lunes, 18 de diciembre de 2023

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ACUERDO DE CONCEJO

 

Municipalidad Distrital de Grocio Prado

ACUERDO DE CONCEJO N° 092-2023-MDGP/CM

Grocio Prado 07 de noviembre de 2023.

VISTO:

La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 07 de noviembre de 2023; Formulario Único de Trámite (FUT), presentado por el señor Roque Manuel Félix Guerra, con registro N° 7296-2023, de fecha 18 de agosto de 32023, solicita inspección en camal clandestino, ubicado en calle Satélite, distrito de Grocio Prado, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo prescrito en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional N° 27680, N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico en vigor.

Que, el artículo 9° numeral 15) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece como atribución del Concejo Municipal, constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento.

Que, la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, como órgano de gobierno local emanado de la voluntad popular, tiene como uno de sus objetivos fundamentales el de promover el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, entre otras, y así propiciar las mejores condiciones de vida de su población, conforme lo establece el artículo X del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en este mismo sentido el inc. 15) del artículo 9° de la precitada norma, establece que el Concejo Municipal constituye Comisiones Ordinarias y Especiales, integradas por los Regidores, en áreas básicas de servicios y de gestión municipal;

Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 29° del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Grocio Prado, establece que las Comisiones estarán constituidas por regidores designados mediante Acuerdo de Concejo. Las Comisiones pueden ser Permanentes y Especiales.

Que, de conformidad con el artículo 31° del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Grocio Prado, establece que "Las comisiones especiales se constituyen por Acuerdo de Concejo para asuntos específicos que no correspondan a ninguna de las comisiones permanentes y porque su importancia así lo requiere. El acuerdo de concejo, para la ejecución de la labor, determinará con claridad el encargo y plazo de la comisión, estableciendo su constitución y demás miembros;

En estación ORDEN DEL DÍA, de la Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 07 de noviembre de 2023, el regidor Nicolás Pavel Yataco Fox, solicitó se conforme una Comisión Especial de Regidores del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, con la finalidad de “FISCALIZAR LOS TRABAJOS REALIZADOS EN LA SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, RESPECTO  A LOS CAMALES DE POLLOS, GRANJAS AVICOLAS, QUE VIENEN REALIZANDO ACTIVIDADES, SIN CONTAR CON PERMISOS O LICENCIAS  DE FUNCIONAMIENTO EXPEDIDAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE GROCIO PRADO”, siendo aprobada  ésta moción por Unanimidad por el pleno del Concejo Municipal;

Estando a las facultades conferidas en el numeral 26 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:

ACUERDO:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la conformación de la Comisión Especial de Regidores del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, para “FISCALIZAR LOS TRABAJOS REALIZADOS EN LA SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, RESPECTO A LOS CAMALES DE POLLOS, GRANJAS AVICOLAS, QUE VIENEN REALIZANDO ACTIVIDADES, SIN CONTAR CON PERMISOS O LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EXPEDIDAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE GROCIO PRADO”, la misma que quedó conformada de la siguiente manera:

REGIDOR: TOMAS DANIEL CARBAJAL MUNAYCO          PRESIDENTE

REGIDOR: NICOLÁS PAVEL YATACO FOX                           PRIMER MIEMBRO

REGIDORA: SANDRA ELIZABETH VÁSQUEZ YATACO   SEGUNDO MIEMBRO

ARTÍCULO SEGUNDO. – Las comisiones deben presentar sus dictámenes, informes y proyectos dentro de los plazos establecidos para cada caso. Si no se señala plazo, debe entenderse que son 30 (treinta) días calendario. Y, si lo considera insuficiente, la comisión podrá solicitar al Pleno una prórroga hasta por 15 días más, debidamente fundamentado. Conforme se establece en el artículo 34° del Reglamento Interno de Concejo (RIC) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.

ARTÍCULO TERCERO. – Las comisiones de regidores pueden solicitar por escrito a la alcaldía las informaciones que requieran para el cumplimiento de sus funciones. Los funcionarios municipales requeridos por las comisiones, están obligados a presentar los informes solicitados dentro del plazo máximo de 05 días hábiles de notificados, bajo responsabilidad. Conforme lo establece el artículo 35° del Reglamento Interno de Concejo (RIC) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.

ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR al responsable de la Unidad de Racionalización e Informática, la publicación del presente acuerdo en la página web de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado: https://www.munigrocioprado.gob.pe

REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.