No adoptar medidas preventivas en favor de
trabajadores que realizan labores a la intemperie está tipificado como
infracción grave en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó los derechos
que tienen los obreros municipales que realizan trabajos a la intemperie, dada
la elevada sensación térmica que se registra por estos días en Lima, Piura,
Tumbes y otras regiones del país.
Por ello, la Sunafil anotó que es necesario
implementar medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por
exposición prolongada a la radiación solar, responsabilidad que recae en el
empleador municipal a través del encargado de Seguridad y Salud de los
gobiernos locales.
Entre estas medidas, se debe entregar a cada obrero
protección solar y bloqueador, así como otorgar un tiempo mínimo de
recuperación, ante la existencia de estrés térmico; luego de ese descanso, el
operario podrá continuar con sus labores habituales. Así quedó establecido en
el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Obreros Municipales del
Perú.
Entre los elementos de protección solar están los sombreros
de ala ancha, el protector de nuca, gorros, lentes de sol con protección UV,
así como agua para garantizar la hidratación.
No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y los
controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los
trabajadores, así como no considerar acciones de prevención son tipificadas
como infracciones graves en materia de seguridad y salud en el trabajo.
También es una infracción grave, no cumplir con las
obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los
trabajadores, acerca de los riesgos del puesto de trabajo y sobre las medidas
preventivas aplicables.
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