jueves, 8 de agosto de 2024

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO - ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2024-MDGP/A

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2024-MDGP/A

Grocio Prado, 27 de junio de 2024.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO.

POR CUANTO:

              El Concejo Municipal Distrital de Grocio Prado, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de junio de 2024, Acuerdo de Concejo N° 043-2024-MDGP-CM, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el articulo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972;

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”;

Que, el artículo 80° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, sobre saneamiento, salubridad y Salud, indica en su numeral 4.1 “Administrar y reglamentar, directamente o por concesión el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando esté en capacidad de hacerlo;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, establece que la actividad de los recicladores es regulada por los gobiernos locales como entes rectores en el marco de sus atribuciones. El régimen de regulación local se orienta a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestión de residuos sólidos. Los gobiernos locales establecen normas de promoción de la actividad que realizan los recicladores de residuos sólidos no peligrosos en coordinación con las asociaciones de recicladores registrados en su jurisdicción;

Que, el artículo 6° de la Ley N° 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, detalla que Los gobiernos regionales y locales, en el marco de sus atribuciones legales, promueven la formación de asociaciones de recicladores y de pequeñas y microempresas EPS-RS y EC-RS, especializadas en la recolección para el reciclaje y la comercialización de residuos sólidos; asimismo, emiten las disposiciones que faciliten la incorporación de recicladores independientes dentro de las existentes. El reglamento de la presente Ley establece los requisitos que deben cumplir quienes busquen acogerse a este régimen promocional;

Que, el artículo 24° del Decreto Legislativo N° 1501, decreto que modifica el Decreto Legislativo N° 1278, en el numeral 24.2, literal d), indica que las municipalidades distritales deben de implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición final técnicamente adecuada;

Que el artículo 34° del Decreto Legislativo N° 1501, Decreto que modifica el Decreto Legislativo N° 1278, en el inciso 24.2, literal a), establece que el generador de residuos municipales está obligado a separar y entregar los residuos, debidamente clasificados para facilitar su aprovechamiento. Las municipalidades deben definir por instrumento legal los criterios de segregación. La municipalidad que no cuente con instrumento legal que establezca los criterios de segregación en la fuente debe aprobarlo en el plazo de un año, a partir de la entrada en vigencia de esta norma;

Que, el artículo 19° del Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. - Segregación en la fuente, El generador de residuos municipales debe realizar la segregación de sus residuos sólidos de acuerdo a sus características físicas, químicas y biológicas, con el objeto de facilitar su valorización y/o disposición final. Las municipalidades deben regular el proceso de segregación de residuos sólidos municipales en la fuente en su jurisdicción, en el marco del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección selectiva de Residuos Sólidos;

Que, el artículo 26º del Decreto Supremo N° 05-2010-MINAM, que aprueba el reglamento de la ley N° 29419, establece que los principios de la metodología del Programa deberán estar orientados a; 26.1 Intervención participativa, progresiva y sostenida, tomando como protagonistas a las Organizaciones de Recicladores con personería jurídica, las Comisiones Ambientales Municipales, los Grupos Técnicos de Residuos Sólidos, representantes de instituciones públicas y privadas, así como los principales actores sociales de la cadena de reciclaje; 26.2 Intervención desde una perspectiva intercultural y multisectorial, a fin de valorar los conocimientos locales y las tecnologías locales, con enfoque de género; 26.3 Desarrollo de estrategias de comunicación y sensibilización comunitaria, con la finalidad de potenciar la responsabilidad social de los medios de comunicación, empresas, y ciudadanos en general; 26.4 Fortalecimiento de la institucionalidad ambiental local y articulación de la propuesta con planes y políticas de desarrollo de la localidad;                              

Que, el artículo 45º del Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, que aprueba el reglamento de la ley N° 29419, establece que las Municipalidades Distritales y Provinciales, según corresponda, promoverán la formalización de la actividad de reciclaje, que incluye la promoción de la segregación en la fuente, la recolección selectiva, el acondicionamiento de los residuos sólidos y la promoción de la creación de mercados para los residuos reaprovecharles;

