Municipalidad Provincial de Pisco
ACUERDO N°129-2023-MPP
Pisco, 30 de noviembre de 2023
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo
Municipal de fecha 30 de noviembre de 2023, en la estación Orden del Día como
segundo punto, con Oficio N°0590-2023-ALC/MDSA promovido por el señor Joel
André De la Cruz Canelo, en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital
de San Andrés, registrado con Exp. Adm. N°24778 de fecha 31 de octubre de 2023,
donde solicita la ratificación de la Ordenanza Municipal N°014-2023-MDSA –
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS
MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN
FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO
2024 , y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a la Constitución
Política del Perú Ley en el Título IV, Capítulo XIV, Artículo 194° preceptúa
que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de
gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia…”
Que, los Gobiernos Locales son
Órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica y
plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los
artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
Que, en el artículo 74° y 195° de
la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Código
Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N°816, establecen que los
Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir
contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, con los
límites que señala la Ley;
Que, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 40° de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades
Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, mediante Ordenanza
N°005-2012-MPP de fecha 17 de febrero del 2012, la Municipalidad Provincial de
Pisco, establece el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Tributarias
Distritales para la Provincia de Pisco, en cuyo artículo cuarto señala: “La
presentación de las solicitudes de ratificación deberá efectuarse ante la Mesa
de Parte de la Municipalidad Provincial y se sujetará al siguiente
cronograma: a) Hasta el último día hábil
del mes de Julio del año, las Ordenanzas sobre derechos de tramitación de
procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA
municipal”
Que, mediante la Ordenanza
N°012-2023-MPP de fecha 31 de octubre de 2023, aprobó la ORDENANZA QUE MODIFICA
EL ARTÍCULO 4° DE LA ORDENANZA N°005-2012-MPP SOBRE CRONOGRAMA PARA LA
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE RATIFICACIÓN, el artículo 4° de la ORDENANZA
N°005-2012-MPP, inciso b) sobre el Cronograma para la Presentación de
solicitudes de Ratificación de las Ordenanzas que establezcan Arbitrios
aplicables, a partir del ejercicio siguiente, inciso b) hasta el último día
hábil del mes de noviembre del año;
Que, el Informe
N°01089-2023-MPP/OGAT de fecha 09 de noviembre de 2023, el Director de la
Oficina General de Administración Tributaria, comunica que la Municipalidad
Distrital de San Andrés, viene promoviendo la mejora de la prestación de sus
servicios, para lo cual resulta importante promover una mejor recaudación de
arbitrios municipales, aplicando los mejores criterios de equipo, con el fin de
que los recursos recaudados sean reinvertidos en la mejora de servicios
públicos y quedara sostenida la
ratificación por parte de la entidad y se apruebe el régimen tributario de los
servicios para el año 2024, presentado por la Municipalidad Distrital de San
Andrés;
Que, el Informe
N°02441-2023-MPP/OGAJ de fecha 17 de noviembre de 2023, el Director de la
Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que la Ordenanza Municipal
N°014-2023-MDSA – ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS
ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN Y
DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL
EJERCICIO 2024, ha cumplido con el procedimiento establecido en la Ordenanza
N°005-2012-MPP, y su modificatoria con la Ordenanza N°012-2023-MPP por lo que
resulta procedente su ratificación;
Que, sometido a consideración del
Pleno del Concejo Municipal en uso de las facultades, luego de las
deliberaciones y opiniones que, corren en el libro de actas y al amparo de la
Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972, Articulo 9° así mismo en el
Artículo 41° el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, de sus miembros
asistentes, con la dispensa de la lectura y aprobación de Actas.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la
ratificación de la Ordenanza Municipal N°014-2023-MDSA – ORDENANZA MUNICIPAL
QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA
PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS
SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2024, de la
Municipalidad Distrital de San Andrés.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR, el
presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de San Andrés, para que prosiga
con los trámites correspondientes conforme a Ley.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese
y Archívese.
PEDRO EDGAR FUENTES HERNANDEZ
ALCALDE
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