viernes, 1 de diciembre de 2023

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA MUNICIPAL

 

  Municipalidad Provincial de Chincha

 ORDENANZA MUNICIPAL N° 019-2023-MPCH

Chincha, 30 de noviembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de noviembre de 2023;

VISTO: el Informe N° 1388-2023/GAT-MPCH de fecha 22 de noviembre del 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe Legal N° 4061-2023-GAJ/MPCH, de fecha  28 de noviembre del 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 442-2023/GM-MPCH, de fecha 29 de noviembre del 2023 de la Gerencia Municipal, respecto al Proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº034-04-MPCH DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE 2004 QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS DISTRITALES DE LA PROVINCIA DE CHINCHA”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley N° 30305, artículo 40° de la Ley 27783 –Ley de Bases de la Descentralización y el artículo II de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo 74° de la misma norma, les otorga la potestad tributaria de crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias, y derechos municipales;

Que, las Ordenanzas de las municipalidades son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; conforme lo establece el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que, lo dispuesto en el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedida por las municipalidades distritales, estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción;

Que, de la consulta a Gerencia de Secretaría General, respecto a la Ordenanza Municipal Nº 014-2022-MPCH, que aprobaba la “Ordenanza del Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Chincha” emitido con fecha 03 de agosto de 2022 que aparece publicada en el portal web gob.pe; NO SE HALLA PUBLICACIÓN FÍSICA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN, y de la consulta en el diario no existe registro alguno, acto obligatorio de haberse realizado para determinar la validez de la Ordenanza Municipal;

Que, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en múltiples ocasiones sobre la publicación de las normas municipales y precisando que en el portal web se puede publicar los documentos anexos o reglamentarios que formen parte de la Ordenanza Municipal, la misma que debe ser publicada en la misma fecha en el diario oficial;

Que, no teniendo validez y por ende estar  sin vigencia la Ordenanza Municipal Nº 014-2022-MPCH; mantiene aún su vigencia la Ordenanza Municipal Nº 034-04-MPCH que aprueba el procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Distritales de la Provincia de Chincha; en vista de ello, la Gerencia de Administración Tributaria con la finalidad de promover el ordenamiento del marco jurídico y en forma progresiva mejorar la formulación correcta de las ordenanzas municipales en materia tributaria dentro de los plazos y siguiendo los criterios jurisdiccionales para su aprobación interna en su institución y posterior remisión a nuestra institución para ser ratificadas y publicadas todo su contenido hasta el 31 de diciembre de 2023, PROPONE POR ÚNICA VEZ DE FORMA EXCEPCIONAL lo siguiente:

Modifíquese por única vez y de forma excepcional el último párrafo del artículo 2º de la Ordenanza Nº034-04-MPCH; quedando literalmente de la siguiente forma:

“(…) En cuanto a Ordenanzas que aprueban tasas por arbitrios, y a efectos que el procedimiento de ratificación sea culminado oportunamente antes del plazo otorgado por la Ley de Tributación Municipal para su publicación, las Municipalidades Distritales deberán iniciar el procedimiento de ratificación de dichas Ordenanzas a más tardar hasta el día 11 de diciembre de 2023 ingresando por mesa de partes todos los requisitos necesarios y validos;”

Que, estando a lo dispuesto en el Informe N° 1388-2023-GAT/MPCH de fecha 22 de noviembre del 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 442-2023-GM/MPCH, de fecha 29 de noviembre del 2023 de la Gerencia Municipal, con el Informe Legal 4061-2023-GAJ/MPCH de fecha 28 de noviembre del 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica quien emite informe favorable y conveniente a fin de dar conformidad a la presente Ordenanza; en uso de sus facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; con la votación referida del Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con dispensa de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº034-04-MPCH DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE 2004 QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS DISTRITALES DE LA PROVINCIA DE CHINCHA

Artículo Primero. - Modifíquese por única vez y de forma excepcional, el último párrafo del artículo 2º de la Ordenanza Nº 034-04-MPCH; quedando literalmente de la siguiente forma: “(…) En cuanto a Ordenanzas que aprueban tasas por arbitrios, y a efectos que el procedimiento de ratificación sea culminado oportunamente antes del plazo otorgado por la Ley de Tributación Municipal para su publicación, las Municipalidades Distritales deberán iniciar el procedimiento de ratificación de dichas Ordenanzas a más tardar hasta el día 11 de diciembre de 2023 ingresando por mesa de partes todos los requisitos necesarios y válidos.

Artículo Segundo. - La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de circulación local de la provincia de Chincha.

Artículo Tercero. - Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración, Subgerencia de Logística, Gerencia de Secretaría General, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto. -  Encargar a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha https://municipalidadchincha.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase

CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

ALCALDE

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