Municipalidad Distrital de Grocio Prado
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2024-MDGP/A
Grocio Prado, 06 de febrero de 2024.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
POR CUANTO:
El Consejo Distrital de Sesión Extraordinaria de la fecha 06 de febrero
del 2024, y:
VISTOS:
El Informe N°106-2024-MDGP-SGPP, de fecha 31 de enero de 2024, emitido
por la Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto, remite la propuesta del
Proyecto de “Ordenanza Municipal que aprueba el Presupuesto Participativo por
resultados año fiscal 2025”; Memorándum N°698-2024- MDGP/GM, de fecha 31 de
enero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y
administrativa en los ámbitos de su competencia; además de administrar sus
bienes y rentas; crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios,
licencias y derechos municipales conforme a Ley; según lo dispuesto en el artículo
195°, numeral 4) de la Carta Magna, asimismo según el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, la autonomía
que la Carta Magna, establece para las municipalidades radica en la facultad de
ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales,
en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene de
competencia normativa.
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 06 de febrero de 2024, en la estación
Orden del Día, los integrantes del Concejo Municipal, procedieron al debate en
relación a la “Ordenanza Municipal que aprueba el Presupuesto Participativo por
resultados año fiscal 2025” en el distrito de Grocio, provincia de Chincha,
departamento de Ica, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nª
142-2009-EF; R, D. N° 007-2010-EF-76. 01;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el
artículo 9° y artículo 4° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
con el VOTO UNANIME, de los miembros del Pleno del Concejo Municipal y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA DEL
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS
2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL GROCIO PRADO
TÍTULO I: ASPECTOS GENERALES
CAPÍTULO I:
DEFINICIÓN. OBJETO Y BASE LEGAL
Artículo 1º.- Definición Y Alcances
El proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025 es un
espacio de deliberación y concertación democrática entre las autoridades
municipales, miembros del consejo de coordinación local Distrital de Grocio
Prado – CCL y los actores sociales, constituyéndose en agentes participantes
que identifican, priorizan y definen la visión, los objetivos estratégicos, las
acciones o proyectos de impacto y sus resultados, mediante mecanismos de
análisis y de toma de decisiones, para llegar a acuerdos y compromisos de
gestión de manera concreta y efectiva, que expresen en su contenido las
aspiraciones y expectativas de los participantes para el Distrito de Grocio
Prado.
Artículo 2º.- Objeto
La presente ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo, los
mecanismos y procedimientos mediante los cuales los agentes participantes toman
parte en el proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025,
precisando además los criterios para la identificación, acreditación, registro
y capacitación de los agente participantes, el cronograma para el desarrollo de
las actividades; así como la conformación y responsabilidades de equipo técnico
y del comité de vigilancia y control del presupuesto participativo.
Artículo 3º.- Base Legal
- Constitución política
del Perú
- Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades
- Ley Nº 27658 – Ley
marco de modernización de la gestión del estado
- Ley Nº 27783 – Ley de
bases de la descentralización.
- Ley Nº 28056 – Ley
marco del presupuesto participativo.
- Ley Nª 29298 – Ley que
modifica la ley Nª28056 ley marco del presupuesto participativo.
- Decreto Supremo Nº
131-2010-EF que aprueba el reglamento de la ley marco del presupuesto
participativo
- Decreto Supremo Nº
097-2009-EF que precisa criterios para delimitar proyectos de impacto regional,
provincial y distrital en el presupuesto participativo.
- Resolución Directoral
Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el instructivo para el proceso del presupuesto
participativo.
- Decreto Legislativo
1440 – Decreto Legislativo Sistema Nacional de Presupuesto Público
- Ley 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria
- Ley 31953, Ley de
Presupuesto para el año 2024
- Decreto Legislativo
Nº1252. Decreto Legislativo que crea el sistema nacional de programación
multianual y gestión de inversiones.
- Directiva N° 002-2022
- Directiva para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación
Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral N° 005-2022-EF/50.01.
CAPÍTULO II: ENFOQUES
Y CRITERIOS METODOLÓGICOS
Artículo 4°- De los enfoques:
El presente proceso se basa en los siguientes enfoques:
a.- Enfoque de resultados. -
El presupuesto participativo basado en resultados para el año 2024, se
encuentra enmarcado dentro del nuevo enfoque de la gestión pública, en el cual
los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios
específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población.
Lograr estos cambios supone contribuir que mejoren notoriamente las condiciones
de vida de las personas. Para tal fin, el presupuesto institucional se
estructura en función a los productos entendidos como conjunto de bienes y
servicios que la población recibe para lograr los resultados.
