Municipalidad Distrital de Grocio Prado
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
MUNICIPAL
N°
469-2023-MDGP/GM
Grocio Prado 16 de agosto de 2023
EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE GROCIO PRADO
VISTO:
La carta S/N-2023-CEVN, con número de expediente
6466-2023, de fecha 24 de julio de 2023, promovido por el ciudadano Cristian Enrique
Villar Navarro, donde remite el Manual de Clasificador de Cargos – MCC de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado; Informe N° 331-2023-MDGP/SG-RR.HH, de
fecha 24 de julio de 2023, emitido por la Sub Gerente de Recursos Humanos;
Informe N° 342-2023-MDGP/SGPP, de fecha 31 de julio de 2023, emitido por el Sub
Gerente de Planificación y Presupuesto; Opinión Legal N° 134-2023-MDGP/SGAJ, de
fecha 03 de agosto de 2023, emitido por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificada por la Ley N° 30305 “Ley de Reforma Constitucional”,
precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de
gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de
la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, conforme a lo dispuesto en el Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos
locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de
conformidad con la Constitución Política del Perú regulan actividades y
funcionamiento del sector público, así como las normas técnicas referidas a los
sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y
cumplimiento obligatorio;
Que, de acuerdo al artículo 4° de la Ley N°
27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de
modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la
obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que
se logre una mejor atención a la ciudadanía, siendo para ello uno de los
objetivos del Estado contar con servidores públicos calificados;
Que, el Art. IV del Título Preliminar del
Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo
N° 040-2014-PCM, en el literal j) señala que: “Para efectos del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se
entiende que el Titular de la entidad es la
máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los
Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el
Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente”,
lo que guarda concordancia con lo previsto en el Art. 5 literal m) de la
Directiva N° 004- 2017-SERVIR/GDSRH cuando señala que: Para efectos del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la
entidad es la máxima autoridad administrativa. En el caso de los Gobiernos
Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General
del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente;
Que, la Autoridad Nacional de Servicio Civil,
mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, publica
en el Diario Oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2021, formalizó el
acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N°
006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del
Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;
Que, el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) es
una herramienta técnica de trabajo, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento
racional de los cargos y el diseño de los perfiles en las entidades públicas,
en función a determinados criterios, correspondientes a cada entidad la
clasificación y aprobación. Asimismo; en el literal c) del numeral 5
Disposiciones Generales, de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración
del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal
Provisional”, señala que el Manual de Clasificador de Cargos es un documento de
gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los
cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y
requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de
objetivos de la entidad;
Que, en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH en
el numeral 5.2 respecto a responsabilidades, sub numeral 5.2.2 señala que el
titular de entidad “Aprueba el MCC y sus modificatorias, según lo dispuesto en
la presente Directiva”. Asimismo, en el sub numeral 5.2.3 señala que la Oficina
de Recurso Humanos o la que haga las veces tiene entre otras las siguientes responsabilidades
“Elaborar la propuesta de MCC y/o de sus modificatorias, de corresponder, así
como el informe técnico sustentatorio”. Por último, en el sub numeral 5.2.4 se
establece que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las
veces tiene las siguientes responsabilidades “Emite Opinión sobre las
propuestas de MCC y de CAP Provisional en lo referido al alineamiento de cargos
con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente según
corresponda”, y en el sub numeral 5.3.2 que “La entidad debe contar con un MCC
vigente, elaborado en atención a la clasificación dispuesta en la Ley N° 28175,
Ley Marco del Empleo Público, a las disposiciones establecidas por los entes
rectores de sistemas funcionales a cargo de la regulación de los regímenes de
carreras especiales, y a los lineamientos contenidos en la directiva antes
mencionada”;
Que, en el numeral 6.1 sub numeral 6.1.7 de la
Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH señala que: “La ORH o la que haga las veces
debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión
favorable de la
OPP o la que haga las veces, en lo concerniente
al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la
entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario
Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal
Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las
publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de
manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la
entidad”;
Que, mediante carta S/N-2023-CEVN, de fecha 24 de
julio de 2023, con número de expediente 6466-2023, promovido por el ciudadano
Cristian Enrique Villar Navarro, donde remite el Manual de Clasificador de
Cargos – MCC de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
Que, mediante Informe N° 331-2023-MDGP/SG-RR.HH,
de fecha 24 de julio de 2023, la Sub Gerente de Recursos Humanos, remite la
propuesta del Manual de Clasificador de Cargos (MCC), previa opinión favorable
de la Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto, en lo concerniente al ámbito
de su competencia; luego que el titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona
la publicación de la resolución en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia
y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción o
en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del
nivel de gobierno de la entidad;
Que, mediante Informe N° 342-2023-MDGP/SGPP, de
fecha 31 de julio de 2023, emitido por el Sub Gerente de Planificación y
Presupuesto, aprueba el Manual de Clasificador de Cargos (MCC), según los
perfiles de los servidores de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
Que, mediante Opinión Legal N° 134-2023-MDGP/SGAJ,
de fecha 03 de agosto de 2023, emitido por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica,
opina que es viable la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de
la Municipalidad Distrital de Grocio Prado – Chincha, visto el Informe N°
331-2023-MDGP/SG-RR.HH, de fecha 24 de julio del año 2023, promovido por la
C.P.C Valeria Estefanía Bautista Castillo – Sub Gerenta de Recursos Humanos y
el Informe N° 342-2023-MDGP/SGPP, de fecha 31 de julio del año 2023 promovido
por el C.P.C Paul Mostaceros Esteves – Sub Gerente de Planificación y
Presupuesto, ello de acuerdo a la normativa vigente Directiva N°
006-2021-SERVIR-GDSRH – ELABORACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS Y DEL
CUADRO PARA LA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL, numeral 6 – Disposiciones Especificas
en el punto 6.1. Elaboración y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos
en el punto 6.1.7. “La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de
MCC al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que
haga sus veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia”;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 104-2023-
MDGP/A, de fecha 02 de febrero de 2023, en su artículo segundo resuelve:
Delegar en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado,
Abog. Edilberto Castro Robles, las siguientes atribuciones administrativas de
competencia del alcalde.1. En materia administrativa; 1.2.- Suscribir los
documentos, formatos, cartas notariales y similares de carácter civil,
administrativo, tributario o extrajudicial, a remitirse o ser requeridos por
las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, referidos a
toda clase de asuntos de interés de la municipalidad;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el “MANUAL DE
CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO”; el cual
se anexa a la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - DEJAR SIN EFECTO, toda
disposición que se oponga a la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Recursos Humanos el fiel cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Unidad de
Racionalización e Informática, la publicación de la presente Resolución en el
portal web de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado
https://munigrocioprado.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
EDILBERTO CASTRO ROBLES
Gerente Municipal
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