Que, estando a lo expuesto y  dispuesto en el Acuerdo de Concejo N° 043-2024-MDGP-CM, Opinión Legal N° 120-2024-MDGP/SGAJ, de fecha 25 de junio de 2024, emitido por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica; Informe N° 680-2024-SG.SCMA/MDGP, de fecha 11 de junio de 2024, emitido por la Sub Gerente de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente;  Informe N° 060-2024-UGA/MDGP, de fecha 04 de junio de 2024, emitido por la Jefe de la Unidad de Gestión Ambiental y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades — Ley N° 27972, contando con el voto UNANIME de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DENOMINADO “GROCIO PRADO RECICLA" EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DENOMINADO “GROCIO PRADO RECICLA" EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO, conforme al ANEXO 01 que forma parte integrante de la presente ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO. - HACER de conocimiento y encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente, Unidad de Gestión Ambiental y demás unidades orgánicas pertinentes.

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER, que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación local, y a la Unidad de Racionalización e Informática.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

 

ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2024-MDGP/A

ANEXO 01

PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES “GROCIO PRADO RECICLA" EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO

ARTÍCULO PRIMERO. -  INTRODUCCIÓN

La Municipalidad Distrital de Grocio Prado comprometida con el ambiente, viene implementando junto con los Recicladores formalizados y/o Empresas Operadoras de Residuos Sólidos (EO-RS) en el distrito de Grocio Prado, el Programa de Segregación en la Fuente y recolección selectiva de Residuos Sólidos Municipales Denominado de ahora en adelante como "Grocio Prado Recicla", cuya principal característica es la sensibilización de puerta en puerta a los vecinos sobre la importancia de la segregación de los residuos sólidos para su posterior reciclaje, siendo la preocupación de esta gestión el crecimiento y mejora del Programa para volverlo eco -sostenible en el tiempo.

El Programa “Grocio Prado Recicla”, está dirigido al vecino grociopradino, con la finalidad de medir su compromiso y respuesta con el ambiente, iniciándose el mismo en diferentes sectores del distrito de Grocio Prado.

Es pertinente señalar que esta experiencia se viene desarrollando en muchas ciudades de nuestro país, así como internacionalmente; por lo que, la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, ha incluido dentro de sus prioridades en la gestión integral de residuos sólidos y gestión ambiental, inculcar en su población la cultura de la segregación de residuos sólidos, logrando progresivamente un significativo avance en la escala participativa de los vecinos en cuanto al programa, extendiéndose en todos los sectores del distrito de Grocio Prado, no obstante a ello. Esta iniciativa completará el desarrollo de los programas nacionales y permitirá que el distrito de Grocio Prado, forme parte de las ciudades comprometidas con el ambiente y mitigación del cambio climático.

La Municipalidad Distrital de Grocio Prado junto con la participación de las organizaciones de recicladores formalizados y/o EO-RS y la participación activa de los vecinos grociopradinos brindará e implementará nuevas alternativas tecnológicas de segregación a través de contenedores soterrados, puntos ecológicos, botellones de reciclaje y otros mecanismos que reduzcan los costos operativos y optimicen los servicios de limpieza pública y recolección selectiva de residuos sólidos municipales.

ARTÍCULO SEGUNDO. - ALCANCE

El Programa “Grocio Prado Recicla” está destinado a poner a disposición el servicio de recolección selectiva de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos aprovechables en toda la jurisdicción del distrito de Grocio Prado.

ARTÍCULO TERCERO. - OBJETIVOS

3.1. Objetivo General

Implementar y asegurar la sostenibilidad del Programa “Grocio Prado Recicla”, a través de la recuperación de los residuos sólidos orgánicos e inorgánicos aprovechables municipales de todos los contribuyentes de una manera altamente eficiente y ambientalmente amigable en todos los sectores del distrito de Grocio Prado.

3.2. Objetivos Específicos

-       Fomentar y fortalecer la participación de la Municipalidad y de la sociedad civil en la recuperación y aprovechamiento de los residuos sólidos municipales en el distrito de Grocio Prado.