Estos productos deben estar relacionados a los resultados, de tal manera
que los proyectos que se prioricen en el marco del proceso participativo al
estar conectados a los productos, garantizarán mejoras en la calidad de vida de
la población.
b.- Enfoque territorial. -
El enfoque de desarrollo territorial permite superar las limitaciones de
la mirada sectorial actualmente imperante, implica, planificar y programar
carteras de proyectos estratégicos de acuerdo a la visión territorial, que debe
estar orientada a la mejora de la condición de vida de la población, disminuir
la pobreza y mejorar la equidad (reduciendo las brechas sociales), la
competitividad productiva, el manejo sostenible del ambiente y asegurar la
gobernabilidad con procesos de cambio social.
C.- Enfoque de la gestión de riesgo en proyectos de inversión pública. -
Los proyectos de inversión pública se seleccionan, califican y/o adaptan,
según criterios de calidad y seguridad, se trata de planificar el desarrollo,
reduciendo el riesgo sin altos costos adicionales.
El análisis del riesgo es una
herramienta que permite la identificación y evaluación de los probables daños
y/o pérdidas ocasionadas por el impacto de un peligro sobre un proyecto o
elemento de éste. Así, si se identifican e incluyen medidas que eviten la
generación de vulnerabilidad o corrijan las existentes, de tal manera que se
reduzca el riesgo en las alternativas de solución al problema planteado.
El objetivo final es que la alternativa prioriza para la ejecución de un
proyecto de inversión pública incluya mecanismos para reducir el riesgo cuando
sea necesario.
Artículo 5°.- De los criterios
metodológicos. -
1.- De la determinación de los recursos para el presupuesto participativo
basado en resultados 2025.-
El alcalde distrital informará a los agentes participantes, el monto
estimado de la asignación presupuestaria que será destinada al presupuesto
participativo basado en resultados 2025 para el año fiscal 2025. La asignación
presupuestaria corresponde a los recursos propios, transferencias financieras,
y otros, destinados al financiamiento de gastos en proyectos de inversión
pública.
2.- De la participación. -
La asistencia de los agentes participantes se regirá por lo siguiente:
• Los agentes
participantes no podrán ingresar a los talleres o sesiones en estado etílico
y/o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
• Para hacer uso de la
palabra en las reuniones o talleres de trabajo, los agentes participantes se
regirán por lo siguiente:
- Las intervenciones en las plenarias versaran sobre el tema en debate.
- Cada participante en las plenarias dispondrá para su intervención de 2
minutos y tendrá opción a dos
intervenciones sobre el tema en debate.
- Todos los participantes merecen respeto, ya sea al tomar la palabra o
como el que escucha, evitando interrupciones,
vertir frases hirientes y actitudes o gestos contra la honra, la moral y el
pudor.
- Los participantes deberán mantener una actitud equilibrada y alturada a
las diversas opiniones vertidas relacionadas con las creencias y nivel
cultural.
TÍTULO II .DE LOS
ACTORES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025
CAPÍTULO I: DEL
ALCALDE DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO
Artículo 6º.- Roles del Alcalde
1. Convocar a reuniones
del presupuesto participativo en su calidad de presidente del consejo de
coordinación local distrital de Grocio Prado.
2. Organizar las
actividades del proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025,
haciéndolas de conocimiento público a través de los medios de comunicación más
adecuados de la localidad.
3. Proponer para consideración
los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de
atención en el proceso.
4. Proponer la cartera de
proyectos a ser sometida al presupuesto participativo, señalando explícitamente
su conexión al resultado prioritario que corresponda.
5. Determinar e informar a
los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que
corresponderá al presupuesto participativo, sin perjuicio que los recursos no
incluidos en el presupuesto participativo se asignen por resultados claramente
especificados.
6. Disponer las medidas
necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el presupuesto
participativo.
7. Informar de los
acuerdos y propuestas del presupuesto participativo formulado por su instancia
al presidente del consejo de coordinación regional.
8. Rendir cuentas a los
agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos
asumidos el año anterior.
9. Presidir los talleres
de agentes participantes.
CAPITULO II: DEL
CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE GROCIO PRADO
Artículo 7º.- Roles del Consejo de Coordinación Local Distrital de Grocio
Prado.
a) Participar y promover
activamente el proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025.
b) Responder a las
convocatorias que realizan las autoridades locales.
c) Coordinar la
incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional
correspondiente.
d) Apoyar al comité de
vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en presupuesto
participativo.
e) Verificar que el
presupuesto participativo 2025 se sujete a la visión aprobada para el plan de
desarrollo concertado del distrito de Grocio Prado, los lineamientos
estratégicos y objetivos del mismo.
