jueves, 30 de noviembre de 2023

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA FE DE ERRATAS

 

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

FE DE ERRATAS

ORDENANZA N° 017-2023-MPCH

 Mediante Carta N° 081-2023-GSG/MPCH, la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Chincha solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N.º 017-2023-MPCH, publicado en la edición del día miércoles 29 de noviembre del 2023 (Pág. 03), tal como se indica;

Segundo párrafo del Considerando

DICE:

Que, mediante Ley N° 27933  Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modificado por la Ley N° 28863,  tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana que garantiza una situación de paz social; por tal motivo resulta necesario establecer la efectiva ejecución de los Planes Integrados de Seguridad Ciudadana entre la Policía Nacional  y los Gobiernos Locales, en concordancia  con el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana -SENADEC, así como  determinar los procedimientos para la implementación y ejecución de dichos planes;

DEBE DECIR:

Que, mediante Ley N° 27933  Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modificado por la Ley N° 28863,  tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana que garantiza una situación de paz social; por tal motivo resulta necesario establecer la efectiva ejecución de los Planes Integrados de Seguridad Ciudadana entre la Policía Nacional  y los Gobiernos Locales, en concordancia  con el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana -SINASEC, así como  determinar los procedimientos para la implementación y ejecución de dichos planes;

Quinto párrafo del Considerando

DICE: Que, la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC se aprueba Lineamientos Tecnológicos para la Formulación, Aprobación, Implantación y Actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana. El Plan de Acción de Seguridad Ciudadana tiene un periodo de vigencia de implantación de cuatro (4) años, y se formulan un (1) año antes de su implementación. No obstante, estos pueden ser actualizados analmente, siempre y cuando se cumplan con uno o más criterios establecidos en el Anexo IX de la presente Directiva; asimismo, en el numeral 7.2.2 Aprobación de PAPSC señala 7.2.2.1 habiéndose validado la propuesta del PAPSC por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana, el presidente de COPROSEC propone ante el Conejo Municipal de la Municipalidad Provincial la APROBACION  del mismo 7.2.2.2 El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial aprueba el PAPSC mediante Ordenanza Provincial en el más corto plazo, logrado cumplir este objetivo antes del término del mismo año de su formulación. 7.2.2.3 La Secretara Técnica del CORPOSEC publica el PAPSC aprobado en la página web institucional de la Municipalidad Provincial para conocimiento de la ciudadanía en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles posteriores a su aprobación.   7.2.2.4 La Secretara Técnica del COPROSEC registra el PAPSC aprobado y su respectiva Ordenanza Provincial en la plataforma digital implementada por la DGSC en un plazo de diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación;

DEBE DECIR: Que, la Directiva N° 006-2023-IN-DGSC se aprueba Lineamientos Técnicos para la Formulación, Aprobación, Implementación y Actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana. El Plan de Acción de Seguridad Ciudadana tiene un periodo de vigencia de implantación de cuatro (4) años, y se formulan un (1) año antes de su implementación. No obstante, estos pueden ser actualizados anualmente, siempre y cuando se cumplan con uno o más criterios establecidos en el Anexo IX de la presente Directiva; asimismo, en el numeral 7.2.2 Aprobación de  PAPSC señala 7.2.2.1 habiéndose validado la propuesta del PAPSC por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana, el presidente de COPROSEC propone ante el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial la APROBACION  del mismo 7.2.2.2 El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial aprueba el PAPSC mediante Ordenanza Provincial en el más corto plazo, logrado cumplir este objetivo antes del término del mismo año de su formulación. 7.2.2.3 La Secretaría Técnica del COPROSEC publica el PAPSC aprobado en la página web institucional de la Municipalidad Provincial para conocimiento de la ciudadanía en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles posteriores a su aprobación.  7.2.2.4 La Secretaría Técnica del COPROSEC registra el PAPSC aprobado y su respectiva Ordenanza Provincial en la plataforma digital implementada por la DGSC en un plazo de diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación;

Articulo Primero

DICE

Artículo Primero. - Aprobar el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Chincha 2024-2027, validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Chincha, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza en 45 (Cuarenta y Cinco) folios.

DEBE DECIR

Artículo Primero. - Aprobar el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2024-2027, validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de Chincha, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza en 48 (Cuarenta y ocho) folios.

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