viernes, 29 de diciembre de 2023

Municipalidad Provincial de Pisco ACUERDO

 

Municipalidad Provincial de Pisco

ACUERDO N°129-2023-MPP

Pisco, 30 de noviembre de 2023

 

VISTO:

En la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 30 de noviembre de 2023, en la estación Orden del Día como segundo punto, con Oficio N°0590-2023-ALC/MDSA promovido por el señor Joel André De la Cruz Canelo, en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Andrés, registrado con Exp. Adm. N°24778 de fecha 31 de octubre de 2023, donde solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal N°014-2023-MDSA – ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2024 , y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a la Constitución Política del Perú Ley en el Título IV, Capítulo XIV, Artículo 194° preceptúa que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia…”

Que, los Gobiernos Locales son Órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, en el artículo 74° y 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N°816, establecen que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la Ley;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que, mediante Ordenanza N°005-2012-MPP de fecha 17 de febrero del 2012, la Municipalidad Provincial de Pisco, establece el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales para la Provincia de Pisco, en cuyo artículo cuarto señala: “La presentación de las solicitudes de ratificación deberá efectuarse ante la Mesa de Parte de la Municipalidad Provincial y se sujetará al siguiente cronograma:  a) Hasta el último día hábil del mes de Julio del año, las Ordenanzas sobre derechos de tramitación de procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA municipal”

Que, mediante la Ordenanza N°012-2023-MPP de fecha 31 de octubre de 2023, aprobó la ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 4° DE LA ORDENANZA N°005-2012-MPP SOBRE CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE RATIFICACIÓN, el artículo 4° de la ORDENANZA N°005-2012-MPP, inciso b) sobre el Cronograma para la Presentación de solicitudes de Ratificación de las Ordenanzas que establezcan Arbitrios aplicables, a partir del ejercicio siguiente, inciso b) hasta el último día hábil del mes de noviembre del año;

Que, el Informe N°01089-2023-MPP/OGAT de fecha 09 de noviembre de 2023, el Director de la Oficina General de Administración Tributaria, comunica que la Municipalidad Distrital de San Andrés, viene promoviendo la mejora de la prestación de sus servicios, para lo cual resulta importante promover una mejor recaudación de arbitrios municipales, aplicando los mejores criterios de equipo, con el fin de que los recursos recaudados sean reinvertidos en la mejora de servicios públicos y  quedara sostenida la ratificación por parte de la entidad y se apruebe el régimen tributario de los servicios para el año 2024, presentado por la Municipalidad Distrital de San Andrés;

Que, el Informe N°02441-2023-MPP/OGAJ de fecha 17 de noviembre de 2023, el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que la Ordenanza Municipal N°014-2023-MDSA – ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2024, ha cumplido con el procedimiento establecido en la Ordenanza N°005-2012-MPP, y su modificatoria con la Ordenanza N°012-2023-MPP por lo que resulta procedente su ratificación;

Que, sometido a consideración del Pleno del Concejo Municipal en uso de las facultades, luego de las deliberaciones y opiniones que, corren en el libro de actas y al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972, Articulo 9° así mismo en el Artículo 41° el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, de sus miembros asistentes, con la dispensa de la lectura y aprobación de Actas.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la ratificación de la Ordenanza Municipal N°014-2023-MDSA – ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2024, de la Municipalidad Distrital de San Andrés.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR, el presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de San Andrés, para que prosiga con los trámites correspondientes conforme a Ley.

Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.

PEDRO EDGAR FUENTES HERNANDEZ

ALCALDE

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