CAPÍTULO III: DE LOS
AGENTES PARTICIPANTES
Artículo 8º- Conformación
Son agentes participantes con voz y voto:
a) Los miembros del
Consejo de Coordinación Local Distrital de Grocio Prado.
b) Los representantes de
las organizaciones sociales e instituciones privadas que forman parte de la
sociedad debidamente identificados, acreditados y registrados para participar
directamente en el proceso de presupuesto participativo basado en resultados
2025.
c) Los Representantes de
las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en la jurisdicción
(unidades ejecutoras sectoriales, instituciones, organismos, programas y
proyectos especiales).
Son agentes participantes con voz y sin voto:
a) Los Miembros del Equipo
Técnico
b) Los profesionales
especializados debidamente inscritos
Artículo 9º.- Requisitos.
Son requisitos para ser agente participante, representante de
organizaciones sociales e instituciones privadas que forman parte de la
sociedad, para participar directamente en el proceso de presupuesto
participativo 2025, con derecho a voz y voto, los siguientes:
a) Pertenecer a una
organización social, institución privada o pública que posea documento de
reconocimiento y/o personería jurídica.
b) Ser elegido por la
asamblea general de su organización social como su representante ante el
proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025 y registrada
dicha elección en acta de asamblea general. Para efectos del registro y
acreditación de agentes participantes, no se aceptarán actas de sesión de su
junta directiva. En el caso de las instituciones privadas o públicas, las
personas designadas como agentes participantes serán seleccionadas por su
órgano directivo de más alto nivel correspondiente, detectando estas personas
la capacidad de decisión delegada del mismo.
c) Con el fin de fomentar la
equidad de género, las organizaciones sociales e instituciones públicas y
privadas elegirán dos agentes participantes, uno de sexo femenino y el otro de
sexo masculino, teniendo uno la condición de titular y la otra persona la
condición de suplente. De igual forma en aras de conservar la igualdad de
condiciones en cuanto a participación de organizaciones de barrios o sectores,
en este proceso sólo podrán acreditarse una organización por sector al que
pertenecen; para tal efecto se tomará en cuenta la demarcación territorial de
cada una de las organizaciones sociales.
d) Las organizaciones
sociales de base, tienen la responsabilidad de renovar anualmente la
inscripción de sus agentes participantes para su acreditación y correspondiente
registro, exceptuándose la de aquel que conforme el comité de vigilancia y
control del presupuesto participativo, en cuyo caso su acreditación y registro
seguirá siendo válido mientras dure su periodo de vigencia en el cargo.
Artículo 10º.- Responsabilidades
Las responsabilidades de los agentes participantes, según sus funciones
son las siguientes:
a) Participar con voz y
voto, en la discusión, definición, priorización, y toma de decisiones, respecto
de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como los proyectos a ser
considerados para contribuir al logro de dichos resultados.
b) Asistir a los talleres
de capacitación y de trabajo y demás convocatorias que se realicen durante el
proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025.
c) Proponer la ejecución de proyectos de inversión de impacto distrital en función de resultados precisos, teniendo en cuenta la cartera de proyectos alcanzada por el alcalde y la propuesta formulada por la entidad que representa.
d) Participar en la
priorización de los proyectos seleccionados, en función al presupuesto
disponible para inversión.
e) Suscribir el acta de
acuerdos y compromisos del proceso de presupuesto participativo basado en
resultados 2025, y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.
f) Respetar los acuerdos
adoptados en las distintas fases del proceso.
g) Cumplir con los
acuerdos y compromisos asumidos en el proceso participativo
h) Participar en la
elección de los miembros del comité de vigilancia y control; y, de los
representantes y técnicos de la sociedad civil en el equipo técnico.
i) Suscribir en
representación de su representada el cofinanciamiento de la ejecución de
proyectos de inversión a través de recursos financieros, físicos y/o de manos
de obra.
Artículo 11º.- Asamblea de Agentes Participantes
El taller de agentes participantes es la máxima instancia para la toma de
decisiones en cuanto a las acciones a acordarse en el marco del proceso de
presupuesto participativo basado en resultados 2025. Está conformada por todos
los agentes participantes, presididos por el alcalde del Distrito de Grocio
Prado.
Son atribuciones de la asamblea de agentes participantes, las siguientes:
a) Definir los criterios
de priorización de acciones y/o proyectos.
b) Priorizar los proyectos
seleccionados, en concordancia con el presupuesto disponible para inversión y
la cartera de proyectos propuesta por el alcalde.
c) Aprobar el Acta de
acuerdos y compromisos del proceso de presupuesto participativo basado en
resultados 2025.
d) Elegir a los miembros
del comité de vigilancia y control del presupuesto participativo.
e) Elegir a sus
representantes y expertos ante el equipo técnico.
