Municipalidad Distrital de Grocio Prado
ACUERDO DE CONCEJO N° 092-2023-MDGP/CM
Grocio Prado 07 de noviembre de
2023.
VISTO:
La Sesión Ordinaria de Concejo
Municipal de fecha 07 de noviembre de 2023; Formulario Único de Trámite (FUT),
presentado por el señor Roque Manuel Félix Guerra, con registro N° 7296-2023,
de fecha 18 de agosto de 32023, solicita inspección en camal clandestino,
ubicado en calle Satélite, distrito de Grocio Prado, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo prescrito en el
artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de
Reforma Constitucional N° 27680, N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley
N°27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico en vigor.
Que, el artículo 9° numeral 15) de
la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece como atribución
del Concejo Municipal, constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme
a su reglamento.
Que, la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado, como órgano de gobierno local emanado de la voluntad popular,
tiene como uno de sus objetivos fundamentales el de promover el desarrollo
integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la
sostenibilidad ambiental, entre otras, y así propiciar las mejores condiciones
de vida de su población, conforme lo establece el artículo X del Título
Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en este mismo sentido
el inc. 15) del artículo 9° de la precitada norma, establece que el Concejo
Municipal constituye Comisiones Ordinarias y Especiales, integradas por los
Regidores, en áreas básicas de servicios y de gestión municipal;
Que, de conformidad a lo dispuesto
por el artículo 29° del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Grocio
Prado, establece que las Comisiones estarán constituidas por regidores
designados mediante Acuerdo de Concejo. Las Comisiones pueden ser Permanentes y
Especiales.
Que, de conformidad con el artículo
31° del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Grocio Prado, establece que
"Las comisiones especiales se constituyen por Acuerdo de Concejo para
asuntos específicos que no correspondan a ninguna de las comisiones permanentes
y porque su importancia así lo requiere. El acuerdo de concejo, para la
ejecución de la labor, determinará con claridad el encargo y plazo de la
comisión, estableciendo su constitución y demás miembros;
En estación ORDEN DEL DÍA, de la
Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 07 de noviembre de 2023, el regidor
Nicolás Pavel Yataco Fox, solicitó se conforme una Comisión Especial de
Regidores del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado,
con la finalidad de “FISCALIZAR LOS TRABAJOS REALIZADOS EN LA SUBGERENCIA DE
DESARROLLO ECONÓMICO, RESPECTO A LOS
CAMALES DE POLLOS, GRANJAS AVICOLAS, QUE VIENEN REALIZANDO ACTIVIDADES, SIN
CONTAR CON PERMISOS O LICENCIAS DE
FUNCIONAMIENTO EXPEDIDAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE GROCIO PRADO”, siendo
aprobada ésta moción por Unanimidad por
el pleno del Concejo Municipal;
Estando a las facultades conferidas
en el numeral 26 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972,
con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la
conformación de la Comisión Especial de Regidores del Concejo Municipal de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado, para “FISCALIZAR LOS TRABAJOS REALIZADOS
EN LA SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, RESPECTO A LOS CAMALES DE POLLOS,
GRANJAS AVICOLAS, QUE VIENEN REALIZANDO ACTIVIDADES, SIN CONTAR CON PERMISOS O
LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EXPEDIDAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRTAL DE GROCIO
PRADO”, la misma que quedó conformada de la siguiente manera:
REGIDOR: TOMAS DANIEL CARBAJAL
MUNAYCO PRESIDENTE
REGIDOR: NICOLÁS PAVEL YATACO FOX PRIMER MIEMBRO
REGIDORA: SANDRA ELIZABETH VÁSQUEZ
YATACO SEGUNDO MIEMBRO
ARTÍCULO SEGUNDO. – Las comisiones
deben presentar sus dictámenes, informes y proyectos dentro de los plazos
establecidos para cada caso. Si no se señala plazo, debe entenderse que son 30
(treinta) días calendario. Y, si lo considera insuficiente, la comisión podrá
solicitar al Pleno una prórroga hasta por 15 días más, debidamente
fundamentado. Conforme se establece en el artículo 34° del Reglamento Interno
de Concejo (RIC) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO TERCERO. – Las comisiones
de regidores pueden solicitar por escrito a la alcaldía las informaciones que
requieran para el cumplimiento de sus funciones. Los funcionarios municipales
requeridos por las comisiones, están obligados a presentar los informes
solicitados dentro del plazo máximo de 05 días hábiles de notificados, bajo
responsabilidad. Conforme lo establece el artículo 35° del Reglamento Interno
de Concejo (RIC) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR al
responsable de la Unidad de Racionalización e Informática, la publicación del
presente acuerdo en la página web de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado: https://www.munigrocioprado.gob.pe
REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
VICTOR HUGO PACHAS MORAN
ALCALDE
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