lunes, 8 de julio de 2024

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - DECRETO DE ALCALDIA N° 012-2024-MPCH

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

DECRETO DE ALCALDIA N° 012-2024-MPCH

Chincha, 03 de julio de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº 8916, modificado por el artículo único de la Ley Nº 15253, señala “La bandera nacional será izada al tope, obligatoriamente, (…) los días 27, 28, 29 y 30 de julio (…) de cada año, en los edificios particulares, correspondiendo esta obligación a todos los locales ocupados por casas habitación, instituciones, colegios, clubs, oficinas, establecimientos comerciales e industriales, talleres, fábricas y centros de trabajo, ubicados en el territorio de la República, cualquiera que sea la nacionalidad del correspondiente propietario o conductor (…)”;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelve o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, la actual gestión municipal fomenta los valores cívicos de sus vecinos, incentiva el amor a la patria y a nuestros símbolos patrios y considerando que el próximo 28 de julio del presente año, se conmemora el Ducentésimo Tercer Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, fecha propia para embanderar el distrito para su especial significado, recordando el valor de nuestros próceres y precursores de nuestra Independencia Nacional;

Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo 1º.- DISPONER, a partir de la fecha, el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, colegios, establecimientos comerciales e industriales y otros, ubicados en la jurisdicción del distrito de Chincha Alta, como acto cívico al conmemorarse el Ducentésimo Tercer (203) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, hasta el día 31 de julio de 2024.

Artículo 2º.- EXHORTAR a nuestros vecinos a la limpieza de viviendas y/o pintado de fachadas, contribuyendo al ornato de la ciudad.

Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario de circulación local, y a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicación del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha (www.municipalidadchincha.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ING. CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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