CAPÍTULO IV: DE LAS
UNIDADES ORGÁNICAS DE LA MUNICIPALIDAD
Artículo 12° Oficina De Planificación y Presupuesto. -
Es el órgano de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado encargado de:
a) Proponer a las
instancias correspondientes el presupuesto institucional de apertura,
incorporando proyectos priorizados en el presupuesto participativo basado en
resultados 2025.
b) Remitir copia del Acta
de acuerdos y compromisos del proceso de presupuesto participativo basado en
resultados 2025, así como el documento del proceso a la dirección general del
presupuesto público.
c) Mantener activado el
aplicativo interactivo en las diversas fases del proceso.
Artículo 13° la oficina de Desarrollo Urbano. -
Es el órgano de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado encargado de:
a) Actualizar el
diagnóstico situacional e identificación de los problemas y alternativas de
solución, en materia del desarrollo urbano, para su presentación en los
talleres de trabajo del presupuesto participativo basado en resultados 2025.
b) Proponer los proyectos
de inversión pública, en materia de desarrollo urbano, de la cartera de
proyectos a presentarse al presupuesto participativo basado en resultados 2025.
c) Elaboración de los
estudios de pre inversión de los proyectos aprobados en el presupuesto
participativo basado en resultados 2025.
d) Elaboración de los
expedientes técnicos y/o estudios definitivos de los proyectos viabilizados.
e) Ejecución de los
proyectos, de su competencia, aprobados en el presupuesto institucional.
Artículo 14° La Oficina De Desarrollo Social. -
Es el órgano de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, encargada de:
1. Actualizar el padrón de
organizaciones sociales de base para su participación en el proceso de
presupuesto participativo.
2. Promover el proceso
eleccionario para la actualización de los representantes de la sociedad civil
que participaran en el proceso del presupuesto participativo.
3. Actualizar el
diagnostico situacional e identificación de los problemas y alternativas de
solución, en materia del desarrollo social, para su presentación en los
talleres de trabajo del presupuesto participativo basado en resultados 2024.
Artículo 15° la Oficina de Programación Multianual de inversiones. -
1. Determinar si la
propuesta se enmarca en la definición del proyecto de inversión pública, normas
del sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones INVIERTE.PE
2. Brindar información
relacionada con la situación de los proyectos de inversión pública registrados
en el sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones
INVIERTE.PE
CAPÍTULO V: DEL EQUIPO
TÉCNICO
Artículo 16°. - Conformación
El equipo técnico tiene a su cargo la preparación, suministro de
información, la evaluación técnica, la asesoría y servir como soporte técnico
permanente al proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025,
está conformado por:
a) El Sub Gerente de
Planificación y Presupuesto:
b) El Gerente Municipal;
c) El Contador
d) El Sub Gerente
Infraestructura y Desarrollo Urbano
e) El jefe de la Oficina
de Programación Multianual de Inversiones;
f) Dos (02) representantes
de la Sociedad Civil Elegidos Durante el Proceso:
Los representantes de la sociedad civil, serán elegidos al inicio de los
talleres de rendición de cuenta del presupuesto participativo basado en
resultados 2025, quienes se sumarán a los integrantes del equipo técnico de la
municipalidad.
Artículo 17°. - Roles del equipo técnico
Son roles del equipo técnico los siguientes:
a) Facilitar información
para el desarrollo de los talleres de trabajo.
b) Realizar la evaluación
técnica y financiera de los proyectos, verificando que corresponda al ámbito de
competencia de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado y a los estándares
técnico de INVERTE.PE cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos
priorizados en los talleres de trabajo
c) Preparar y presentar la
lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera.
d) Participar en los
talleres de capacitación desarrollando temas de su competencia para el
desarrollo de capacidades en los agentes y participantes; así como orientar y
facilitar el desarrollo de los talleres de trabajo.
e) Sistematizar la
información, elaborar los instrumentos normativos y técnicos que requiera el
proceso.
CAPÍTULO VI: DEL
COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN LOS RESULTADOS
2025
Artículo 18°. - Composición y vigencia del comité de vigilancia y
control.
El comité de vigilancia y control del presupuesto participativo – CVCD,
es un órgano colegiado de la sociedad civil, compuesto por un número mínimo de
cuatro (4) representantes ad honorem, los cuales son elegidos por mayoría
simple entre los agentes participantes durante el proceso de presupuesto
participativo
No son elegibles los miembros del consejo municipal, los representantes
de la sociedad civil ante el CCL, ni los miembros del equipo técnico del presupuesto
participativo.
El CVCD se conforma en el taller de formulación de acuerdos y compromisos
del presupuesto participativo basado en resultados 2025 y finaliza su labor en
el mes de diciembre del año siguiente.
Artículo 19°. - Requisitos para ser miembro del comité de vigilancia y
control.