-          Incrementar la participación activa de todos los vecinos grociopradinos.

-          Implementar mecanismos de gestión auto sostenibles que permitan la recuperación de residuos sólidos municipales en el distrito de Grocio Prado.

-          Fortalecer el programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos municipales mediante la inclusión de asociaciones de recicladores formalizados y/o empresas operadoras de residuos sólidos.

ARTÍCULO CUARTO. – DEFINICIONES

Para la mejor aplicación operativa de la presente Ordenanza, se considerarán las siguientes definiciones:

             Aprovechar. - Reutilizar, volver a obtener un beneficio del bien, artículo, elemento o parte del mismo que constituye residuo sólido. Se reconoce como técnica de reaprovechamiento el reciclaje, recuperación o reutilización.

        Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS). - son las empresas que se constituyen para el desarrollo de las operaciones vinculadas al manejo de residuos sólidos, las cuales deben inscribirse previamente en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos administrado por el Ministerio del Ambiente (MINAM).

             Reciclaje. - Toda actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fin inicial u otros fines.

          Recolección selectiva de residuos sólidos. - Acción de recoger los residuos segregados en la fuente para transferirlos a través de un medio de locomoción apropiado para su posterior acondicionamiento y comercialización.

             Residuos sólidos inorgánicos. - Son llamados también residuos sólidos secos, como lo son: papel, cartón, plástico, vidrio, metales ferrosos (hechos de acero u hojalata) y no ferrosos (hechos de aluminio, cobre, bronce, otros).

             Residuos sólidos orgánicos. - Son aquellos que fácilmente se descomponen como lo son: restos de alimentos, comida y poda de áreas verdes.

             Residuos sólidos aprovechables. - Aquellos residuos sólidos orgánicos e inorgánicos que pueden ser acondicionados para ser utilizados como insumo o materia prima para la elaboración de nuevos productos.

             Segregación. - Proceso en el cual se desarrolla de forma correcta y eficiente la separación de los distintos residuos sólidos desechados por el generador.

             Generador: Es la persona natural o Jurídica que al momento de realizar actividades domésticas u económicas genera residuos sólidos.

             Fuente de Generación. – lugar en el cual se generan los residuos sólidos producto del desarrollo de alguna actividad doméstica o económica.

ARTÍCULO QUINTO. -RUTA DE LA CADENA DE RECICLAJE

La cadena de reciclaje que forma parte del Programa “Grocio Prado Recicla”, está conformada por las actividades relacionadas al manejo de los residuos sólidos domiciliarios, en ella se detalla la participación de los actores principales, como la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, las organizaciones de recicladores formalizados y/o EO-RS, los cuales contribuyen directamente con la recuperación y aprovechamiento de residuos sólidos, que tiene las siguientes etapas:

5.1 Segregación en la Fuente.

Etapa en la cual el contribuyente grociopradino genera residuos sólidos municipales producto de sus actividades cotidianas, este tipo de residuos no incluye residuos especiales, industriales, bio contaminados, escombros, peligrosos o potencialmente peligrosos, ya que ellos pueden perturbar la calidad de los residuos generados.

Esta etapa consiste en la separación de residuos de acuerdo a su condición de residuo sólido aprovechable (orgánico o inorgánico), permitiendo separar materiales con valor residual de materiales que no son aprovechables, en esta etapa se necesita de la participación del generador, por lo cual se debe inculcar, sensibilizar y capacitar al vecino y/o contribuyente en el reconocimiento, segregación y acopio adecuado de residuos con valor comercial, incidiendo en el beneficio ambiental que su acción produce. Para su adecuado desarrollo, la Municipalidad deberá proporcionar todas las facilidades de conocimiento, capacitación y respuesta inmediata ante la necesidad del vecino de acciones a desarrollar ante interrogantes encontradas.

El vecino y/o contribuyente grociopradino para la segregación adecuada de los residuos sólidos utilizará costales, bolsas y/o recipientes entregados por la municipalidad para dicho fin, siendo el color verde para residuos inorgánicos Aprovechables y el color marrón para residuos orgánicos aprovechables, según la coloración correspondiente aprobada por el instituto Nacional de Calidad (INACAL) para los residuos de ámbito municipal.

