martes, 11 de julio de 2023

Municipalidad Distrital de San Juan de Yánac ORDENANZA MUNICIPAL

 

Municipalidad Distrital de San Juan de Yánac

ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2023-MDSJY

 

San Juan de Yanac, 05 de julio de 2023.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE YANAC

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE YANAC.

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 04 de julio del año 2023, sobre el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Yanac, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, su-primir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de la legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos en la Ley Nº 27444;

Que, la normativa antes aludida, en su artículo 40º, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; precisando en su artículo 9º, numerales 8) y 19) que, corresponde al Consejo Municipal “Aprobar, Modificar o Derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, así como aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales”;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modificado con el Decreto Legislativo Nº 1446, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciu-dadano;

Que, Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modificado con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, precisando en su artículo 46º que, se requiere la aprobación o modificación del ROF,

según corresponda en los siguientes supuestos: a) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; b) Por modificación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización; c) Por reasignación o modificación de funciones, sin que se modifique la estructura orgánica; asimismo en el Artículo 45º numeral 45.3 “Las Entidades que no forman parte del poder ejecutivo, aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera (……) c) Las Municipalidades y sus Organismos Públicos Locales , por Ordenanza Municipal”.

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM/SGP, se aprueba la “Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual tiene como finalidad que las municipalidades adopten el modelo que más se ajuste a sus características y a las necesidades de las personas de su jurisdicción. Coligiéndose que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organi-zación a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación;

Que, mediante Ordenanza Nº 002-2019-MDSJY, de fecha 21 de febrero de 2019, aprobó el nuevo Reglamento de organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Yanac.

Que, mediante Informe Nº 003-2023-OPYP-MDSJY, de fecha 03 de julio de 2023, la Oficina de Planificación y Presupuesto, solicita la aprobación de instrumento de gestión como es el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de San Juan de Yanac; con la finalidad de incrementar el nivel de eficiencia y eficacia, mejorar la atención al ciudadano, así como optimizar el uso de recursos públicos, instrumento que guarda congruencia con las competencias previstas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, normas de los sistemas administrativos previstos en el artículo 46º de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en base a las normas sustantivas que otorgan funciones a los puestos de gobiernos locales, por lo que recomienda que la modificación del ROF sea aprobado;

Que, a través de Informe Legal N° 036-2023-MDSJY/ALE, de fecha 03 de julio de 2023, emitido por Asesoría Legal Externa, señalando que resulta procedente la aprobación mediante Ordenanza Municipal que Aprueba el Nuevo Regla-

mento de Organización y Funciones (ROF); y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de San Juan de Yanac, ha sido planteada siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, estando arreglada a derecho y guarda concordancia con normatividad de la materia;

Estado a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la ley orgánica de municipalidades - ley Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA

 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE YANAC

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distri-tal de San Juan de Yanac, la misma que consta de cinco (05) Títulos, ocho (08) capítulos, ciento cinco (105) artículos, y tres (03) Disposiciones complementarias y cuatro (04) Disposiciones finales, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR, la Ordenanza Nº 002-2019-MDSJY, así como toda norma y disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, tales como el Cuadro de asignación de Personal (CAP), entre otros; conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad distrital de San Juan de Yanac, a la nueva Estructura Orgánica aprobada con la presente Ordenanza Municipal. En un Plazo de 30 días.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario Oficial el Peruano.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, Y ARCHÍVESE.

WAGNER VALENTIN FERNANDEZ CHAVEZ

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.