Para ser miembro del comité de vigilancia y control del proceso de
presupuesto participativo basado en resultados 2025, es requisito:
a) Ser agente
participante, representante de una organización social de base o de institución
privada del distrito de Grocio Prado.
b) Radicar en el Distrito
de Grocio Prado;
c) No haber sido condenado
por delitos o sancionado administrativamente por faltas.
Artículo 20°. - Competencias Específicas.
a) Vigilar el cumplimiento
de los acuerdos de proceso del presupuesto participativo basado en resultados 2025 en la aprobación y ejecución
del presupuesto institucional, verificando que contengan los proyectos
priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso.
b) Vigilar que los
recursos del gobierno local destinados al presupuesto participativo del año
fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
c) Vigilar que los
recursos del gobierno local destinados al presupuesto participativo del año
fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
d) Vigilar que la sociedad
civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los
proyectos de inversión incluidos en el presupuesto participativo.
e) Solicitar formalmente
al alcalde, según sea el caso, de acuerdo a las normas de transparencia, la
información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia.
f) Informar semestralmente
al consejo de coordinación local distrital sobre los resultados de la
vigilancia.
g) Presentar un reclamo o
denuncia al consejo municipal, a la contraloría general de la república, al
ministerio público o a la defensoría del pueblo, en caso encuentren indicios o
pruebas de alguna irregularidad en el proceso del presupuesto participativo
basado en resultados 2025 o en la implementación de los acuerdos adoptados en
este.
h) Aprobar su organización
interna en uso de su autonomía, en el marco de la presente ordenanza y del
ordenamiento legal vigente.
Artículo 21°. - Información para el comité de vigilancia y control.
Para el desarrollo de sus acciones de vigilancia y control, el CVCD podrá
solicitar la información siguiente:
a) Cronograma de
inversiones donde se detalle la programación de los proyectos priorizados, con
precisión de las fechas de inicio y culminación de las etapas de pre inversión
e inversión, según corresponda.
b) El presupuesto
institucional de apertura correspondiente y sus modificaciones durante la
ejecución, cuando éstas afecten los acuerdos del presupuesto participativo.
c) Ejecución de gastos de
inversión trimestral, semestral y anual del avance en la ejecución de proyectos
de inversión según reporte del sistema integrado de administración financiera.
d) Podrá asimismo acceder
a la información sobre la situación presupuestaria de la municipalidad a través
del portal electrónico de transparencia y económica del ministerio de economía
y finanzas, así como vía la página web de la municipalidad
El alcalde informará al consejo de coordinación local distrital y comité
de vigilancia y control sobre el proyecto que por razones de inviabilidad
técnica deba ser reemplazada por otro alternativo, según la escala de prioridad
establecida participativamente.
TÍTULO III: FASES DEL
PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025
CAPÍTULO I: FASE 1:
PREPARACIÓN DEL PROCESO
Artículo 22°. - De la preparación del proceso
Esta fase de responsabilidad compartida entre el alcalde, los miembros
del consejo de coordinación local distrital, los regidores, el equipo técnico,
de la Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto, de la oficina de desarrollo
económico local, y de la unidad de imagen institucional comprende las
siguientes acciones.
a) Organización del
proceso de presupuesto participativo
b) Comunicación
c) Sensibilización
d) Convocatoria
e) Identificación,
registro y acreditación de agentes participantes
f) Capacitación de agentes
participantes
Artículo 23°. - Organización del proceso de presupuesto participativo
Esta acción implica la realización de todas las actividades conducentes a
la implementación del proceso de presupuesto participativo, y son las
siguientes: conformación del equipo técnico, elaboración del cronograma del
proceso debidamente detallado, elaboración y/o actualización del diagnóstico
situacional del distrito de Grocio Prado, selección de una cartera de proyectos
viables y que estén orientados al logro de resultados priorizados, recopilación
y preparación de información para los agentes participantes y aprobación de la
presente ordenanza que regula el proceso de presupuesto participativo basado en
resultados del año fiscal 2025.
Artículo 24°. - Comunicación
Esta acción involucra la necesidad de promover la participación
responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local
y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen.
Reforzar las organizaciones públicas y privadas del distrito al proceso
de presupuesto participativo basado en resultados 2025 para formular el
presupuesto participativo para el año 2025. La convocatoria se publicará a
través del portal electrónico o página web municipal, vitrina de publicación
visibles en la municipalidad. Asimismo, podrá utilizarse banderolas, afiches,
la radio difusión sonora o televisiva, periódicos, revistas u otros medios de
difusión disponibles.
Artículo 25°.- Sensibilización
Esta acción involucra la necesidad de promover la participación
responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local
y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen.
Reforzar la organización para que elijan representantes empoderados en el
tema de desarrollo local que den mayor calidad al proceso de participación.