5.2 Recolección Selectiva

Se refiere a la etapa en la cual el personal (operario de la municipalidad, reciclador formalizado y/u operador de EO-RS) destinado a labores de recojo de residuos sólidos, selecciona los residuos aprovechables previamente segregados en la fuente de generación.

Una vez recolectado los residuos sólidos aprovechables en la fuente de generación, los operadores y/o recicladores registraran obligatoriamente en una ficha (física o digital) la participación del vecino o contribuyente para su posterior entrega de incentivos o validación de un beneficio por descuentos de arbitrios.

Como también es la etapa en la cual, a través de vehículos acondicionados se transporta los residuos desde las fuentes de generación hacia las zonas de aprovechamiento y/o valorización, su importancia radica en el uso de vehículos autorizados, adecuados y con las condiciones operacionales que permitan una recolección adecuada.  En el caso del transporte de residuos recolectados por Organizaciones de Recicladores y/o EO-RS, el transporte de residuos aprovechables segregados será realizado con vehículos menores autorizados, identificados y empadronados, que guarden todas las medidas de seguridad y que sean sujetas a fiscalización por parte de la Municipalidad.

5.3 Pesaje

Consiste en la determinación y registro de las cantidades de residuos sólidos recuperados como resultado de las operaciones de recolección selectiva y se considera una etapa muy importante, porque permitirá evaluar los resultados del Programa de Segregación en la fuente que se desarrolla en el distrito. Para su desarrollo se utilizará el instrumento adecuado (balanzas electrónicas o básculas de pesaje de relleno sanitario u otros similares).

Los operarios de recolección selectiva de la municipalidad, reciclador formalizado y/u operador de EO-RS en el distrito de Grocio Prado, presentarán un informe semanal a la municipalidad respecto al pesaje de los residuos recolectados y valorizados, utilizando la unidad de medida correspondiente (kilogramos y/o Toneladas), considerando también en ello el peso de los residuos recolectados/valorizados y el registro de participación activa de los vecinos y/o contribuyentes grociopradinos.

5.4 Descarga de Residuos.

Etapa en la cual se procede a descargar los residuos en las zonas de aprovechamiento, precisando que los centros de acopio a utilizar deberán tener la respectiva autorización de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado. Su importancia radica en ser la etapa donde se inicia la clasificación, pues es allí donde se logra la separación y apertura de los reciclables que serán destinados a su valorización.

5.5 Valorización de Residuos.

Operación en cuyo resultado principal es que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales que, de otro modo, se habrían utilizado para cumplir una función particular.

La Municipalidad Distrital de Grocio Prado podrá efectuar alianzas y/o convenios estratégicos con asociaciones de recicladores y/o EO-RS que permitan la sostenibilidad del Programa “Grocio Prado Recicla”.

ARTÍCULO SEXTO. - MANEJO DE RESIDUOS DE LAS ORGANIZACIONES DE RECICLADORES Y/O OPERARIOS DE EO – RS.

El marco técnico normativo para la formalización de recicladores en el distrito de Grocio Prado, se encuentra establecido en la ordenanza de formalización de recicladores aprobado por la municipalidad, como también el marco normativo para la inscripción y registro de EO-RS está establecido en el Decreto Legislativo N° 1278 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, dicha EO-RS, culminado el registro de la EO-RS deberá figurar en el listado de empresas operadoras de residuos sólidos autorizadas por el MINAM.

Los responsables de la recolección deberán contar con uniformes e implementos de protección personal, con vacunas contra el Tétano, Influenza y Hepatitis B, así como también con la debida y acreditada capacitación en gestión integral de residuos sólidos, seguridad y salud ocupacional, habilidades sociales y desarrollo personal y gestión empresarial para el reciclaje.

Las asociaciones de recicladores y/o EO-RS están obligados a cumplir con la normativa emitida por la municipalidad para la realización de sus actividades de recolección, segregación, valorización y transporte de los residuos sólidos aprovechables (estos pueden ser Ordenanzas o Convenios).

