reconocimiento de la Vía
denominado “PROLONG. AV. 2 DE MAYO”, ubicado entre la Calle 4 y la Av. La Paz,
del distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha, Región Ica, teniendo en
consideración que la presente vía forma parte de la proyección del Plan de
Desarrollo Urbano.
Que, por Informe N°1309-2024-MDRPN/SGPUCS/GAT/MPCH, de fecha 28 de agosto
del 2024, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión de la
Municipalidad Provincial de Chincha, señala que evaluado la documentación
presentada y en concordancia al Plan de Desarrollo Urbano aprobado mediante
Ordenanza N°30-2007-MPCH, de fecha 07.12.2007, la Prolongación Av. 2 de mayo,
se encuentra ubicado dentro de la Zona Industria Elemental Complementaria (1) y
Zona Gran Industria (13), actualmente la mencionada vía conecta el Asentamiento
Humano 28 de Julio hasta el Canal de Irrigación Av. Pampa de Ñoco, con una
Sección de Vía de 52.00 ml, colindante en la orientación norte con el
Asentamiento Humano Satélite, con una Zonificación Residencial Densidad Baja
(RDB), perteneciente al distrito de Pueblo Nuevo; que, realizada la Inspección Ocular se ha
constados predios rurales en un 80%, sin edificación y un 20% predios rurales
con Habilitaciones Urbanas respetando las secciones propuestas y en otros casos
procesos de expropiación de propiedades privadas dentro de los alcances al D.L.
N°1192 y su modificatoria D.L. N°1330, Decreto Legislativo que aprueba la Ley
marco de Adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de
propiedad del estado y otros, para así no vulnerar derechos y dominios de
terceras personas, con respecto a la sección de vía propuesta esta sujeto a que
la ubicación de la mencionada Prolongación Av. 2 de Mayo, se encuentra en una
zona en expansión urbana que va conllevar una enorme importancia para el
desarrollo social, económico y comercial y, que con respecto a las secciones
propuestas de conformidad al Informe N°0860-2023-UOPC-VIVA-MDPN, con aprobación
mediante Acuerdo de Concejo N°039-2024-MDPN, de fecha 27.06.2024, esta Sub
Gerencia informa que la Prolongación Av. 2 de Mayo se encuentra incorporado al
Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad con una Sección I - I de 20.00 ml.,
denominada Colectora Secundaria Tipo A, en concordancia con el Plan Director
Provincial de Chincha (Decreto de Alcaldía N°034-189, de fecha 29.12. 89), se
concluye que es FACTIBLE LA PROPUESTA DEL SISTEMA VIAL Y SECCION DE VÍA AL
PLANO N°07 DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD, denominada la vía
PROLONGACIÓN AV. 2 DE MAYO, con una Sección A – A de 30.00 ml, y una Sección
A´- A ‘de 23.40 ml. a 33.20 ml., en concordancia con el Acuerdo de Concejo
N°039-2024-MDNP, de fecha 27.06.2024y, emite su
conclusión, en el sentido que es FACTIBLE la propuesta del Sistema Vial y
Sección de vía al Plano N°07 del PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD,
denominada la vía PROLONGACIÓN AV. 2 DE MAYO, con una Sección A – A, de 30.00
ml, y una Sección A´- A ‘de 23.40 ml, a 33.20 ml, en referencia al Acuerdo de
Concejo N°039-2024-MDPN de fecha 27.06.2024, informe técnico que es ratificado
por el Informe Nº3834-2024-GAT/MPCH, de fecha 05 de setiembre del 2024 de la
Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de
Chincha;
Que, por Informe Legal Nº4386-2024-GAJ/MPCH, de fecha 09 de setiembre del
2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que, estando a los informes
precedentes, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972,
esta Gerencia de Asesoría
Jurídica OPINA: Se derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para
que considere aprobar mediante Acuerdo de Concejo, la Propuesta del Sistema
Vial Sección de Vía al Plano N°07 del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad,
denominada, la Vía Prolongación Av. 2 de Mayo, con una Sección A – A, de 30.00
ml, y una Sección A - A de 23.40 ml, a 33.20 ml, teniendo como referencia el
Acuerdo de Concejo N°039-2024-MDNP, de fecha 27.06.2024.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral
8 del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANO DEL SISTEMA VIAL DEL DISTRITO DE PUEBLO
NUEVO - CHINCHA.
Artículo Primero. - APROBAR la propuesta del Sistema Vial Sección de Vía
al Plano N°07 del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad, denominada, la Vía
Prolongación Av. 2 de Mayo, con una Sección A – A, de 30.00 ml, y una Sección
A´- A ‘de 23.40 ml, a 33.20 ml, los mismos que como anexos forman parte
integrante de la presente Ordenanza, en referencia al Acuerdo de Concejo
N°039-2024-MDPN, de fecha 27. 06.2024 por las consideraciones indicadas.
Artículo Segundo. - ENCARGAR a la Gerencia de Acondicionamiento
Territorial, Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión de la
Municipalidad Provincial de Chincha el control urbano necesario para cautelar
el Derecho de Vía aprobado, ante cualquier solicitud que se efectúe sobre las
áreas referidas, haciéndose de conocimiento a la Municipalidad Distrital de
Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, región Ica; para los fines pertinentes.
Artículo Tercero. - La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación, en el diario de circulación local
de la provincia de Chincha.
Artículo Cuarto. - ENCARGAR a la Gerencia de Sistemas y Procesos su
publicación en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/munichincha).
POR TANTO:
Mando, se Registre, Comunique, Publique y Cumpla.
Ing. César Antonio
Carranza Falla
ALCALDE
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