Artículo 26° - Convocatoria
El alcalde, con la participación del consejo de coordinación local
distrital, convoca a la población debidamente organizada y a las organizaciones
públicas y privadas del distrito al proceso de presupuesto participativo,
basado en resultados 2025 para formular el presupuesto participativo para el
año 2025, la convocatoria se publicará a través del portal electrónico o página
web municipal, vitrinas de publicación visibles en la municipalidad. Asimismo,
podrá utilizarse banderolas, afiches, la radio, difusión sonora o televisiva,
periódicos, revistas u otros medios de emisión disponibles.
Artículo 27°. - Identificación, registro y acreditación de agentes
participantes
La Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto, será la encargada de
identificar, registrar y promover la acreditación de los agentes participantes
con el apoyo de la Sub Gerencia de Desarrollo Social; con este propósito
actualizará la base de datos con el registro de los agentes participantes que
representarán a las organizaciones de la sociedad civil, representantes de las
entidades representativas del distrito, representantes del gobierno nacional
designados , profesionales interesados en participar en el proceso de
presupuesto participativo basado en resultados 2025, y en general todas
aquellas instituciones y/o entidades representativas de la jurisdicción.
Para tal efecto, los representantes de las organizaciones de la sociedad
civil deberán presentar ante la oficina de trámite documentario de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado, una solicitud y una ficha de
información del solicitante según los formatos que se adjunta en la presente
ordenanza.
Los profesionales especializados interesados en participar formalmente en
el proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025, deberán
reunir los siguientes requisitos mínimos:
a) Acreditar experiencia
en procesos de planeamiento, sistema nacional de programación multianual y
gestión de inversiones INVIERTE.PE y presupuesto en el sector público.
b) Ser vecino del Distrito
de Grocio Prado.
Artículo 28°. - Capacitación de los agentes participantes
El equipo técnico, programa la relación de talleres de capacitación a fin
de desarrollar y/o consolidar en los agentes participantes capacidades en
materia de planeamiento concertado, inversión pública, presupuesto
participativo y democracia participativa. La capacitación es permanente durante
todo el año fiscal, a través de talleres de trabajo. “En la preparación y
facilitación, participaran los profesionales del equipo técnico; así como otros
expertos convocados para tal propósito.
CAPÍTULO II: FASE 2:
CONCERTACIÓN
Artículo 29º.- De la fase de concertación
En esta fase, los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado se reunirán con los representantes de los sectores públicos, privados y
de la sociedad civil para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico,
identificación de resultados y de proyectos de inversión que contribuyan al
logro de resultados a favor de la población. Comprende las acciones siguientes:
a) Desarrollo de talleres de
trabajo
b) Formalización de acuerdos y
compromisos del presupuesto participativo
Artículo 30º.- Desarrollo de Talleres de Trabajo
El proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025,
comprende talleres que podrían realizarse en más de una reunión de trabajo y
serán los siguientes:
a) Taller de rendición de
cuentas y de la organización del proceso.
El taller de rendición de cuentas que el alcalde realiza ante los agentes
participantes respecto al presupuesto participativo del año anterior, se
llevará a cabo en el Tercer Taller del Presupuesto Participativo.
Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el
presupuesto participativo anterior y modificaciones presupuestarias realizadas.
Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores
participantes del proceso.
Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados, de los
proyectos priorizados en el presupuesto participativo del año anterior.
Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el
presupuesto participativo anterior y modificaciones presupuestarias realizadas.
Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los
actores participantes del proceso.
Presupuesto inicial de apertura del presente ejercicio.
Inmediatamente después de la rendición de cuentas, se efectuará el
Informe de los Proyectos Priorizados para el año fiscal 2025.
b) Taller de
identificación y priorización de resultados:
En este espacio los agentes participantes revalidarán, redefinirán y/o
ajustarán la visión, ejes estratégicos, objetivos y proyectos – acciones
estratégicas que se incluirán en el plan de desarrollo concertado del distrito
de Grocio Prado, por recomendación del equipo técnico o por así considerarlo
necesario. La visión, ejes y objetivos estratégicos son únicos para todas las
instituciones públicas y privadas del distrito de Grocio Prado y orientará las
iniciativas e inversiones de los diversos actores económicos, sociales e
institucionales, así como la formulación de las políticas regionales y locales.
Así mismo las unidades orgánicas de la municipalidad, como integrante del
equipo técnico, expondrán sobre el diagnóstico situacional, temático y
territorial de su ámbito de competencia, con el objeto de ser utilizado en la
identificación y priorización de los resultados, los cuales están vinculados a
la solución de un problema prioritario de la población.