Los responsables de la recolección, acopian adecuadamente los residuos en el interior de vehículos autorizados, procurando no contaminarlos, realizando operaciones manuales con todas las medidas de seguridad necesarias, con la finalidad de evitar cortes, punzadas, y demás daños ocasionados por la manipulación de residuos sólidos. En el caso de los residuos manejados por las organizaciones de recicladores y/o operadores de EO-RS, éstos deberán ser recogidos en horarios establecidos por la norma municipal, no existiendo extensiones de tiempo.

Como parte de las operaciones de dichas organizaciones y/o EO-RS, éstas deberán contar con sistemas de acopio apropiados para su almacenamiento temporal, cuyos centros de acopio deberán estar autorizados por la Municipalidad.

ARTÍCULO SÉPTIMO. - FUNCIÓN FISCALIZADORA.

Con el fin de mantener el correcto funcionamiento del Programa “Grocio Prado Recicla”, la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, efectuará la vigilancia y control de las fuentes de generación sobre la correcta segregación y disposición de residuos sólidos municipales, las actividades realizadas por las empresas operadoras de residuos sólidos y Recicladores formales e informales que se encuentran en la jurisdicción del distrito de Grocio Prado, a través de la División de Gestión de Medio Ambiente o quien haga sus veces, para la determinación de infracciones y sanciones correspondientes de acuerdo a las normas legales vigentes en la materia.

ARTÍCULO OCTAVO. - EQUIPAMIENTO DEL SERVICIO.

El equipamiento del servicio de recolección selectiva consiste en los vehículos utilizados para el Programa “Grocio Prado Recicla” y materiales acopiados, contando cada vehículo con conductor y ayudantes correspondientes, los cuales se encuentran adecuadamente uniformados y equipados con equipos de protección personales.

Como también el Centro de Acopio Temporal (CAT) de la asociación de recicladores formalizados y/o empresa operadora de residuos sólidos municipales, deberá cumplir con las condiciones y equipamientos mínimos para asegurar una adecuada operación, como también contar con todas las autorizaciones necesarias para su funcionamiento.

ARTÍCULO NOVENO. - OBLIGACIÓN DE ACTORES INVOLUCRADOS.

9.1 Del contribuyente, institución educativa, comercio, entidad pública o privada.

-             Segregar de manera obligatoria los residuos en la fuente de generación y entregarlos a las asociaciones de recicladores formalizados u operadores de EO-RS debidamente autorizados o a la municipalidad que preste el servicio de recolección selectiva de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos aprovechables.

-             Sacar el recipiente y/o envase y otros depósitos que faciliten su acercamiento a la unidad vehicular de recojo; en la hora, día y sector establecido para su recojo por la municipalidad.

9.2 De la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.

9.2.1. Unidad de Gestión Ambiental - Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente.

-             Implementar el servicio de recolección selectiva de residuos sólidos orgánicos e

inorgánicos aprovechables en todo el distrito de Grocio Prado, con la participación de las organizaciones de recicladores formalizados y/o EO-RS.

-             Establecer el servicio de valorización de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos aprovechables en el distrito de Grocio Prado.

-             Coordinar y elaborar convenios entre la municipalidad y las organizaciones de recicladores formalizados y/o EO-RS para fortalecer las actividades del Programa "Grocio Prado Recicla".

-             Elaborar, aprobar y ejecutar el plan anual del Programa "Grocio Prado Recicla".

-             Registrar gradualmente a la población del distrito de Grocio Prado para que participe en el Programa "Grocio Prado Recicla".

-             Fomentar la participación progresiva de todos los vecinos y/o contribuyentes del distrito de Grocio Prado en el Programa "Grocio Prado Recicla".

-             Sensibilizar y capacitar a los vecinos participantes en el Programa “Grocio Prado Recicla”.

-             Organizar campañas de Reciclaje, concursos, Eco canjes y/o Eco Trueques en el distrito de Grocio Prado.

-             Realizar campañas informativas para promover una adecuada segregación de residuos sólidos municipales.

