Luego de intervenir en los casos de
las vicegobernadoras de Ica y Callao
Tras conocer e intervenir en los casos de las
vicegobernadoras del Callao, Edita Vargas, y de Ica, Luz Canales, la Defensoría
del Pueblo señala que es indispensable que se mejore y reglamente la Ley n.°
31155, contra el acoso político hacia las mujeres, y se precise el
procedimiento de sanción respectivo. Además, se deben evaluar los proyectos de
ley relacionados con esta problemática,
precisando las rutas de atención, las competencias y funciones de las instituciones involucradas.
Cabe precisar que los
casos-señalados son una muestra de la persistencia de la discriminación,
obstaculización e impedimento de las funciones de las mujeres autoridades
electas, los que estarían relacionados con manifestaciones de acoso político,
acorde con la ley mencio-nada. En ambos casos, la Defensoría del Pueblo
intervino para que en los centros emergencia mujer reciban la atención integral
necesaria, a fin de que se impulse su protección, cesen este tipo de
hostilizaciones y se garantice el ejercicio de sus derechos políticos en el
ejercicio de sus funciones.
Un Estado que se precie de ser
democrático y representativo debe garantizar la participación política de las
mujeres en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de violencia. Por ello, en
diversos informes, la Defensoría del Pueblo ha identificado que uno de los
principales obstáculos para el acceso y permanencia de las mujeres en cargos de
elección popular es el acoso político, en sus diversas manifestaciones.
De acuerdo con el Jurado Nacional
de Elecciones, alrededor de 5 de cada 10 candidatas encuestadas en las
Elecciones Generales (EG) 2021 sufrió alguna forma de acoso político. Además,
en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) del 2022, se identificaron 21
casos en la plataforma Observa Igualdad y en medios de comunicación. Por su
parte, la Defensoría del Pueblo atendió 12 casos entre los años 2020 y 2022.
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