En este taller los agentes participantes discutirán y definirán los
criterios para la priorización de los resultados definidos en el marco del
presupuesto participativo basado en resultados 2025 y en el plan de desarrollo
concertado del distrito de Grocio Prado. Los agentes participantes, con el
apoyo del equipo técnico, deberán asignar puntajes a cada criterio para poder
priorizar los resultados a ser acordados.
c) Taller de
identificación de acciones basadas en resultados
En este taller los agentes participantes identifican y proponen proyectos
de impacto, basados en resultados para superar los problemas priorizados y
aprovechar las potencialidades identificadas.
Los niveles de las propuestas pueden ser:
Nivel de ideas – cuando no cuenten con ningún estudio realizado.
Nivel de Pre inversión. - cuando tengan estudios a nivel de Perfil o
Factibilidad.
Nivel de inversión. - cuando tengan estudios a nivel de Expediente
Técnico o Estudio Definitivo.
Los proyectos deberán presentar como mínimo la siguiente información:
Nivel de impacto del proyecto
• Nombre del proyecto
• Población beneficiada
• Problemas específicos
que contribuyan a solucionar / Potencialidad que aprovecha
• Causas del problema
• Identificación de
alternativas de Solución (Qué acciones pueden desarrollarse para resolver el
problema)
• Producto previsto
• Resultado esperado
• Descripción del
proyecto (detalle de la alternativa elegida)
• Monto Total del
proyecto (incluyendo costos de mantenimiento)
• Ejecutor
• Entidad responsable
del mantenimiento
• Fuentes de
Financiamiento (con señalamiento de los compromisos que están dispuestos a
asumir sus organizaciones de la Sociedad Civil, organismos públicos o la
cooperación técnica internacional para la implementación de tales acciones).
Estas fichas sobre las acciones o proyectos serán entregadas al Equipo
Técnico, para la Evaluación Técnica correspondiente.
d) Evaluación Técnica y
perfeccionamiento técnico de los proyectos.
El Equipo Técnico realizará en reuniones de trabajo, la evaluación
técnica y financiera de las propuestas de proyectos presentadas en los talleres
anteriores y la formulación de proyectos que respondan a los problemas
priorizados.
Los resultados de la evaluación técnica será una lista de proyectos que
el Equipo Técnico presentará para ser discutida en los Talleres de Priorización
de Formalización de Acuerdos. Si el proyecto tiene naturaleza multianual,
deberá presentarse los montos estimados de inversión por año, a fin de conocer
los niveles de inversión que deberán ser considerados en los montos de
inversión que se asignarán al presupuesto participativo de los años siguientes.
El Equipo Técnico identificará y evaluará los estudios de pre inversión u
otros que sean necesarios, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de inversiones INVIERTE.PE, a fin de valorar
la viabilidad técnico – operativa de los proyectos públicos presentados a ser
considerados en el presupuesto participativo basado en resultados 2025.
e) Taller de Priorización de
inversión
El taller de priorización de proyectos en base a resultados se realizará
luego de efectuada la evaluación que realice el Equipo Técnico a la lista de
proyectos identificados en el taller anterior. En este taller, el representante
del Equipo Técnico presentará la lista de proyectos públicos presentados a ser
considerados a dichos proyectos a priorizar.
Los agentes participantes priorizarán los proyectos que pasaron la
evaluación técnica utilizando los criterios de priorización y puntajes en base
a resultados definidos en el taller de definición de los mismos. En el caso que
una acción contemplara el aporte de la población beneficiaria, este deberá estar
refrendado por un Acta de Compromiso suscrita por la Asamblea General de la
Organización que presenta la propuesta, la cual será entregada por sus Agentes
Participantes al Equipo Técnico antes de la priorización de los proyectos.
A continuación, el representante del Equipo Técnico ordenará los
proyectos de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los más
prioritarios y los de menor puntaje los menos prioritarios. Finalmente, se
precisará el costo total de cada proyecto y si cuenta con confinamiento, se
indicará el monto para conocimiento de todos los participantes.
Los resultados de este taller deberán ser la lista de proyectos
priorizados y un acta donde se formalizan los acuerdos adoptados en el proceso
que serán recogidos en el Documento de Presupuesto Participativo.
Los proyectos de inversión que por limitación presupuestales no logren
financiamiento, se incluyen en una lista o proyectos alternativos que deberán
recogerse en el acta y compromisos, para su consideración en el presupuesto
participativo del año siguiente. Si durante la fase de ejecución del
presupuesto institucional existiera mayor disponibilidad de recursos, estos
proyectos deben ser incorporado mediante las modificatorias presupuestarias
correspondientes.
F) Formulario de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo
La aceptación, formulación y aprobación de acuerdos correspondientes en
el proceso de presupuesto participativo basado en resultados 2025, serán
establecidos por los talleres de agentes participantes por consenso y si no
fuera posible esto, por votación a favor de la mitad más uno de los agentes
participantes con derecho a voto en primera convocatoria y en segunda
convocatoria bastará con las votaciones de la mayoría simple de los agentes
participantes asistentes con derecho a voto.