-             Distribuir material educativo y promocionar a los participantes activos y vecinos interesados en el Programa “Grocio Prado Recicla”.

-             Gestionar y entregar incentivos a las fuentes de generación que participen activamente en el Programa “Grocio Prado Recicla”.

9.3 De las organizaciones de recicladores y/o EO-RS.

-             Estar debidamente formalizadas, en el caso de organizaciones de recicladores según lo establece la Ordenanza Municipal de Formalización de recicladores aprobado por la municipalidad de Grocio Prado y en el caso de EO-RS según lo establece el Decreto Legislativo N° 1278 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM.

-             Cumplir con el reglamento de operaciones, manuales de operación y procedimientos de trabajo establecidos por norma municipal.

-             Reportar semanalmente a la Municipalidad respecto a su desempeño en manejo de residuos sólidos segregados, debidamente fotografiado, tomando en cuenta el pesaje y con una unidad de medida, los cuales deberán ser registrados.

-             Reportar a la municipalidad la copia de boletas y/o facturas de la comercialización de residuos aprovechables.

-             Recolectar residuos sólidos segregados en los horarios y ubicaciones establecidas por la Municipalidad.

-             Obtener todas las autorizaciones y/o permisos por parte de la Municipalidad para el desarrollo de sus actividades.

ARTÍCULO DÉCIMO. - EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AMBIENTAL.

La educación ambiental desarrollada para el Programa tiene gran injerencia en la generación de criterios y decisiones de la comunidad manifestándose en buenas prácticas ambientales. Los diferentes actores del distrito de Grocio Prado participan activamente, porque consideran que los residuos sólidos son consecuencia del consumo y son responsables del mismo. Por ello, el Programa establece como instrumentos educativos y de sensibilización a los materiales de divulgación ambiental diseñados en diferentes formatos según el medio utilizado y metodología aplicada en marco del programa Educación Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA), siendo nuestras estrategias comunicacionales las siguientes:

10.1 Sensibilización GROCIO PRADO RECICLA.

El Programa “Grocio Prado Recicla” aplica un sistema de sensibilización de puerta en puerta como parte de la estrategia comunicacional y educativa. En esta acción, el vecino establece una comunicación directa con un Promotor Ambiental quien brinda información e instrucciones relacionadas al desarrollo del Programa, los residuos a separar y entregar, el día y hora de recojo y sobre su contribución con el ambiente y la sociedad.

10.2 Sensibilización y Capacitación Grupal.

Se brindan capacitaciones grupales dirigidas a juntas vecinales, asociaciones de juntas de propietarios, condominios, establecimientos comerciales, instituciones y entidades públicas y privadas. En esta acción un grupo de vecinos pertenecientes a una junta vecinal y similar, reciben una charla en la que se profundiza el conocimiento sobre la base ambiental en un adecuado manejo de los residuos y la importancia de la recuperación de los residuos reciclables.

10.3 Capacitación en Instituciones Educativas.

Las capacitaciones dirigidas a las Instituciones Educativas se realizarán en el mismo centro de estudios con la finalidad de fortalecer el conocimiento ambiental del alumnado, dirigido a que se realice una adecuada segregación en los depósitos correspondientes. La capacitación en diferentes fechas está dirigida a personal administrativo y de limpieza, docentes y alumnos. Los profesores y alumnos son capacitados de manera que el profesor pueda seguir incentivando a los alumnos a su participación para una segregación de residuos sólidos eficaz. Este ámbito se traslada hacia los hogares de los alumnos grociopradinos, el cual indica una mayor amplitud de conocimientos acerca de la clasificación de residuos para su posterior aprovechamiento.

10.4 Medios de comunicación de la Municipalidad y otras Redes Sociales

Mediante los medios de comunicación radial, Televisivos, página web de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado y otras redes sociales, llegamos de manera masiva a los participantes e interesados en conocer y participar en el Programa “Grocio Prado Recicla”; asimismo se informa sobre las actividades a desarrollar de acuerdo al calendario nacional, ambiental y otras acciones de fortalecimiento del programa.

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