Municipalidad
Distrital de Grocio Prado
ACUERDO DE CONCEJO ORDINARIA
Nº 025-2023-MDGP
Grocio
Prado, 14 de marzo de 2023.
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO.
VISTO:
La
Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 de febrero de 2023; Informe
N° 045-2023-EPS-SEMAPACH S.A./G.G.G.I.P.O; Informe N° 045-2023-EPS-SEMAPACH
S.A./G.I.P.O/E.F.E.O.I; Carta 06-2023-JVB/CONSULTOR/SER; Oficio
051-2023-EPS-SEMAPACH S.A/G.G; Informe N° 066-2023-MDGP-SGDU,Sub Gerencia de
Desarrollo Urbano; Memorándum N°
1226-2023-MDGP/GM de la Gerencia Municipal; Informe N° 097-2023-MDGP-SGDU,Sub
Gerencia de Desarrollo Urbano; Opinión Legal N° 025-2023-MDGP/SGAJ, Sub
Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum 1437-2023-MDGP/GM de la Gerencia
Municipal;
CONSIDERANDO:
Que,
el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº
27880, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos
de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, concordantes con el Articulo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27971, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, las municipalidades
tienen como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada
prestación de los servicios públicos Locales y el desarrollo integral
sostenible y armónico de su circunscripción; es el órgano de gobierno promotor
del desarrollo local, con personería jurídica
de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines;
asimismo establece normas de acuerdo a la disponibilidad reglamentaria de la
Constitución Política del Perú cuya funciones están para poder desarrollar
potencialidades a través de las diferentes gerencias de trabajo y ser
promotores del desarrollo de nuestra localidad;
Que,
el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe
que “Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidos a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan su
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional”;
Que,
en virtud al informe N° 097-2023-MDGP/SGDU, de fecha 13 de febrero de 2023, emitido por el Sub Gerente
de Desarrollo Urbano ,informa que a la fecha la EPS SEMAPACH, a la fecha se
encuentra elaborando el estudio de preinversión del proyecto “Mejoramiento y
Ampliación del Sistema de agua potable con sectorización en el distrito de
Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, la misma que se trata
de una construcción de la infraestructura de cisterna y reservorio elevado de
2,200.00 m3 y una cisterna de 560 m3, que encierra un área de 1,519.16 m2,
ubicado en la avda. José Carlos Mariátegui N° 300, costado (Estadio de Grocio Prado, con Partida N°
11088590), propiedad de la municipalidad distrital de Grocio Prado.
Que,
mediante Opinión Legal N°025-2023-MDGP/SGAJ,A de fecha 16 de febrero de 2023,
la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, OPINA, que resulta viable lo solicitado
por la EPS SEMAPACH S.A, sobre “PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL
SISTEMA DE AGUA POTABLE CON SECTORIZACION EN EL DISTRITO DE GROCIO
PRADO-CHINCHA”, por lo que deriva los actuados al pleno del concejo municipal
para su evaluación y deliberación de la cesión de uso del terreno de la
municipalidad distrital de Grocio Prado, al amparo de lo dispuesto en el
articulo 9 numeral 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.
Que,
en la estación orden del día y como tema agendado en sesión ordinaria de
concejo municipal de fecha 28 de febrero de 2023, se evaluó y debatió, el
PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE CON
SECTORIZACION EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO-CHINCHA”, el mismo que luego de
amplia deliberación fue aprobada por Unanimidad;
Que,
de conformidad con lo dispuesto por los incisos 1 y 2 del artículo 10° de la
Ley orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, respecto a las atribuciones y
obligaciones de los regidores, y con las facultades conferidas por el artículo
9° inciso 8 de la norma acotada referente a las atribuciones de Concejo
Municipal; y artículo 45° de la precitada norma legal y con el voto UNANIME y
con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente;
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO. - APROBAR la Cesión de
Uso por 20 años el terreno ubicado en la
avda. José Carlos Mariátegui N° 300, costado (Estadio de Grocio Prado, con
Partida N° 11088590), propiedad de la municipalidad distrital de Grocio Prado,
para el proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de agua potable con
sectorización en el distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha,
departamento de Ica, donde se construirá la infraestructura de cisterna y
reservorio elevado de 2,200.00 m3 y una cisterna de 560 m3, que encierra un
área de 1,519.16 m2.
ARTICULO
SEGUNDO. - ENCARGAR, a
la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de los
fines que resulten necesarios de acuerdo a Ley.
ARTICULO
TERCERO. - ENCARGAR a la
Secretaría General, la promulgación del presente acuerdo, su publicación en el
portal web, y la notificación respectiva.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
VICTOR
HUGO PACHAS MORAN
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