El Equipo Técnico elaborará el Acta de Acuerdos y Compromisos del
Presupuesto Participativo.
El Alcalde presentará los resultados del presupuesto participativo,
consolidados en el acta de acuerdos y Compromisos a los agentes participantes
para su consideración y aprobación final
CAPÍTULO III: FASE 3:
COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
Artículo 31º.- De la coordinación entre los Niveles de Gobierno
Esta fase implica las acciones de articulación y consistencia de los
proyectos, comprendiendo las siguientes actividades:
a) Articulación
distrital – provincial de las acciones y proyectos.
b) Articulación provincial
– regional de las acciones y proyectos.
Artículo 32º.- Articulación DISTRITAL – PROVINCIAL de las acciones y proyectos
El Alcalde del Distrito de Grocio Prado, en su condición de Titular del
Pliego y como Presidente del Consejo de Coordinación Local distrital,
presentará bajo responsabilidad, ante el alcalde provincial y del Consejo de
Coordinación Local provincial, las acciones y proyectos de nivel, impacto o
competencia regional, priorizados y aprobados en el Proceso de Presupuestos
Participativo basado en resultados 2025, para su inclusión en el Presupuesto
Institucional 2025 del distrito de Grocio Prado.
Artículo 33º.- Consistencia de los proyectos
Con el fin de darle coherencia y solidez a los proyectos de trascendencia
o impacto distrital, el Equipo Técnico conjuntamente con la Unidad Formuladora
de Proyectos de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, ejecutarán acciones
de mejoramiento técnico de las acciones y proyectos propuestos en el Proceso de
Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2025, durante y después del
mismo, en caso sean priorizados y aprobados.
CAPÍTULO IV: FASE 4:
FORMALIZACIÓN
Artículo 34º.- La formalización de acuerdos
Esta fase considera las actividades para la inclusión de las prioridades
concentradas en el respectivo presupuesto institucional y la rendición de
cuentas sobre la ejecución.
La formalización de acuerdos comprende las siguientes actividades:
b) Inclusión de los
proyectos priorizados en el Presupuesto Institucional
c) Publicación de los
documentos del Proceso de Presupuestos Participativo Basado en Resultados 2025.
Artículo 35º.- Suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos
Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital de Grocio Prado,
presididos por el alcalde y demás Agentes Participantes, formalizan los
acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener
las firmas de todos los Agentes Participantes, tanto de los representantes del
sector público como de la sociedad civil.
Previo a la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos, se llevará a
cabo la elección del Comité de Vigilancia y Control del presupuesto
participativo.
Artículo 36º.- Inclusión de los proyectos priorizados en el presupuesto
institucional
Los proyectos priorizados y aprobado serán incluidos por la Sub Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto en el Presupuesto Institucional de la Municipal
Distrital de Grocio Prado en el orden de la relación establecido en el Proceso
de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2025, dando cuenta de tal
acto al titular del pliego y al Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto
Participativo.
CAPITULO V:
PUBLICACION DE LOS RESULTADOS DEL PROCESO Y CRONOGRAMA
Artículo 37º.- Publicación de los Documentos del Proceso De Presupuesto
Participativo Basado en Resultados 2025.
Luego de aprobados por el Concejo Municipal los documentos del Proceso de
Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2025, el alcalde dispondrá su
publicación para conocimiento de la comunidad, en el portal Web de la
Municipalidad. Asimismo, los detalles del proceso participativo y sus
resultados, serán registrados en el aplicativo del Presupuesto Participativo
del Ministerio de Encomia y Finanzas, en su debida oportunidad.
TITULO IV:
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA. - Los Órganos y Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital
de Grocio Prado están obligados por la presente a brindar el apoyo que requiera
la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto dentro de los plazos que ella
establezca, a fin de dar cumplimiento al Desarrollo del Proceso de Presupuestos
Participativo Basado en Resultados 2025.
SEGUNDA. - Los avances de la programación del Proceso de Presupuesto
Participativo Basado en Resultados 2025 serán publicados en el Portal
Electrónico de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado. Los documentos del
proceso de planeamiento constituyen información pública, que serán publicados
por citado medio.
TERCERA. - Encárguese a la Gerencia Municipal, la Sub Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, a los demás Órganos y Unidades Orgánicas referidos
en la presente Ordenanza el cumplimiento de la misma.
CUARTA. - Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía
dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias a la presente
Ordenanza.
QUINTA. - Deróguese las normas que se opongan a la presente Ordenanza.
SEXTA. - La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación.
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
VICTOR HUGO PACHAS
MORAN
ALCALDE
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